Derecho marítimo |
---|
Historia |
Características |
Contract of carriage/Charterparty |
Parties |
Judiciaries |
International conventions |
International organizations |
El registro de un buque es el proceso mediante el cual se documenta un buque y se le otorga la nacionalidad del país en el que se documentó. La nacionalidad permite que un buque viaje a nivel internacional, ya que es una prueba de propiedad del buque. [1]
El derecho internacional exige que todo buque esté registrado en un país, llamado su estado de pabellón . [2] Un buque está sujeto a la ley de su estado de pabellón. [1] Es habitual decir que el buque navega bajo la bandera del país de registro.
El Estado del pabellón de un buque ejerce un control reglamentario sobre el mismo y está obligado a inspeccionarlo periódicamente, certificar el equipo y la tripulación del buque y emitir documentos de seguridad y prevención de la contaminación. La organización que registra el buque se conoce como registro. Los registros pueden ser organismos gubernamentales o privados. En algunos casos, como el Programa de Cumplimiento Alternativo de los Estados Unidos, el registro puede asignar a un tercero para que administre las inspecciones. [3]
Un registro que está abierto únicamente a los buques de su propia nación se conoce como registro tradicional o nacional . Los registros que están abiertos a los buques de propiedad extranjera se conocen como registros abiertos y a veces se denominan pabellones de conveniencia .
El registro de buques se ha llevado a cabo desde que los negocios en el mar han sido importantes. En un principio, el registro de buques, que tenía como objetivo controlar los buques que transportaban carga en los países europeos, [1] se utilizaba para asegurarse de que los buques se construían en el país local y que las tripulaciones eran predominantemente de ese país. [4] Desde entonces, el registro de buques se ha utilizado para documentar los buques para su propiedad. La documentación proporciona una prueba definitiva de la nacionalidad para fines internacionales y ofrece oportunidades de financiación con la disponibilidad de hipotecas preferenciales sobre los buques documentados. [5]
Los buques que operan a nivel internacional o cruzan fronteras internacionales deben estar registrados. Algunas jurisdicciones también exigen que los buques que solo operan en aguas territoriales se registren en su registro nacional, y algunas prohíben que los buques con bandera extranjera realicen operaciones entre puertos dentro del país (una práctica conocida como cabotaje ). El país de registro es el estado del pabellón de un buque y determina su nacionalidad, así como las leyes del país que rigen su operación y el comportamiento de su tripulación. [1] Cada país especificará los requisitos legales para el registro de un buque en sus leyes nacionales; por ejemplo, en el Reino Unido, la Ley de Marina Mercante de 1995 detalla la ley británica sobre el derecho a registrar un buque, incluidas las calificaciones, las condiciones previas y el mecanismo para el registro. [6]
Cada registro tiene sus propias normas sobre los tipos de buques que acepta para su inscripción. El Registro de Liberia, por ejemplo, registra buques de navegación marítima de más de 500 toneladas netas que realizan comercio exterior. Los buques de más de 20 años de antigüedad requieren una exención, así como que la sociedad de clasificación del buque esté dispuesta a emitir certificados reglamentarios para el buque. Los buques de 15 años de antigüedad o más deben tener un Informe de situación de la inspección especial del buque para que lo revise Seguridad Marítima. [7] Los registros cobran una tarifa de inscripción.
Debe existir un "vínculo genuino" entre un buque y su Estado de pabellón. El artículo 5(1) de la Convención de Ginebra sobre Alta Mar de 1958, que entró en vigor en 1962, exige que "el Estado ejerza efectivamente su jurisdicción y control en cuestiones administrativas, técnicas y sociales sobre los buques que enarbolen su pabellón". [8] Hay 63 Estados parte en esa Convención. El principio se repitió en el artículo 91 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (UNCLOS), que entró en vigor en 1994. [2] Esa Convención tiene 167 partes.
En 1986, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo intentó consolidar el concepto de vínculo genuino en la Convención de las Naciones Unidas sobre las Condiciones para el Registro de Buques. [9] La Convención sobre las Condiciones para el Registro de Buques requeriría que un estado de pabellón esté vinculado a sus buques ya sea por tener una participación económica en la propiedad de sus buques o por proporcionar marineros para tripular los buques. [9] Para entrar en vigor, el tratado de 1986 requiere 40 signatarios cuyo tonelaje combinado exceda el 25% del total mundial. [9] Hasta la fecha, solo 14 países han firmado el tratado. [9]
Los registros nacionales o cerrados suelen exigir que el buque sea propiedad de intereses nacionales y que su tripulación esté formada al menos en parte por ciudadanos de ese país. Los registros abiertos no tienen esos requisitos; algunos ofrecen la posibilidad de registrarse en línea y garantizan que la inscripción se completará en menos de un día. [10]
Los barcos operados ilegalmente, como los piratas o los narcosubmarinos , normalmente no son registrados por los operadores (aunque un barco registrado puede ser capturado o utilizado de forma encubierta para fines ilegales).
{{cite web}}
: CS1 maint: unfit URL (link)