El libre septimus

Tres colecciones canónicas separadas

El Liber Septimus (del latín "Séptimo libro ") puede referirse a una de las tres colecciones de derecho canónico católico de valor bastante diferente desde un punto de vista legal que se conocen con este título.

Constituciones Clementinas, 1314

Las Constitutiones Clementis V o Constitutiones Clementinæ no se conocen oficialmente como «Liber Septimus». Sin embargo, fueron designadas así por historiadores y canonistas de la Edad Media , e incluso en una ocasión por el papa Juan XXII en una carta de 1321 al obispo de Estrasburgo . Esta colección ni siquiera fue considerada un «Liber» (libro). [1]

Fue promulgada oficialmente por Clemente V en un consistorio celebrado en Monteaux , cerca de Carpentras (sur de Francia) el 21 de marzo de 1314, y enviada a la Universidad de Orléans y a la Sorbona en París. La muerte de Clemente V, ocurrida el 20 de abril siguiente, dio lugar a ciertas dudas sobre la fuerza legal de la compilación. En consecuencia, Juan XXII mediante su bula Quoniam nulla , del 25 de octubre de 1317, la promulgó de nuevo como obligatoria, sin realizar ningún cambio en ella. Johannes Andreæ compiló su comentario, o glossa ordinaria . No era una colección exclusiva, y no abrogaba las leyes previamente existentes que no estaban incorporadas en ella (véase Corpus Juris Canonici y Decretales Papales ). [1]

Decretales Clementis Papae VIII, 1598

El nombre también se le ha dado a una colección canónica conocida oficialmente como Decretales Clementis Papæ VIII . Debe el nombre de "Liber Septimus" al cardenal Pinelli , prefecto (presidente) de la congregación especial designada por Sixto V para redactar un nuevo código eclesiástico, quien le aplicó este título en sus notas manuscritas; Prospero Fagnani y Benedicto XIV lo imitaron en esto, y ha conservado el nombre. [1]

Las Decretales Clementis Papæ VIII están divididas en cinco libros, subdivididos en títulos y capítulos, y contienen cánones disciplinarios y dogmáticos del Concilio de Florencia , el Primer Concilio de Letrán y el de Trento , y constituciones apostólicas de veintiocho papas desde Gregorio IX hasta Clemente VIII . [1]

Fue para suplir el defecto de una codificación oficial del derecho canónico a partir de la fecha de publicación de las Constitutiones Clementinæ (1317), que Gregorio XIII designó alrededor del año 1580 un cuerpo de cardenales para emprender la obra. En 1587, Sixto V estableció la congregación especial para redactar un nuevo código eclesiástico. La obra impresa fue presentada a Clemente VIII en 1598 para su aprobación, que fue rechazada. Una nueva revisión emprendida en 1607-08 tuvo un destino similar, ya que el papa reinante Pablo V se negó a aprobar el Liber Septimus como código legal obligatorio de la Iglesia. [1]

Las negativas de aprobación por parte de Clemente VIII y Pablo V no se deben atribuir al temor de ver los cánones del Concilio de Trento glosados ​​por los canonistas (lo que estaba prohibido por la bula de Pío IV , Benedictus Deus , que confirmaba el Concilio de Trento), sino a la situación política del momento. En efecto, varios estados se habían negado a admitir algunas de las constituciones incluidas en la nueva colección, y el Concilio de Trento aún no había sido aceptado por el gobierno francés ; por lo tanto, se temía que los gobiernos se negaran a reconocer el nuevo código. También parece un error haber incluido en la obra decisiones que eran pura y exclusivamente dogmáticas y, por lo tanto, completamente ajenas al dominio del derecho canónico. Esta colección, que apareció hacia fines del siglo XVI, fue editada por François Sentis ("Clementis Papæ VIII Decretales", Friburgo, 1870). [1]

Séptimo Libro de Decretales, 1590

Pierre Mathieu (Petrus Matthæus), un canonista del siglo XVI, publicó en 1590, bajo el título de "Septimus Liber Decretalium" ('Séptimo Libro de Decretales '), una colección de cánones ordenados según el orden de las Decretales papales de Gregorio IX , que contenía algunas decretales de papas anteriores, especialmente de las del reinado de Sixto IV (1464-1471) al de Sixto V , en 1590. Era una colección completamente privada y carente de valor científico. Algunas ediciones del Corpus Juris Canonici (Frankfort, 1590; Lyon 1621 y 1671; edición de Justus Henning Boehmer , Halle, 1747) contenían el texto de este "Liber septimus" como apéndice. [1]

Referencias

  1. ^ abcdefg van Hove, Alphonse (1910). "Liber Septimus"  . Enciclopedia Católica . Vol. 9.
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