Francisco de Vitoria | |
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Nacido | C. 1483 |
Fallecido | 12 de agosto de 1546 Salamanca , Corona de Castilla |
Era | Filosofía renacentista |
Región | Filosofía occidental |
Escuela | Escuela Tomista de Salamanca |
Intereses principales | Ley natural |
Ideas notables | Derecho internacional Libertad de los mares |
Parte de una serie sobre |
Filosofía católica |
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Francisco de Vitoria OP ( c. 1483 - 12 de agosto de 1546; también conocido como Francisco de Victoria ) fue un filósofo , teólogo y jurista católico romano español [2] de la España renacentista . Es el fundador de la tradición filosófica conocida como la Escuela de Salamanca , que sentó las bases para la economía de libre mercado temprana y los derechos individuales , influyendo en el desarrollo del pensamiento libertario . El trabajo de Vitoria sobre la ley natural y la libertad de intercambio contribuyó al énfasis de los economistas de la Escuela Austriaca posterior en la base moral del comercio voluntario. [3] Conocido especialmente por su concepto de guerra justa y derecho internacional , su defensa de los derechos de propiedad individual y la noción de libertad en el comercio fueron fundamentales para dar forma a las ideas sobre la no intervención y la libertad económica . En el pasado, los académicos lo han descrito como el "padre del derecho internacional", [4] junto con Alberico Gentili y Hugo Grocio . El jurista estadounidense Arthur Nussbaum destacó la influencia de Vitoria en el derecho internacional en lo que respecta al derecho a comerciar en el extranjero. Más tarde, esto se interpretó como "libertad de comercio". [5] Su énfasis en el intercambio voluntario y su oposición a las prácticas monopolísticas prefiguraron la posterior economía de libre mercado. [6]
Vitoria nació c. 1483 [7] en Burgos [ cita requerida ] y se crió en Burgos , hijo de Pedro de Vitoria, de Alava, y Catalina de Compludo, ambos de familias nobles. [8] Según los estudios modernos, tenía ascendencia judía por el lado materno (los Compludo), estando relacionado con conversos famosos como Pablo de Burgos y Alfonso de Cartagena . [9] Se convirtió en dominico en 1504 y fue educado en el Colegio Saint-Jacques de París , donde fue influenciado por la obra de Desiderius Erasmus . Continuó enseñando teología desde 1516 (bajo las influencias de Pierre Crockaert y Thomas Cajetan ). En 1522 regresó a España para enseñar teología en el colegio de San Gregorio en Valladolid , donde muchos jóvenes dominicos estaban siendo entrenados para el trabajo misionero en el Nuevo Mundo. En 1524 fue elegido catedrático de teología de la Universidad de Salamanca , donde contribuyó decisivamente a la promoción del tomismo (la filosofía y teología de Santo Tomás de Aquino ). Francisco de Vitoria murió el 12 de agosto de 1546 [10] en Salamanca .
Erudito destacado, fue consultado públicamente por Carlos V, emperador del Sacro Imperio Romano Germánico y rey de España. Trabajó para limitar el tipo de poder que el Imperio español imponía a los pueblos indígenas. Dijo: "El resultado de todo lo anterior es que, sin duda, los aborígenes tenían verdadero dominio tanto en asuntos públicos como privados, al igual que los cristianos, y que ni sus príncipes ni personas privadas podían ser despojadas de su propiedad por no ser verdaderos dueños". [11] Vitoria negó que los pueblos indígenas pudieran ser entendidos como esclavos por naturaleza en términos aristotélicos. [12] Adoptó de Aquino el concepto de ius gentium ("el derecho de gentes") del derecho romano. Su defensa de los indios americanos se basó en una comprensión escolástica de la dignidad intrínseca del hombre, una dignidad que, según él, estaba siendo violada por las políticas de España en el Nuevo Mundo. [ cita requerida ]
En tres conferencias (relectiones) celebradas entre 1537 y 1539, Vitoria concluyó que los indios eran legítimos dueños de sus propiedades y que sus jefes ejercían válidamente jurisdicción sobre sus tribus. Ésta había sido ya la posición de Palacios Rubios . Ni el papa ni Carlos V tenían un derecho legítimo sobre las vidas o propiedades de los indios. No se podía tomar ninguna acción violenta contra ellos, ni se podían confiscar sus tierras o propiedades, a menos que los indios hubieran causado daño o perjuicio a los españoles violando los derechos legítimos de estos últimos. [13] En una de sus conferencias, "Sobre la evangelización de los infieles", Vitoria establece que, en primer lugar, los indios "no deben ser convertidos por la fuerza; pero una segunda conclusión es que se les puede impedir por la fuerza que obstaculicen a los misioneros de la fe y que insulten a Cristo y a los cristianos". [14]
A lo largo de su conferencia, "Sobre la evangelización de los infieles", Francisco de Vitoria empleó el concepto de lo que se consideraba el universalismo cristiano español . El universalismo cristiano español era la creencia de que todos los asuntos, argumentos y acontecimientos estaban conectados en el mundo, y Vitoria "visualizaba una sociedad universal en el mundo en la que cualquier número de estados independientes podrían encajar y fomentar relaciones". [15]
Francisco de Vitoria argumentó que la conversión forzosa de los indios “causaría gran provocación y malestar entre los paganos”. En segundo lugar, “en lugar del afecto benévolo y apropiado que requiere la creencia, la conversión forzosa generaría en ellos un odio inmenso, y eso a su vez daría lugar a la pretensión y la hipocresía”. [16]
Vitoria defendió a los indios contra otras formas de daño que se proponían, como la coerción indirecta de los indios para que se convirtieran al cristianismo, "mediante impuestos y contribuciones con las que se les pueda animar a convertirse a la fe". Argumentó que "en cuanto a los tributos que no se pueden exigir también a los fieles, afirmo que no se pueden exigir a los infieles con la intención de hacerlos convertirse. A los infieles no se les puede privar de sus bienes por su incredulidad, como tampoco a los demás cristianos, porque poseen un verdadero derecho de propiedad sobre sus propios bienes". [17]
Francisco , partidario de la teoría de la guerra justa , en De iure belli señaló que las condiciones predicativas subyacentes para una "guerra justa" "faltaban por completo en las Indias". [18] El único ámbito en el que veía justificación para la intervención española en los asuntos indígenas era para proteger a las víctimas capturadas para sacrificios humanos, y debido a la dignidad humana inherente de las propias víctimas, cuyos derechos estaban siendo violados y, por lo tanto, necesitaban defensa. [18]
Thomas E. Woods continúa describiendo cómo algunos querían argumentar que los nativos carecían de razón, pero la evidencia estaba en contra de esto porque los nativos tenían costumbres obvias, leyes y una forma de gobierno. [19]
Los españoles tenían la costumbre de invocar en sus conquistas americanas el llamado " Requerimiento ", un documento leído a los indios antes del comienzo de cualquier hostilidad. El "Requerimiento", declaraba la autoridad universal del Papa, y la autoridad que los monarcas españoles habían recibido del Papa sobre esta parte del Nuevo Mundo con el propósito de colonizarla y evangelizarla. Los indios tenían que aceptar la soberanía de los monarcas españoles o ser obligados a someterse por la fuerza. Vitoria negó la legitimidad de este documento. [8]
Vitoria continúa los argumentos contra el dominio español de los territorios sudamericanos con argumentos que justifican las prácticas españolas, que se basan en el derecho natural. Afirma el derecho de los españoles a viajar libremente y a comerciar, lo que incluye la búsqueda, la explotación minera y la exportación de los abundantes recursos naturales que encuentran en Sudamérica. La resistencia ilegal que infringe los derechos de los españoles a viajar, comerciar y explotar, o que infringe el derecho del Papa a difundir el cristianismo, puede utilizarse para justificar una "guerra justa" de los españoles contra los habitantes indígenas, que termine con el dominio español sobre los territorios en cuestión. [20]
Las obras de Vitoria sólo se conocen a través de sus notas de clase, ya que no publicó nada durante su vida. Sin embargo, su influencia, como la que ejerció sobre el filósofo jurídico holandés Hugo Grocio, fue significativa. [21] Relectiones Theologicae se publicó póstumamente varias veces (Lyon, 1557; Salamanca, 1565; Ingolstadt, 1580; Lyon, 1586 y 1587; Venecia, 1626; Venecia, 1640; Colonia y Frankfurt, 1696; y Madrid, 1765). [22] [23]
Los escritos de Francisco de Vitoria han sido interpretados por diversos estudiosos como apoyo a políticas contrarias. [24] Antony Anghie y otros sostienen que el humanitarismo de Vitoria legitimó la conquista. [25]
Francisco de Vitoria presentó una interpretación estricta del bautismo de deseo :
Cuando se postula una ignorancia invencible sobre el bautismo o sobre la fe cristiana, no se sigue de ello que una persona pueda salvarse sin el bautismo o la fe cristiana, pues los aborígenes a quienes no les ha llegado la predicación de la fe o de la religión cristiana serán condenados por los pecados mortales o por la idolatría, pero no por el pecado de incredulidad. Sin embargo, como dice Santo Tomás, si hacen lo que les corresponde, acompañado de una vida buena según la ley de la naturaleza, es coherente con la providencia de Dios que les ilumine sobre el nombre de Cristo. [4]
Las notas de sus conferencias de 1527 a 1540 fueron copiadas por los estudiantes y publicadas bajo los siguientes títulos: