Ley del Parlamento | |
Título largo | Una ley para obligar a todas las personas que sean papistas en esa parte de Gran Bretaña llamada Escocia, y a todas las personas en Gran Bretaña que se nieguen o descuiden tomar los juramentos designados para la seguridad de la persona y el gobierno de Su Majestad, por varias leyes aquí mencionadas, a registrar sus nombres y bienes raíces. |
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Citación | 9 Geo. 1 . c. 24 |
Fechas | |
Asentimiento real | 27 de mayo de 1723 |
Derogado | 15 de julio de 1867 |
Otra legislación | |
Modificado por | Ley de papistas de 1723 |
Derogado por | Ley de revisión de la legislación estatutaria de 1867 |
Estado: Derogado |
Ley del Parlamento | |
Título largo | Español Una ley para explicar y enmendar una ley de la última sesión del parlamento, titulada, una ley para obligar a todas las personas, siendo papistas, en esa parte de Gran Bretaña llamada Escocia, y a todas las personas en Gran Bretaña, que se nieguen o descuiden tomar los juramentos designados para la seguridad de la persona y el gobierno de Su Majestad, por varias leyes aquí mencionadas, a registrar sus nombres y bienes raíces , y para ampliar el tiempo para tomar dichos juramentos y hacer dichos registros, y para permitir más tiempo para la inscripción de escrituras o testamentos hechos por papistas, que se han omitido registrar, de conformidad con una ley del tercer año del reinado de Su Majestad; y también para dar alivio a los arrendatarios protestantes. |
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Citación | 10 Geo. 1 . c. 4 |
Fechas | |
Asentimiento real | 19 de marzo de 1724 |
Derogado | 15 de julio de 1867 |
Otra legislación | |
Compensación | Ley de papistas de 1722 |
Derogado por | Ley de revisión de la legislación estatutaria de 1867 |
La Ley de Papistas de 1722 ( 9 Geo. 1. c. 24) fue una ley del Parlamento de Gran Bretaña , promulgada después del descubrimiento de la conspiración jacobita de Atterbury . La ley exigía a los terratenientes que prestaran juramentos de lealtad , supremacía y abjuración antes del 25 de diciembre de 1723; aquellos que se negaran a hacerlo debían registrar sus propiedades antes del 25 de marzo de 1724 (NS)/1723 (OS). [1]
Si no lo hacían, corrían el riesgo de perder sus propiedades. [2] Esta ley fue derogada por la Ley de Papistas de 1723 ( 10 Geo. 1. c. 4). [3]