Restricción previa

Suprimir ciertos tipos de información antes de que ocurran los hechos

La censura previa (también denominada censura previa [1] o censura previa a la publicación ) es una censura impuesta, generalmente por un gobierno o una institución, a la expresión, que prohíbe casos particulares de expresión. Se contrapone a la censura, que establece restricciones generales sobre la materia y revisa un caso particular de expresión solo después de que esta haya tenido lugar.

En algunos países (por ejemplo, Estados Unidos , [2] Argentina [3] ) la censura previa por parte del gobierno está prohibida, sujeta a excepciones (como la clasificación de ciertos asuntos de seguridad nacional), por sus respectivas constituciones .

La censura previa puede ejercerse de diversas maneras. Por ejemplo, la exhibición de obras de arte o de una película puede requerir una licencia de una autoridad gubernamental (a veces denominada junta de clasificación o junta de censura) antes de que pueda publicarse, y la falta o negativa a conceder una licencia es una forma de censura, al igual que la revocación de una licencia. Puede adoptar la forma de un mandato judicial o de una orden gubernamental que prohíba la publicación de un documento específico. A veces, un gobierno u otra parte se entera de una próxima publicación sobre un tema en particular y trata de impedirla: detener la publicación en curso e impedir su reanudación. Estos mandatos se consideran censura previa porque se detienen de antemano las posibles publicaciones futuras. También puede adoptar la forma de una política (normalmente secreta) impuesta por una corporación comercial a sus empleados, exigiéndoles que obtengan un permiso por escrito para publicar una obra escrita determinada, incluso una obra escrita fuera del horario laboral producida con sus propios recursos informáticos.

Excepciones a las restricciones

No todas las restricciones a la libertad de expresión constituyen una violación de la doctrina de la restricción previa. Es un hecho ampliamente aceptado que la publicación de información que afecte a la seguridad nacional , en particular en tiempos de guerra [ aclarar ] , puede ser restringida, incluso cuando existen leyes que protegen la libertad de expresión. En muchos casos, la invocación de la seguridad nacional es controvertida, y los opositores a la supresión argumentan que se están encubriendo errores y situaciones embarazosas del gobierno; a continuación se ofrecen algunos ejemplos.

La publicación de información sobre causas judiciales en curso puede verse restringida por una orden judicial. (De lo contrario, la publicación de material que pueda afectar a una causa está sujeta a sanciones, pero no se impide desde el principio). La información de texto y vídeo que contiene un contexto ilegal, como pornografía que involucra a menores de edad o a personas que no están dispuestas a hacerlo , generalmente se censura para proteger a las víctimas del material y preservar los estándares legales y éticos del país o estado que inicia la censura del material ofensivo.

Blackstone y las primeras vistas

En los Comentarios de William Blackstone , la "libertad de prensa" se define como el derecho a no estar sujeto a restricciones previas. Según Blackstone, no se debe castigar a una persona por decir o escribir la verdad con buenas intenciones y con fines justificables. Sin embargo, la verdad por sí sola no se consideraba una justificación suficiente si se publicaba con malas intenciones.

La libertad de prensa es, sin duda, esencial a la naturaleza de un Estado libre; pero consiste en no imponer restricciones previas a las publicaciones, y no en estar libre de censura por material criminal cuando se publica. Todo hombre libre tiene un derecho indudable a exponer al público los sentimientos que le plazca; prohibirlo es destruir la libertad de prensa; pero si publica algo impropio, dañino o ilegal, deberá asumir las consecuencias de su propia temeridad. (4 Bl. Com. 151, 152.)

Esta visión era la interpretación jurídica común en el momento en que se adoptó la Constitución de los Estados Unidos . Sólo más tarde se extendieron los conceptos de libertad de expresión y de prensa (en los Estados Unidos , el Reino Unido y otros países que comparten su tradición jurídica) para proteger el error honesto o la verdad incluso si se publica por razones cuestionables. [ cita requerida ]

Visión judicial

La censura previa suele considerarse una forma particularmente opresiva de censura en la jurisprudencia angloamericana porque impide que el material restringido se escuche o distribuya en absoluto. [4] : 318  Otras formas de restricciones a la expresión (como las acciones por difamación o calumnia criminal , calumnia , difamación y desacato al tribunal ) implementan sanciones penales o civiles solo después de que se haya publicado el material ofensivo. Si bien dichas sanciones pueden conducir a un efecto amedrentador , los comentaristas legales argumentan que al menos tales acciones no empobrecen directamente el mercado de ideas . [4] : 319  La censura previa, por otro lado, saca una idea o material completamente del mercado. Por lo tanto, a menudo se considera la forma más extrema de censura. [4] : 319  La Corte Suprema de los Estados Unidos expresó esta opinión en Nebraska Press Assn. v. Stuart al señalar:

El hilo conductor de todos estos casos es que las restricciones previas a la libertad de expresión y publicación son la infracción más grave y menos tolerable de los derechos de la Primera Enmienda. Una sanción penal o una sentencia en un caso de difamación están sujetas a toda la panoplia de protecciones que ofrece la postergación del impacto de la sentencia hasta que se hayan agotado todas las vías de revisión en apelación. Sólo después de que la sentencia sea definitiva, correcta o no, la sanción de la ley se vuelve plenamente operativa.

Por el contrario, y por definición, la censura previa tiene una sanción inmediata e irreversible. Si bien se puede decir que una amenaza de sanciones penales o civiles después de la publicación “enfría” el discurso, la censura previa lo “congela” al menos temporalmente.

Además, la mayoría de las primeras luchas por la libertad de prensa se dirigieron contra formas de restricción previa, por lo que éstas llegaron a ser vistas con especial horror y los tribunales angloamericanos se mostraron particularmente reacios a aprobarlas, cuando podían aprobar otras formas de restricción de la prensa.

Estados Unidos

Cerca de Minnesota

El primer caso notable en el que la Corte Suprema de los Estados Unidos se pronunció sobre una cuestión de restricción previa fue Near v. Minnesota , 283 U.S. 697 (1931). En ese caso, la Corte sostuvo que las restricciones previas eran inconstitucionales, excepto en circunstancias extremadamente limitadas, como las cuestiones de seguridad nacional. El fallo se produjo después de que el periódico de Jay Near, The Saturday Press , un pequeño periódico local que publicó innumerables denuncias de supuestas actividades ilícitas de los funcionarios electos de Minneapolis, incluidos los juegos de azar , el crimen organizado y la corrupción , fuera silenciado por la Ley Mordaza de Minnesota de 1925, también conocida como la Ley de Molestia Pública . Los críticos de Near llamaron a su periódico una hoja de escándalo y alegaron que intentó extorsionar dinero amenazando con publicar ataques a funcionarios y otras personas. En el caso Near, la Corte sostuvo que el estado no tenía poder para prohibir la publicación del periódico de esta manera, que cualquier acción de ese tipo sería inconstitucional según la Primera Enmienda . Escribió:

Si nos limitamos a los meros detalles de procedimiento, el funcionamiento y efecto de la ley en esencia es que las autoridades públicas pueden llevar al propietario o editor de un periódico o revista ante un juez acusado de dirigir un negocio de publicación de material escandaloso y difamatorio —en particular, si el asunto consiste en acusaciones contra funcionarios públicos por negligencia oficial— y, a menos que el propietario o editor pueda y esté dispuesto a presentar pruebas competentes para convencer al juez de que las acusaciones son verdaderas y se publican con buenos motivos y con fines justificables, su periódico o revista será suprimido y cualquier publicación posterior será punible como desacato. Esto es parte de la esencia de la censura.

Y

La ley en cuestión no puede justificarse por el hecho de que se permite al editor demostrar, antes de que se dicte una orden judicial, que el material publicado es verdadero y se publica con buenos motivos y con fines justificables. ... sería sólo un paso hacia un sistema completo de censura. ... La libertad preliminar, en virtud de la razón misma de su existencia, no depende, como ha dicho este tribunal, de la prueba de la verdad.

—  Patterson contra Colorado , 205 US 454, 462.

Esta fue una extensión de las opiniones anteriores de la Corte, que habían seguido a Blackstone. En Patterson v. Colorado , la Corte había escrito: "En primer lugar, el propósito principal de tales disposiciones constitucionales es 'evitar todas las restricciones previas a las publicaciones que habían sido practicadas por otros gobiernos', y no impiden el castigo posterior de aquellas que puedan considerarse contrarias al bienestar público" (citado en la decisión Near ). La decisión Near fue la primera vez que se sostuvo que incluso la supuesta falsedad o intención maliciosa no sería razón suficiente para imponer restricciones previas.

El caso Near se resolvió por 5 votos a 4. Los cuatro jueces disidentes aprobaron firmemente la "ley mordaza" y consideraron que la naturaleza de los artículos de The Saturday Press , incluido su antisemitismo recurrente , sus frecuentes acusaciones (supuestamente falsas) de mala conducta oficial y su tono irrespetuoso y confrontativo, los hacían indignos de protección. Pero esta opinión no prevaleció.

Después de la decisión del caso Near , los periódicos tenían una libertad claramente establecida para criticar a funcionarios públicos sin temor a represalias, incluso cuando las acusaciones formuladas por los periódicos no pudieran probarse en un tribunal. Los periódicos todavía podían ser castigados mediante leyes de difamación si publicaban material que se consideraba falso. La "Ley Mordaza" era única en los Estados Unidos en ese momento, e incluso en Minnesota solo se había utilizado en dos ocasiones. De hecho, el Tribunal comentó sobre la naturaleza inusual del procedimiento en su decisión.

En el caso Near, el Tribunal dejó abierta la posibilidad de imponer restricciones previas por diversos motivos excepcionales, como la seguridad nacional, el control de la obscenidad y otros similares. Escribió:

... la protección, incluso en lo que se refiere a la restricción previa, no es absolutamente ilimitada. Pero la limitación ha sido reconocida sólo en casos excepcionales. 'Cuando una nación está en guerra, muchas cosas que podrían decirse en tiempos de paz son un obstáculo tal para su esfuerzo que su expresión no se tolerará mientras los hombres luchen y que ningún tribunal podría considerarlas protegidas por ningún derecho constitucional'. ( Schenck v. United States , 249 US 47, 52, 39 S. Ct. 247, 249). Nadie pondría en duda que un gobierno no pueda impedir la obstrucción real de su servicio de reclutamiento o la publicación de las fechas de partida de los transportes o el número y la ubicación de las tropas. Por motivos similares, los requisitos primarios de la decencia pueden hacerse cumplir contra las publicaciones obscenas. La seguridad de la vida comunitaria puede protegerse contra las incitaciones a los actos de violencia y el derrocamiento por la fuerza de un gobierno ordenado.

Los dictámenes de Near sugieren que, si bien puede existir una restricción constitucional previa, la alta carga de la prueba necesaria para demostrar la constitucionalidad resulta en una presunción de invalidez, y el gobierno tiene la carga de demostrar la constitucionalidad de la restricción. [4] : 321 

En un caso posterior ( Nebraska Press Ass'n v. Stuart ), el Tribunal escribió:

Los principios enunciados en Near fueron aceptados tan universalmente que la cuestión precisa no volvió a presentarse ante nosotros hasta el caso Organization for a Better Austin v. Keefe , 402 U.S. 415 (1971). En ese caso, los tribunales estatales habían prohibido a los peticionarios realizar piquetes o distribuir material impreso de cualquier tipo en una zona específica. Al observar la similitud con Near vs. Minnesota , un tribunal unánime sostuvo:

Aquí, como en aquel caso, la orden judicial no opera para reparar supuestos agravios privados, sino para suprimir, sobre la base de publicaciones anteriores, la distribución de literatura "de cualquier tipo" en una ciudad de 18.000 habitantes.

. ... .

Toda restricción previa a la expresión llega a este Tribunal con una "fuerte presunción" contra su validez constitucional. Carroll v. Princess Anne , 393 US 175, 181 (1968); Bantam Books, Inc. v. Sullivan , 372 US 58, 70 (1963). Por lo tanto, el demandado tiene la pesada carga de demostrar la justificación de la imposición de tal restricción.

Esto demuestra la fuerte aceptación posterior de lo que había sido una decisión controvertida cuando se dictó por primera vez.

Kinney contra Barnes

En el caso de 2012 de Kinney v. Barnes , Kinney, un reclutador legal, fue objeto de comentarios incendiarios en el sitio web de la empresa que lo había empleado anteriormente. La empresa afirmó que recibió incentivos adicionales en el trabajo que provocaron su despido. Kinney presentó una demanda por difamación solicitando la retractación de los comentarios y una orden judicial permanente contra cualquier comentario similar en el futuro. El fallo de la Corte Suprema de Texas abordó específicamente si se podían prohibir los comentarios futuros y si esto constituiría una restricción previa. [a] Aunque el tribunal dictaminó que las declaraciones publicadas que se juzgaron difamatorias podían eliminarse, no prohibió que se publicaran discursos similares en línea en un momento posterior. Razonó que esto constituiría una restricción previa y correría el riesgo de producir un efecto amedrentador. El tribunal razonó, de acuerdo con una decisión anterior ( Hajek v. Bill Mowbray Motors, Inc. , 647 SW2d 253, 255 (Tex. 1983)), que el remedio apropiado para el discurso difamatorio era la penalización de "lo que se dice indebidamente" en lugar de "la negación del derecho a hablar". [5]


Censura en tiempos de guerra

Durante la Primera Guerra Mundial , y en mayor medida durante la Segunda Guerra Mundial , los corresponsales de guerra acompañaban a las fuerzas militares y sus informes estaban sujetos a censura previa para preservar secretos militares. El alcance de dicha censura no fue cuestionado en general y no surgió ningún caso judicial importante a partir de esta cuestión. En conflictos posteriores, el grado en que los reportajes de guerra estaban sujetos a censura varió y en algunos casos se ha alegado que la censura tenía un propósito tanto político como militar. Esto fue particularmente cierto durante la Guerra de Vietnam y la invasión de Granada en 1983 .

Caso de los Papeles del Pentágono

En el caso de los Papeles del Pentágono ( New York Times Co. v. United States , 403 U.S. 713 (1971)), la administración de Nixon intentó prohibir a los periódicos The New York Times y The Washington Post publicar extractos de una historia de alto secreto del Departamento de Defensa de los Estados Unidos sobre la participación de los Estados Unidos en la Guerra de Vietnam desde 1945 hasta 1971. El gobierno intentó utilizar la excepción de "seguridad nacional" que se había sugerido en la decisión Near . La Corte Suprema anuló las medidas cautelares. Sin embargo, la decisión fue fragmentaria, ya que se presentaron nueve opiniones separadas en el caso. No estaba claro en ese momento cuál sería el efecto en futuros casos de restricción previa.

Casos de artículos sobre bombas H

Científico americano

El 15 de marzo de 1950, la revista Scientific American publicó un artículo de Hans Bethe sobre la fusión termonuclear , el mecanismo por el cual las estrellas generan energía y emiten radiación electromagnética (luz, etc.). La fusión es también el proceso que hace posible la bomba de hidrógeno (bomba H). La AEC ( Comisión de Energía Atómica ) ordenó que se detuviera la publicación. Se destruyeron varios miles de copias de la revista impresa y el artículo se publicó con parte del texto eliminado por orden de la AEC. En ese momento, no existía en los Estados Unidos un diseño viable para una bomba de hidrógeno (el diseño de Teller-Ulam no se desarrollaría hasta un año después), pero Estados Unidos estaba involucrado en un programa de emergencia para desarrollar una. Gerard Piel , el editor de Scientific American , se quejó de que la AEC estaba "suprimiendo información que el pueblo estadounidense necesita para formar juicios inteligentes". Sin embargo, Bethe se negó a apoyar esta queja y la supresión de la versión sin editar del artículo nunca fue litigada. [ cita requerida ]

El Progresista

En febrero de 1979, un activista antinuclear llamado Howard Morland redactó un artículo para la revista The Progressive , titulado "El secreto de la bomba H: saber cómo es preguntar por qué". El artículo era un intento de Morland de publicar lo que él pensaba que era el "secreto de la bomba H" (el diseño de Teller-Ulam ), derivado de varias fuentes no clasificadas y entrevistas informales con científicos y trabajadores de la planta. A través de una serie de circunstancias complicadas, el Departamento de Energía intentó prohibir su publicación, alegando que el artículo contenía información técnica sensible que (1) probablemente se derivaba de fuentes clasificadas, o (2) se convertía en una fuente clasificada cuando se compilaba de manera correcta, incluso si se derivaba de fuentes no clasificadas, con base en las disposiciones de " secreto de nacimiento " de la Ley de Energía Atómica de 1954. Se concedió una orden preliminar contra la publicación del artículo, y Morland y la revista apelaron ( Estados Unidos v. The Progressive , et al. ). Después de una larga serie de audiencias (una a puerta cerrada y otra abierta al público) y de atraer una considerable atención como caso de " libertad de prensa ", el gobierno retiró sus cargos después de afirmar que el caso se volvió irrelevante cuando otro especulador de bombas ( Chuck Hansen ) publicó sus propias opiniones sobre el "secreto" (muchos comentaristas especularon que temían que la Ley de Energía Atómica fuera revocada bajo tal escrutinio). El artículo fue publicado debidamente en The Progressive (en el número de noviembre de 1979) seis meses después de la fecha prevista originalmente, y sigue estando disponible en las bibliotecas. (Aparte, el propio Morland decidió que no tenía el secreto y publicó una versión "corregida" un mes después).

Órdenes de silencio judiciales

Con frecuencia, los tribunales imponen restricciones anticipadas a los abogados, las partes y la prensa en la cobertura de los juicios, en particular de los juicios penales. Estas restricciones tienen por objeto proteger el derecho a un juicio justo y evitar interferencias en el proceso judicial. No obstante, son una forma de restricción previa y la prensa en particular se ha opuesto a menudo a tales órdenes.

En el caso de Nebraska Press Assn. v. Stuart , 427 U.S. 539 (1976), la Corte Suprema de los Estados Unidos revocó una " orden de censura " de ese tipo. Decidió que se podrían haber utilizado métodos alternativos para ayudar a garantizar un juicio justo, sin restricciones previas, y que no estaba del todo claro, en esas circunstancias, que la orden de censura tuviera el efecto deseado incluso si se confirmaba. También hizo especial hincapié en afirmar que las órdenes que restringen la cobertura de hechos que ocurren en audiencia pública no son admisibles. Escribió:

En la medida en que esta orden prohibía la divulgación de las pruebas presentadas en la audiencia preliminar abierta, violaba claramente principios establecidos: “[N]o hay nada que prohíba a la prensa informar sobre los acontecimientos que suceden en la sala del tribunal”. Sheppard v. Maxwell , (384 US, págs. 362–363).

La conclusión del Tribunal en este caso reafirmó su oposición general a las restricciones previas e indicó que las órdenes judiciales de censura se mantendrían sólo en casos excepcionales. Escribió:

Nuestro análisis termina como empezó, con una confrontación entre la censura previa impuesta para proteger una garantía constitucional vital y la orden explícita de otra de que no se coarte la libertad de expresión y publicación. Reafirmamos que las garantías de la libertad de expresión no son una prohibición absoluta en todas las circunstancias, pero las barreras a la censura previa siguen siendo altas y la presunción contra su uso continúa intacta.

En el Reino Unido, las órdenes judiciales de censura se emplean con mucha más frecuencia y los tribunales británicos no parecen sentir el fuerte prejuicio que se refleja en la cita anterior. Otros países también emplean esas órdenes con más libertad que Estados Unidos .

Caso DeCSS

En octubre de 1999, la Asociación Cinematográfica de Estados Unidos (MPAA) se enteró de la disponibilidad en Internet de DeCSS , un programa que permitía a la gente ver el contenido de los DVD utilizando ordenadores que carecían de reproductores de DVD comerciales, eludiendo el sistema de cifrado conocido como Content Scrambling System (CSS) que se utiliza generalmente en los DVD comerciales. La MPAA respondió enviando una serie de cartas de cese y desistimiento a los operadores de sitios web que publicaron el software. En enero de 2000, se presentó una demanda contra el editor de la revista 2600: The Hacker Quarterly y otros. Este caso se conoce como Universal v. Reimerdes , 111 F. Supp.2d 294 (SDNY 2000).

La demanda solicitaba una orden judicial en virtud de la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA) de Estados Unidos que prohibiera al sitio 2600 publicar el código DeCSS. También solicitaba la prohibición de incluir enlaces a otros sitios que publicaran el código.

La orden judicial fue emitida y confirmada en una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito y se confirmó la constitucionalidad de la DMCA. El tribunal de distrito escribió que el código informático "... hace más, en otras palabras, que transmitir un mensaje" y que "... tiene un aspecto claramente funcional, no verbal, además de reflejar los pensamientos de los programadores". El tribunal de apelaciones escribió más tarde que "en las circunstancias ampliamente demostradas por el expediente, la prohibición de enlaces de la orden judicial regula válidamente la oportunidad de los apelantes de permitir instantáneamente a cualquier persona en cualquier lugar obtener acceso no autorizado a películas protegidas por derechos de autor en DVD", confirmando así la orden judicial contra la publicación de enlaces al código DeCSS en estas circunstancias.

El tribunal de apelaciones sí consideró las cuestiones de restricción previa y libertad de expresión, pero trató el programa DeCSS principalmente como un medio para evadir la protección de los derechos de autor y, según esa teoría, sostuvo que se podía prohibir permanentemente al sitio 2600 publicar el código DeCSS y vincularlo a sitios que lo publicaran en un intento de ponerlo a disposición. El caso no fue llevado a la Corte Suprema. [ cita requerida ]

Teatro y cine

Hay una larga historia de restricciones previas en el teatro; en el Reino Unido, las obras de teatro todavía requerían una licencia hasta 1968. Esta actitud se trasladó pronto a las películas, y las restricciones previas se mantuvieron para las películas mucho después de que se hubieran abandonado para otras formas de publicación: en algunas jurisdicciones, una película tenía que ser presentada a una junta de censura cinematográfica para que se aprobara su exhibición.

La Corte Suprema de los Estados Unidos confirmó el uso de una junta de censores en Mutual Film Corporation v. Industrial Commission of Ohio , 236 U.S. 230 (1915) al decidir que la Primera Enmienda no se aplicaba a las películas cinematográficas. El poder de dichas juntas se debilitó cuando la Corte Suprema posteriormente se revocó a sí misma y decidió que la Primera Enmienda sí se aplica a las películas cinematográficas. En el caso de Joseph Burstyn, Inc. v. Wilson , 343 U.S. 495 (1952), el tribunal decidió que dar el poder de prohibir o restringir una película a una junta de censura sobre la base de que una película era "sacrílega" era demasiado perjudicial para las protecciones de la Primera Enmienda.

La "sentencia de muerte" para las juntas de censura se produjo en 1965, cuando el Tribunal Supremo de Estados Unidos declaró inconstitucional la ley de Maryland que tipificaba como delito exhibir una película sin presentarla a la junta de censura. En el caso Freedman v. Maryland , 380 U.S. 51 (1965), el requisito del estado de que una película se presentara a la junta era inconstitucional porque carecía de las garantías procesales adecuadas. Si bien no es necesariamente inconstitucional exigir que las películas se presenten a una junta de censura, la junta tiene opciones extremadamente limitadas: una junta de censura no tiene poder para prohibir una película y, si la ley le otorga ese poder, la ley es inconstitucional. Las únicas opciones de la junta cuando se le presenta una película son otorgar una licencia para la película o acudir inmediatamente a los tribunales para prohibir su exhibición.

Además, se ha determinado que las juntas de censura estatales o locales no tienen jurisdicción sobre las transmisiones de las estaciones de televisión, incluso cuando están ubicadas en el estado o la comunidad donde tienen su sede, eliminando así otra razón más para su existencia.

Tanto el estado de Maryland como la provincia de Ontario mantuvieron juntas de censura cinematográfica hasta una fecha particularmente tardía. Maryland abandonó su junta en la década de 1980, y una decisión de 2004 del Tribunal de Apelaciones de Ontario, revirtiendo una tendencia anterior a favor del derecho de la Junta de Clasificación de Películas de Ontario a insistir en cortes, dictaminó que la provincia no tenía derecho a insistir en cortes como condición de estreno, ya que las leyes federales canadienses sobre obscenidad eran suficientes para lidiar con el material obsceno. En mayo de 2005, el gobierno de Ontario puso fin al poder de la Junta de Clasificación para insistir en cortes, exigiendo que todas las películas con contenido para adultos que no fueran juzgadas como obscenas fueran clasificadas como "R" solo para adultos. [ cita requerida ]

En muchos países, existen sistemas de clasificación legalmente vigentes. Consulte Historia de los certificados cinematográficos británicos para obtener información sobre las restricciones cinematográficas en el Reino Unido.

Códigos de la industria

Muchas industrias han formulado códigos "voluntarios" que limitan el contenido de la expresión, generalmente afectando los efectos percibidos sobre la moralidad pública más que la revelación de secretos. Ejemplos de estos incluyen el Código Hays , que afectó a las películas de Hollywood desde la década de 1930 hasta la de 1950, y el Código de Cómics , que fue diseñado para lidiar con el auge de los cómics de terror en la década de 1950 y duró hasta la década de 1970. El sistema de clasificación de películas actualmente en vigor en los Estados Unidos, administrado por la Asociación Cinematográfica de Estados Unidos (MPAA), es otro de esos códigos de la industria. Dichos códigos generalmente se han adoptado con el doble propósito de prevenir una posible intervención gubernamental y evitar publicidad desfavorable o boicots. Si bien dichos códigos no suelen aplicarse mediante acciones gubernamentales, generalmente se aplican a los productores de contenido por los guardianes de la cadena de comercialización : los estudios en el caso del Código Hays, los distribuidores en el caso del Código de Cómics y las cadenas de cines en el caso del sistema de clasificación de la MPAA. Los productores de contenidos se han opuesto a menudo a estos códigos y argumentan que son, en efecto, una forma de restricción previa. Sin embargo, la prohibición de restricción previa de la primera enmienda se aplica a las acciones gubernamentales o judiciales y no vincula a entidades privadas como las cadenas de cines. [ cita requerida ]

Chile

Francisco Martorell contra Chile

En abril de 1993, Francisco Martorell publicó en Argentina, con Editorial Planeta , un libro titulado 'Impunidad diplomática', en el que se trataba, entre otras cosas, de los hechos que llevaron a un ex embajador argentino, Oscar Spinosa Melo, a abandonar Chile . El libro, cuya venta estaba prevista para el día siguiente de su lanzamiento en Argentina, fue objeto de un recurso de protección interpuesto por un empresario chileno ante la Corte de Apelaciones de Santiago, quien argumentó que el texto lesionaba su derecho a la intimidad. Así, el tribunal dictó una orden de no innovar que prohibía temporalmente el ingreso, distribución y circulación del libro en Chile a la espera de una sentencia definitiva sobre el caso. Posteriormente, varias personas presentaron denuncias contra Martorell por injuria y falsa imputación de delito de acción pública (calumnia). [6]

Posteriormente, a través de un recurso extraordinario , Martorell apeló ante la Corte Suprema de Chile e invocó las garantías constitucionales de la libertad de prensa. Pero en una decisión unánime dictada el 15 de junio de 1993, la Corte Suprema rechazó el recurso y prohibió la circulación del libro, notificando formalmente a Martorell su decisión algunos días después. [7]

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debía determinar si la decisión de la corte chilena de prohibir el ingreso, circulación y distribución de Impunidad diplomática de Martorell violaba la libertad de expresión prevista en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) , que establece:

 '1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión; este derecho incluye la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el apartado anterior no estará sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, que deberán estar expresamente establecidas por la ley...' [8]

La Comisión reafirmó que la libertad de expresión, según afirmó, implica el derecho a expresar ideas y pensamientos y a recibirlos, por lo que cuando se restringe el derecho de una persona a expresarse, también se afecta el derecho del público a recibir información. La Comisión indicó que el artículo 13.2 de la CADH permite ciertas restricciones al ejercicio de la libertad de expresión y estipula los límites legítimos y los requisitos para establecer esas restricciones. En ese sentido, el derecho sólo puede restringirse legítimamente mediante la imposición de responsabilidades ulteriores previstas por la ley y que se consideren necesarias para asegurar los objetivos establecidos en la Convención. La Comisión recordó que la protección de "los derechos o la reputación de los demás" es un fin legítimo de la Convención. Sin embargo, en lo que respecta a los derechos a la privacidad, el honor y la dignidad previstos en el artículo 11 de dicho instrumento, "los órganos del Estado no pueden interpretar las disposiciones del artículo 11 de manera que violen el artículo 13, que prohíbe la censura previa".

En este sentido, la CIDH destacó que la Convención establece que la censura previa es incompatible con el pleno goce de los derechos protegidos por dicho instrumento. La Comisión destacó que la CADH es el único instrumento de derechos humanos que contiene esta prohibición, lo que indica la verdadera importancia que el sistema interamericano otorga a la libertad de expresión. En mayo de 1993, la Corte de Apelaciones concedió el recurso judicial interpuesto por el empresario chileno y confirmó la medida que "prohibía el ingreso y comercialización del libro en Chile". Un recurso posterior de la Corte Suprema fue rechazado.

En el caso bajo análisis, la Comisión consideró que la decisión de prohibir el ingreso, circulación y distribución del libro Impunidad diplomática en Chile fue contraria al artículo 13 de la CADH. Para la Comisión, ello constituyó un acto previo a la censura y, por lo tanto, no constituyó una restricción legítima al derecho a la libertad de expresión. [9]

Véase también


Notas

  1. ^ A los efectos del caso que se examina, el tribunal asumió que los comentarios ya publicados eran difamatorios y podían eliminarse (aunque aún no se había demostrado si lo eran).

Referencias

  1. ^ Bonello, Giovanni (enero de 2005). Michael Cooper (ed.). "The Playing-card" (PDF) . Revista de la Sociedad Internacional de Naipes . 32 (3): 191–197. ISSN  0305-2133. Archivado desde el original (PDF) el 29 de abril de 2005.
  2. ^ "Prior Restraint". Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell. Octubre de 2009. Consultado el 8 de abril de 2014 .
  3. «Artículo 14 – Constitución de la Nación Argentina» (en español) . Consultado el 8 de abril de 2014 .
  4. ^ abcd Waldman, Jaqueline G. (2014), "Restricción previa y la policía: el derecho de la Primera Enmienda a difundir grabaciones de la conducta policial" (PDF) , University of Illinois Law Review , 2014 (1): 311–345 , consultado el 13 de abril de 2014
  5. ^ "Kinney v. Barnes :: 2014 :: Decisiones de la Corte Suprema de Texas :: Jurisprudencia de Texas :: Derecho de Texas :: Derecho de EE. UU. :: Justia". Justia US Law . Consultado el 11 de julio de 2016 .
  6. ^ "Francisco Martorell vs. Chile". Universidad de Columbia . Consultado el 1 de junio de 2023 .
  7. ^ "Francisco Martorell vs. Chile, Caso 11.230, Informe No. 11/96, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II.95 Doc. 7 rev. en 234 (1997)". Biblioteca de Derechos Humanos . Universidad de Minnesota . Consultado el 31 de mayo de 2023 .
  8. ^ "Convención Americana sobre Derechos Humanos: "Pacto de San José de Costa Rica". Firmado en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969" (PDF) . Naciones Unidas . Consultado el 31 de mayo de 2023 .
  9. ^ "Informe mundial de Human Rights Watch 1998". Human Rights Watch . Consultado el 31 de mayo de 2023 .

Bibliografía

  • Nacido en secreto: la bomba H, el caso progresista y la seguridad nacional Devolpi (Pergamon) 1981
  • El secreto que explotó , Howard Morland (Random House) 1981 Sobre el caso Progressive .
  • Minnesota Rag: Corrupción, periodismo amarillista y el caso que salvó la libertad de prensa , Fred W. Friendly (University of Minnesota Press) 1982 Una historia del caso Near .
  • Los buenos, los malos y la Primera Enmienda: libertad de expresión frente a imparcialidad en la radiodifusión, por Fred W. Friendly (Random House; 1976) ( ISBN 0-394-49725-2 ) 
  • No hacer ninguna ley: el caso Sullivan y la Primera Enmienda Anthony Lewis (Random House) 1991 Una historia del caso que estableció el estándar de malicia real para la difamación de funcionarios públicos.
  • Más allá de la cruz en llamas: un caso emblemático de raza, censura y la Primera Enmienda Edward J. Cleary (Vintage) 1995 Una historia de RAV v. St Paul un caso de "crimen de odio".
  • El día que las imprentas dejaron de funcionar: una historia del caso de los Papeles del Pentágono David Rudenstine (University of California Press) 1996
  • American Aurora: Un regreso demócrata-republicano: La historia suprimida de los comienzos de nuestra nación y el periódico heroico que intentó informarla Richard N. Rosenfeld (St. Martin's Press) 1997 Un caso de supresión de un periódico en los primeros años de los Estados Unidos.
  • La censura de prensa en la Inglaterra isabelina Cyndia Susan Clegg (Cambridge University Press) 1997
  • Quema de banderas y libertad de expresión: el caso de Texas contra Johnson Robert Justin Goldstein (University Press of Kansas) 2000
  • La Ley de Comunicación Pública Kent R. Middleton, William E. Lee y Bill F. Chamberlin (Allyn & Bacon) 2003 Un estudio general de la legislación estadounidense actual.
  • La tiranía de los impresores: la política periodística en los primeros tiempos de la república estadounidense Jeffrey L. Pasley (University Press of Virginia) 2003
  • Tiempos peligrosos: la libertad de expresión en tiempos de guerra desde la Ley de Sedición de 1798 hasta la guerra contra el terrorismo Geoffrey R. Stone (WW Norton & Company) 2004

Lectura adicional

  • Michal Tamir y Ariel Bendor, "Restricción previa en la era digital" (2019) Revista de la Carta de Derechos de William & Mary
  • "Restricción previa" en Findlaw
  • "Un juez de Texas citó a 'El gran Lebowski' en una decisión judicial", por Paul Szoldra, Business Insider, 5 de septiembre de 2014
  • "Restricción previa" de Barry O. Hines, R. Kurt Wilke y Sarah M. Lahr
  • Análisis exhaustivo del caso y las etapas por las que pasó en Wisconsin Free Speech Legacy
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