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En filosofía moral y política , el contrato social es una idea, teoría o modelo que habitualmente, aunque no siempre, concierne a la legitimidad de la autoridad del Estado sobre el individuo . [1] Conceptualizado en la Era de la Ilustración , es un concepto central del constitucionalismo , aunque no necesariamente convocado y escrito en una asamblea constituyente y una constitución .
Los argumentos del contrato social suelen ser que los individuos han consentido , ya sea explícita o tácitamente , en renunciar a algunas de sus libertades y someterse a la autoridad (del gobernante o de la decisión de una mayoría) a cambio de la protección de sus derechos restantes o del mantenimiento del orden social . [2] [3] La relación entre los derechos naturales y legales es a menudo un tema de la teoría del contrato social. El término toma su nombre de El contrato social (en francés: Du contrat social ou Principes du droit politique ), un libro de 1762 de Jean-Jacques Rousseau que analizaba este concepto. Aunque los antecedentes de la teoría del contrato social se encuentran en la antigüedad, en la filosofía griega y estoica y en el derecho romano y canónico , el apogeo del contrato social fue a mediados del siglo XVII y principios del XIX, cuando surgió como la principal doctrina de legitimidad política.
El punto de partida de la mayoría de las teorías del contrato social es un examen de la condición humana en ausencia de cualquier orden político (denominado " estado de naturaleza " por Thomas Hobbes ). [4] En esta condición, las acciones de los individuos están limitadas únicamente por su poder y conciencia personal , asumiendo que la "naturaleza" impide las relaciones sociales mutuamente beneficiosas. A partir de este punto de partida compartido, los teóricos del contrato social buscan demostrar por qué los individuos racionales consentirían voluntariamente en renunciar a su libertad natural para obtener los beneficios del orden político.
Entre los teóricos destacados del contrato social y los derechos naturales de los siglos XVII y XVIII se encuentran Hugo de Groot (1625), Thomas Hobbes (1651), Samuel von Pufendorf (1673), John Locke (1689), Jean-Jacques Rousseau (1762) e Immanuel Kant (1797), cada uno de ellos abordando el concepto de autoridad política de forma diferente. Grocio postuló que los seres humanos individuales tenían derechos naturales . Thomas Hobbes dijo célebremente que en un "estado de naturaleza", la vida humana sería "solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta". En ausencia de orden político y ley, todos tendrían libertades naturales ilimitadas, incluido el "derecho a todas las cosas" y, por lo tanto, la libertad de saquear, violar y asesinar; habría una interminable "guerra de todos contra todos" ( bellum omnium contra omnes ). Para evitarlo, los hombres libres se comprometen entre sí a establecer una comunidad política ( sociedad civil ) mediante un contrato social en el que todos obtienen seguridad a cambio de someterse a un soberano absoluto, un hombre o una asamblea de hombres. Aunque los edictos del soberano pueden ser arbitrarios y tiránicos, Hobbes veía el gobierno absoluto como la única alternativa a la aterradora anarquía del estado de naturaleza. Hobbes afirmaba que los humanos consienten en abdicar de sus derechos en favor de la autoridad absoluta del gobierno (ya sea monárquico o parlamentario).
Alternativamente, Locke y Rousseau argumentaron que obtenemos derechos civiles a cambio de aceptar la obligación de respetar y defender los derechos de los demás, renunciando a algunas libertades para hacerlo.
La teoría del contrato social sostiene que la ley y el orden político no son naturales, sino creaciones humanas. El contrato social y el orden político que crea son simplemente los medios para alcanzar un fin (el beneficio de los individuos involucrados) y son legítimos sólo en la medida en que cumplan con su parte del acuerdo. Hobbes sostuvo que el gobierno no es parte del contrato original y que los ciudadanos no están obligados a someterse al gobierno cuando éste es demasiado débil para actuar con eficacia para reprimir el faccionalismo y el malestar social.
Existe una forma general de teorías del contrato social, que es:
Elijo R en M y esto me da a I* una razón para respaldar y cumplir con R en el mundo real en la medida en que las razones que tengo para elegir R en M son (o pueden ser) compartidas por I*. [5]
Siendo M el escenario deliberativo; R las reglas, principios o instituciones; I las personas (hipotéticas) en la posición original o estado de naturaleza que realizan el contrato social; e I* los individuos en el mundo real que siguen el contrato social. [5]
Las formulaciones del contrato social se conservan en muchos de los registros más antiguos del mundo. [6] El texto budista indio del siglo II a. C. Mahāvastu relata la leyenda de Mahasammata. La historia es la siguiente:
En los primeros tiempos del ciclo cósmico, la humanidad vivía en un plano inmaterial, danzando en el aire en una especie de país de hadas, donde no había necesidad de comida ni ropa, ni propiedad privada, familia, gobierno ni leyes. Luego, gradualmente, el proceso de decadencia cósmica comenzó a funcionar y la humanidad se apegó a la tierra y sintió la necesidad de comida y refugio. A medida que los hombres perdieron su gloria primigenia, surgieron distinciones de clase y entraron en acuerdos entre sí, aceptando la institución de la propiedad privada y la familia. Con esto comenzaron el robo, el asesinato, el adulterio y otros delitos, y entonces la gente se reunió y decidió nombrar a un hombre de entre ellos para mantener el orden a cambio de una parte del producto de sus campos y ganados. Se le llamó "el Gran Elegido" (Mahasammata), y recibió el título de raja porque complació al pueblo. [7]
En sus edictos sobre rocas , se dice que el rey budista indio Asoka defendió un contrato social amplio y de largo alcance. [ cita requerida ] El vinaya budista también refleja los contratos sociales que se esperan de los monjes; un ejemplo de ello es cuando la gente de una determinada ciudad se quejó de que los monjes talaban árboles de saka, el Buda les dice a sus monjes que deben detenerse y ceder a las normas sociales. [ cita requerida ]
Epicuro en el siglo IV a.C. parece haber tenido un fuerte sentido del contrato social, en el que la justicia y la ley se basaban en el acuerdo y la ventaja mutuos, como lo evidencian, entre otras, estas líneas de sus Doctrinas principales (véase también Ética epicúrea ):
31. La justicia natural es una garantía de beneficio recíproco, para evitar que un hombre dañe o sea dañado por otro.
32. No hay justicia ni injusticia para los animales que no son capaces de hacer entre ellos convenios vinculantes de no infligir ni sufrir daño; y lo mismo ocurre con los pueblos que no pueden o no quieren hacer convenios vinculantes de no infligir ni sufrir daño.
33. Nunca ha existido algo así como una justicia absoluta, sino sólo acuerdos hechos en tratos mutuos entre hombres en cualquier lugar y en diversos tiempos para prevenir la inflicción o el sufrimiento de daño. [8]
El concepto de contrato social fue planteado originalmente por Glaucón , tal como lo describe Platón en La República , Libro II.
Dicen que hacer injusticia es, por naturaleza, bueno; sufrir injusticia, malo; pero que el mal es mayor que el bien. Por eso, cuando los hombres han cometido y sufrido injusticia y han tenido la experiencia de ambas, no pudiendo evitar una y obtener la otra, piensan que es mejor que se pongan de acuerdo entre sí para no tener ninguna de las dos; de ahí surgen las leyes y los pactos mutuos; y lo que está ordenado por la ley es llamado por ellos lícito y justo. Afirman que esto es el origen y la naturaleza de la justicia; es un medio o compromiso, entre lo mejor de todo, que es cometer injusticia y no ser castigado, y lo peor de todo, que es sufrir injusticia sin poder vengarse; y la justicia, al estar en un punto medio entre los dos, no se tolera como un bien, sino como el mal menor, y se honra en razón de la incapacidad de los hombres para cometer injusticia. Porque ningún hombre digno de ser llamado hombre se sometería nunca a un acuerdo así si fuera capaz de resistir; Sería un loco si lo hiciera. Tal es la explicación aceptada, Sócrates, sobre la naturaleza y el origen de la justicia. [9]
La teoría del contrato social también aparece en Critón , otro diálogo de Platón. Con el tiempo, la teoría del contrato social se hizo más extendida después de que Epicuro (341-270 a. C.), el primer filósofo que vio la justicia como un contrato social, y no como algo existente en la naturaleza debido a la intervención divina (véase más adelante y también la ética epicúrea ), decidiera llevar la teoría al primer plano de su sociedad. Con el paso del tiempo, los filósofos del pensamiento político y social tradicional, como Locke, Hobbes y Rousseau, expusieron sus opiniones sobre el contrato social, lo que luego hizo que el tema se volviera mucho más común. [ cita requerida ]
Quentin Skinner ha argumentado que varias innovaciones modernas críticas en la teoría del contrato se encuentran en los escritos de los calvinistas y hugonotes franceses, cuyo trabajo a su vez fue invocado por escritores de los Países Bajos que objetaron su sometimiento a España y, más tarde aún, por los católicos en Inglaterra. [10] Francisco Suárez (1548-1617), de la Escuela de Salamanca , podría ser considerado un teórico temprano del contrato social, teorizando la ley natural en un intento de limitar el derecho divino de la monarquía absoluta . Todos estos grupos fueron llevados a articular nociones de soberanía popular por medio de un pacto o contrato social, y todos estos argumentos comenzaron con argumentos proto-"estado de naturaleza", en el sentido de que la base de la política es que todos están por naturaleza libres de sujeción a cualquier gobierno.
Sin embargo, estos argumentos se basaban en una teoría corporativista presente en el derecho romano, según la cual un "populus" puede existir como entidad jurídica distinta. Por lo tanto, estos argumentos sostenían que un grupo de personas puede unirse a un gobierno porque tiene la capacidad de ejercer una sola voluntad y tomar decisiones con una sola voz en ausencia de autoridad soberana, una noción rechazada por Hobbes y los teóricos contractualistas posteriores.
El primer filósofo moderno que articuló una teoría detallada del contrato fue Thomas Hobbes (1588-1679). Según Hobbes, la vida de los individuos en el estado de naturaleza era "solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta", un estado en el que el interés personal y la ausencia de derechos y contratos impedían lo "social", o la sociedad. La vida era "anárquica" (sin liderazgo ni el concepto de soberanía). Los individuos en el estado de naturaleza eran apolíticos y asociales. A este estado de naturaleza le sigue el contrato social.
El contrato social era visto como un “acontecimiento” en el que los individuos se reunían y cedían algunos de sus derechos individuales para que otros cedieran los suyos. [11] Esto dio lugar al establecimiento del Estado, una entidad soberana como lo eran los individuos que ahora estaban bajo su dominio, que crearía leyes para regular las interacciones sociales. La vida humana ya no era, por tanto, “una guerra de todos contra todos”.
El sistema estatal, que surgió del contrato social, era, sin embargo, también anárquico (sin liderazgo). Así como los individuos en el estado de naturaleza habían sido soberanos y, por lo tanto, guiados por el interés propio y la ausencia de derechos, los estados ahora actuaban en su propio interés en competencia entre sí. Al igual que en el estado de naturaleza, los estados estaban destinados a estar en conflicto porque no había ningún soberano por encima del estado (más poderoso) capaz de imponer algún sistema como las leyes del contrato social a todos por la fuerza. De hecho, el trabajo de Hobbes ayudó a servir como base para las teorías realistas de las relaciones internacionales, propuestas por EH Carr y Hans Morgenthau . Hobbes escribió en Leviatán que los humanos ("nosotros") necesitamos el "terror de algún Poder" de lo contrario los humanos no prestarán atención a la ley de la reciprocidad , "(en resumen) haciendo a los demás, como nos gustaría que nos hicieran a nosotros". [12]
La concepción del contrato social de John Locke difería de la de Hobbes en varios aspectos fundamentales, pues sólo conservaba la idea central de que las personas en un estado de naturaleza se unirían voluntariamente para formar un estado. Locke creía que los individuos en un estado de naturaleza estarían moralmente obligados por la Ley de la Naturaleza, según la cual el hombre tiene el "poder... de preservar su propiedad; es decir, su vida, libertad y patrimonio contra las injurias y los atentados de otros hombres". Sin un gobierno que los defendiera contra quienes intentaban injuriarlos o esclavizarlos, Locke creía además que las personas no tendrían seguridad en sus derechos y vivirían con miedo. Para Locke, los individuos sólo aceptarían formar un estado que proporcionara, en parte, un "juez neutral", que actuara para proteger las vidas, la libertad y la propiedad de quienes vivieran en él. [13] [14]
Mientras que Hobbes defendía una autoridad casi absoluta, Locke defendía la libertad inviolable bajo la ley en su Segundo tratado sobre el gobierno civil . Locke sostenía que la legitimidad de un gobierno proviene de la delegación de los ciudadanos al gobierno de su derecho absoluto de violencia (reservándose el derecho inalienable de legítima defensa o "autopreservación"), junto con elementos de otros derechos (por ejemplo, la propiedad estará sujeta a impuestos) como necesarios para lograr el objetivo de seguridad mediante la concesión al estado de un monopolio de la violencia, por el cual el gobierno, como juez imparcial, puede utilizar la fuerza colectiva del pueblo para administrar y hacer cumplir la ley, en lugar de que cada hombre actúe como su propio juez, jurado y verdugo, la condición en el estado de naturaleza. [ cita requerida ]
Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), en su influyente tratado de 1762 El contrato social , esbozó una versión diferente de la teoría del contrato social, según la cual los fundamentos de la sociedad se basaban en la soberanía de la " voluntad general ".
La teoría política de Rousseau difiere en aspectos importantes de la de Locke y Hobbes. La concepción colectivista de Rousseau es más evidente en su desarrollo de la "concepción luminosa" (que atribuyó a Denis Diderot ) de la " voluntad general ". En resumen, la " voluntad general " es el poder del interés colectivo de todos los ciudadanos, que no debe confundirse con sus intereses individuales.
Aunque Rousseau escribió que los británicos eran quizás en ese momento el pueblo más libre de la Tierra, no aprobaba su gobierno representativo, ni ninguna forma de gobierno representativo. Rousseau creía que la sociedad sólo era legítima cuando el soberano (es decir, la " voluntad general ") era el único legislador . También afirmó que el individuo debe aceptar "la alienación total a toda la comunidad de cada asociado con todos sus derechos". [15] En resumen, Rousseau quería decir que para que el contrato social funcione, los individuos deben renunciar a sus derechos a la totalidad para que tales condiciones sean "iguales para todos". [16]
[El contrato social] puede reducirse a los términos siguientes: cada uno de nosotros pone su persona y todo su poder en común bajo la dirección suprema de la voluntad general; y en un cuerpo, recibimos a cada miembro como parte indivisible del todo. [17]
La sorprendente frase de Rousseau de que el hombre debe “ser obligado a ser libre” [18] debe entenderse [¿ según quién? ] de esta manera: dado que la soberanía popular, indivisible e inalienable, decide lo que es bueno para el conjunto, si un individuo rechaza esta “libertad civil” [19] en lugar de la “libertad natural” [19] y el interés propio, desobedeciendo la ley, se verá obligado a escuchar lo que se decidió cuando el pueblo actuó como colectivo (como ciudadanos ). Así, la ley, en la medida en que es creada por el pueblo actuando como un cuerpo, no es una limitación de la libertad individual, sino más bien su expresión. El individuo, como ciudadano, aceptó explícitamente ser limitado si, como individuo privado, no respetaba su propia voluntad tal como se formulaba en la voluntad general.
Las leyes, en tanto que constituyen la restricción de la «libertad natural», [19] representan el salto que se da desde el estado de naturaleza de los seres humanos a la sociedad civil. En este sentido, la ley es una fuerza civilizadora. Por eso Rousseau creía que las leyes que gobiernan a un pueblo ayudan a moldear su carácter.
Rousseau también analiza el contrato social en términos de gestión de riesgos , [20] sugiriendo así los orígenes del Estado como una forma de seguro mutuo .
Aunque el contrato social de Rousseau se basa en la soberanía popular y no en la soberanía individual, existen otras teorías defendidas por individualistas , libertarios y anarquistas que no implican aceptar nada más que derechos negativos y crean solo un estado limitado, si es que lo hay.
Pierre-Joseph Proudhon (1809-1865) defendía una concepción del contrato social que no implicaba que un individuo cediera su soberanía a otros. Según él, el contrato social no se establecía entre individuos y el Estado, sino entre individuos que se abstenían de coaccionarse o gobernarse mutuamente, y cada uno conservaba su soberanía total:
¿Qué es realmente el contrato social? ¿Un acuerdo del ciudadano con el gobierno? No, eso significaría sólo la continuación de la idea [de Rousseau]. El contrato social es un acuerdo del hombre con el hombre; un acuerdo del cual debe resultar lo que llamamos sociedad. En esto, la noción de justicia conmutativa, introducida por primera vez por el hecho primitivo del intercambio, ... es sustituida por la de justicia distributiva ... Traduciendo estas palabras, contrato, justicia conmutativa, que son el lenguaje de la ley, al lenguaje de los negocios, tenemos el comercio, es decir, en su más alto significado, el acto por el cual el hombre y el hombre se declaran esencialmente productores y abdican de toda pretensión de gobernarse mutuamente.
— Pierre-Joseph Proudhon, Idea general de la revolución en el siglo XIX (1851)
Basándose en el trabajo de Immanuel Kant y su presunción de límites al Estado, [21] John Rawls (1921-2002), en Una teoría de la justicia (1971), propuso un enfoque contractualista según el cual las personas racionales en una hipotética " posición original " dejarían de lado sus preferencias y capacidades individuales bajo un " velo de ignorancia " y aceptarían ciertos principios generales de justicia y organización legal. Esta idea también se utiliza como una formalización de la noción de equidad en la teoría de juegos .
La teoría "neo-hobbesiana" de David Gauthier sostiene que la cooperación entre dos partes independientes y que buscan sus propios intereses es de hecho posible, especialmente cuando se trata de entender la moral y la política. [22] Gauthier señala en particular las ventajas de la cooperación entre dos partes cuando se trata del desafío del dilema del prisionero . Propone que, si dos partes se apegaran al acuerdo original acordado y a la moral delineada por el contrato, ambas experimentarían un resultado óptimo. [22] [23] En su modelo para el contrato social, factores como la confianza, la racionalidad y el interés propio mantienen a cada parte honesta y las disuaden de romper las reglas. [22] [23]
Philip Pettit (nacido en 1945) ha sostenido en Republicanism: A Theory of Freedom and Government (1997) que la teoría del contrato social, basada tradicionalmente en el consentimiento de los gobernados , debería modificarse. En lugar de defender el consentimiento explícito, que siempre puede fabricarse, Pettit sostiene que la ausencia de una rebelión efectiva contra él es la única legitimidad de un contrato.
Jean-Jacques Rousseau sostuvo que las leyes sociales se sostienen en base a la voluntad colectiva de los ciudadanos a quienes representan. Por lo tanto, al obedecer las leyes, el ciudadano "sigue siendo libre". En las elecciones, la voluntad del establishment es la voluntad del colectivo. Salvo que haya corrupción, la legitimidad del gobierno democrático es absoluta. [24]
En toda democracia real, la magistratura no es una ventaja, sino una carga pesada que no puede imponerse con justicia a un individuo en lugar de a otro. Sólo la ley puede imponer la carga a quien le corresponde, pues, como las condiciones son las mismas para todos y la elección no depende de ninguna voluntad humana, no hay ninguna aplicación particular que altere la universalidad de la ley.
— Jean-Jacques Rousseau , El contrato social o principios del derecho político. Libro IV [25]
Según otros teóricos del contrato social, cuando el gobierno no logra garantizar sus derechos naturales ( Locke ) o satisfacer los mejores intereses de la sociedad, los ciudadanos pueden retirar su obligación de obedecer o cambiar el liderazgo a través de elecciones u otros medios, incluida, cuando sea necesario, la violencia. Locke creía que los derechos naturales eran inalienables y, por lo tanto, el gobierno de Dios reemplazaba a la autoridad del gobierno, mientras que Rousseau creía que la democracia (gobierno de la mayoría) era la mejor manera de garantizar el bienestar al tiempo que se mantenía la libertad individual bajo el imperio de la ley. El concepto lockeano del contrato social fue invocado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos . [26]
En los tribunales, el contrato social se utiliza para diagnosticar la salud mental, con el objetivo último de dictar una sentencia justa. [27] El juez John Geoffrey Jones lo llamó "un aspecto del instinto de autoconservación". Consideró que el autor de las malas acciones es la persona impermeable: esa "rarísima persona cuya intuición está atrofiada y que no recibe instrucción crece sin inhibiciones, por lo que continúa con las malas acciones". Jones sostuvo que la legitimidad del poder judicial no es absoluta. En lugar del tribunal, es el psiquiatra el que tiene que diagnosticar la salud mental. [28]
En la actualidad, tengo la impresión de que el mal es un asunto que compete a los teólogos y a los filósofos morales. Los médicos, los jueces y los abogados harían bien en ocuparse de las malas acciones y de la mala salud, es decir, de aquellas acciones que la sociedad ha determinado como criminales. Si los autores de malas acciones no están enfermos, deberían ser castigados conforme a la ley. Si están enfermos, deberían ser tratados.
— John Geoffrey Jones , Psicópatas: una introducción [29]
Un crítico temprano de la teoría del contrato social fue el amigo de Rousseau , el filósofo David Hume , quien en 1742 publicó un ensayo titulado "Sobre la libertad civil". La segunda parte de este ensayo, titulada "Sobre el contrato original", [30] subraya que el concepto de "contrato social" es una ficción conveniente:
Como ningún partido, en la época actual, puede sostenerse sin un sistema filosófico o especulativo de principios anexo a su sistema político o práctico, encontramos, en consecuencia, que cada una de las facciones en que se divide esta nación ha creado un tejido del tipo anterior, con el fin de proteger y cubrir ese esquema de acciones que persigue... Un partido [los defensores del derecho absoluto y divino de los reyes, o tories], al atribuir el gobierno a la DEIDAD, se esfuerza por hacerlo tan sagrado e inviolable que debe ser poco menos que un sacrilegio, por tiránico que pueda llegar a ser, tocarlo o invadirlo en el más mínimo artículo. El otro partido [los whigs, o creyentes en la monarquía constitucional], al fundar el gobierno totalmente en el consentimiento del PUEBLO, supone que existe una especie de contrato original por el cual los súbditos se han reservado tácitamente el poder de resistir a su soberano, siempre que se sientan agraviados por esa autoridad que le han confiado voluntariamente para ciertos fines.
— David Hume, "Sobre la libertad civil" [II.XII.1] [30]
Hume sostuvo que el consentimiento de los gobernados era la base ideal sobre la que debería descansar un gobierno, pero que en realidad no había ocurrido así en general.
Mi intención aquí no es excluir el consentimiento del pueblo como fundamento justo del gobierno allí donde tenga cabida. Es, sin duda, el mejor y el más sagrado de todos. Sólo sostengo que muy pocas veces ha tenido cabida en algún grado y nunca en su extensión completa, y que, por lo tanto, también debe admitirse algún otro fundamento del gobierno.
— Ibíd. II.XII.20
El jurista Randy Barnett ha argumentado [31] que, si bien la presencia en el territorio de una sociedad puede ser necesaria para el consentimiento, esto no constituye consentimiento a todas las reglas que la sociedad pueda establecer independientemente de su contenido. Una segunda condición del consentimiento es que las reglas sean consistentes con los principios subyacentes de justicia y la protección de los derechos naturales y sociales, y tengan procedimientos para la protección efectiva de esos derechos (o libertades). Esto también ha sido discutido por O. A. Brownson, [32] quien argumentó que, en cierto sentido, están involucradas tres "constituciones": primero, la constitución de la naturaleza que incluye todo lo que los Fundadores llamaron " ley natural "; segundo, la constitución de la sociedad , un conjunto no escrito y comúnmente entendido de reglas para la sociedad formada por un contrato social antes de que establezca un gobierno, por el cual establece la tercera, una constitución de gobierno . Para consentir, una condición necesaria es que las reglas sean constitucionales en ese sentido.
La teoría del contrato social tácito sostiene que al permanecer en el territorio controlado por una sociedad, que normalmente tiene un gobierno, las personas dan su consentimiento para unirse a esa sociedad y ser gobernadas por su gobierno, si lo hubiera. Este consentimiento es lo que da legitimidad a ese gobierno.
Otros autores han sostenido que el consentimiento para unirse a la sociedad no implica necesariamente el consentimiento a su gobierno. Para ello, el gobierno debe establecerse de acuerdo con una constitución de gobierno que sea coherente con las constituciones superiores no escritas de la naturaleza y la sociedad. [33]
La teoría del contrato social implícito también se enmarca en los principios del consentimiento explícito. [34] La principal diferencia entre el consentimiento tácito y el explícito es que el consentimiento explícito no debe dejar lugar a malas interpretaciones. Además, se debe indicar directamente lo que se desea y la persona debe responder de manera concisa, ya sea confirmando o negando la proposición.
Según la teoría de la voluntad del contrato, un contrato no se presume válido a menos que todas las partes lo acepten voluntariamente, ya sea tácita o explícitamente, sin coerción. Lysander Spooner , un abogado del siglo XIX que argumentó ante la Corte Suprema de los Estados Unidos y firme defensor de un derecho de contrato entre individuos, argumentó en su ensayo No Treason que un supuesto contrato social no puede usarse para justificar acciones gubernamentales como los impuestos porque el gobierno iniciará la fuerza contra cualquiera que no desee celebrar tal contrato. Como resultado, sostiene que tal acuerdo no es voluntario y, por lo tanto, no puede considerarse un contrato legítimo en absoluto. Abolicionista , presentó argumentos similares sobre la inconstitucionalidad de la esclavitud en los EE. UU.
El derecho angloamericano moderno, al igual que el derecho civil europeo, se basa en una teoría de la voluntad contractual, según la cual todos los términos de un contrato son vinculantes para las partes porque ellas mismas los eligieron. Esto era menos cierto cuando Hobbes escribió Leviatán ; en ese momento se le daba más importancia a la contraprestación, es decir, a un intercambio mutuo de beneficios necesarios para la formación de un contrato válido, y la mayoría de los contratos tenían términos implícitos que surgían de la naturaleza de la relación contractual más que de las elecciones hechas por las partes. En consecuencia, se ha sostenido que la teoría del contrato social es más coherente con el derecho contractual de la época de Hobbes y Locke que con el derecho contractual de nuestro tiempo y que ciertas características del contrato social que nos parecen anómalas, como la creencia de que estamos obligados por un contrato formulado por nuestros antepasados lejanos, no habrían parecido tan extrañas a los contemporáneos de Hobbes como nos parecen a nosotros. [35]
¿No es, sin embargo, una ganancia arriesgar por aquello que constituye para nuestra seguridad sólo una parte de lo que tendríamos que arriesgar por nuestro propio bien tan pronto como nos veamos privados de ello?