Boletín Oficial del Estado

Official gazette of the Kingdom of Spain
Boletín Oficial del Estado
Sede en Madrid
EditorAgencia Estatal del Boletín Oficial del Estado
CategoríasBoletín Oficial del Estado
FrecuenciaA diario
Primer número1661 ; hace 363 años (1661)
PaísEspaña
Con sede enMadrid
IdiomaEspañol
Sitio webboe.es

El Boletín Oficial del Estado ( BOE ; de 1661 a 1936 conocido como Gaceta de Madrid ) es el diario oficial del Reino de España y puede publicarse cualquier día de la semana. El contenido del BOE está autorizado y publicado por sanción real y con el visto bueno de la Oficina de la Presidencia española .

El BOE publica los decretos de las Cortes Generales , del Parlamento español (que comprende el Senado y el Congreso de los Diputados ), así como las órdenes dictadas por las Comunidades Autónomas españolas . La Constitución española de 1978 establece en su artículo 9.3 que "La Constitución garantiza... la publicidad de las leyes". Esto incluye la publicación oficial de todos los decretos judiciales, reales y gubernamentales españoles, así como de las órdenes del Consejo de Ministros.

Según el Real Decreto 181/2008 [1] , de 8 de febrero, el BOE es el diario oficial del Reino de España, destinado a proporcionar al Gobierno del Estado el medio para la publicación de las leyes, reglamentos y demás actos de obligado cumplimiento aprobados por las Cortes Generales. Por tanto, contiene una relación completa de todas las Leyes aprobadas por las Cortes Generales, las disposiciones adoptadas por el Gobierno de España y las disposiciones de carácter general de las Comunidades Autónomas.

A raíz de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Boletín Oficial del Estado, la publicación cesó en su tradicional formato impreso el 31 de diciembre de 2008 y pasó a su modalidad de difusión electrónica.

Estructura

Desde 2009, el boletín se publica principalmente en formato electrónico. Cada aviso individual se publica ahora como un documento electrónico propio, la paginación comienza y termina cada año y cada aviso sigue un sistema de numeración de páginas continuo.

Los avisos actualmente están estructurados de la siguiente manera:

Sección I
Disposiciones generales
  • Las leyes orgánicas, las leyes, los reales decretos legislativos y los reales decretos-leyes.
  • Tratados y convenios internacionales.
  • Las leyes de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.
  • Reglamentos y otras disposiciones de carácter general.
  • Las normas normativas emanadas de los consejos de gobierno de las Comunidades Autónomas.
Sección II
Autoridades y personal

Compuesto por dos subsecciones:

  • Citas, situaciones e incidencias.
  • Competiciones y concursos.
Sección III
Otras disposiciones

Compuesto por las disposiciones que deben publicarse sin carácter general o que sean de aplicación a otros apartados: ayudas y subvenciones, cartas de servicios, convenios colectivos de alcance general, planes de estudios, etc.

Sección IV
Administración de Justicia
  • Edictos, avisos, requisiciones y anuncios de los Tribunales.
Sección V
Anuncios

Agrupados de la siguiente manera:

  • Publicidad, subastas y premios.
  • Otros anuncios oficiales.
  • Viñetas.

Existe también un suplemento independiente en el que se publican pronunciamientos, comunicados y resoluciones del Tribunal Constitucional.

Véase también

Referencias

  1. ^ "Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»".
  • Web oficial del Boletín Oficial del Estado ( BOE )


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