Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

Instrumento internacional de derechos humanos

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (también conocida como Carta de Banjul ) es un instrumento internacional de derechos humanos que tiene como objetivo promover y proteger los derechos humanos y las libertades básicas en el continente africano .

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos , que surgió bajo los auspicios de la Organización para la Unidad Africana (posteriormente reemplazada por la Unión Africana ), adoptó en 1979, en su Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno, una resolución en la que se pedía la creación de un comité de expertos para redactar un instrumento continental de derechos humanos, similar a los que ya existían en Europa ( Convención Europea de Derechos Humanos ) y en las Américas ( Convención Americana de Derechos Humanos ), comité que se creó y elaboró ​​un proyecto que fue aprobado por unanimidad en la 18.ª Asamblea de la OUA, celebrada en junio de 1981 en Nairobi ( Kenia) . [1] De conformidad con su artículo 63 (según el cual debía "entrar en vigor tres meses después de la recepción por el Secretario General de los instrumentos de ratificación o adhesión de una mayoría simple" de los Estados miembros de la OUA [1] ), la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos entró en vigor el 21 de octubre de 1986, en cuyo honor se declaró el 21 de octubre "Día Africano de los Derechos Humanos". [2]

La supervisión e interpretación de la Carta es tarea de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos , creada el 2 de noviembre de 1987 en Adís Abeba ( Etiopía) y que actualmente tiene su sede en Banjul ( Gambia) . [3] Posteriormente, en 1998, se adoptó un protocolo a la Carta por el que se creaba un Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos . El protocolo entró en vigor el 25 de enero de 2004.

En julio de 2004, la Asamblea de la UA decidió que la ACHP se incorporaría a la Corte Africana de Justicia . En julio de 2005, la Asamblea de la UA decidió que la ACHP debía entrar en funcionamiento a pesar de que el protocolo por el que se establecía la Corte Africana de Justicia aún no había entrado en vigor. En consecuencia, la octava sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo de la Unión Africana , reunido en Jartum (Sudán), el 22 de enero de 2006, eligió a los primeros jueces de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos . La relación entre la Corte recién creada y la comisión aún está por determinar.

En 2019, 53 estados habían ratificado la Carta. [4]

Contenido

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos incluye un preámbulo, tres partes, cuatro capítulos y 63 artículos. [1] La Carta estableció un sistema regional de derechos humanos para África. La Carta comparte muchas características con otros instrumentos regionales, pero también tiene características singulares notables en lo que respecta a las normas que reconoce y también a su mecanismo de supervisión. [5]

El preámbulo se compromete a eliminar el sionismo , al que compara con el colonialismo y el apartheid , [6] lo que hace que Sudáfrica califique su adhesión en 1996 con la reserva de que la Carta se ajuste a las resoluciones de las Naciones Unidas "relativas a la caracterización del sionismo". [7]

Normas contenidas en la Carta

Derechos civiles y políticos

La Carta reconoce la mayoría de los derechos civiles y políticos que se consideran universalmente aceptados. Entre ellos, se encuentran el derecho a no ser objeto de discriminación (artículo 2 y 18(3)), la igualdad (artículo 3), la vida y la integridad personal (artículo 4), la dignidad (artículo 5), el derecho a no ser sometido a esclavitud (artículo 5), el derecho a no ser sometido a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (artículo 5), el derecho a un proceso justo en caso de arresto o detención (artículo 6), el derecho a un juicio justo (artículo 7 y 25), la libertad de religión (artículo 8), la libertad de información y de expresión (artículo 9), la libertad de asociación (artículo 10), la libertad de reunión (artículo 11), la libertad de circulación (artículo 12), la libertad de participación política (artículo 13), el derecho a la propiedad (artículo 14) y el derecho a la resistencia (artículo 20).

Sin embargo, algunos especialistas en derechos humanos consideran que la Carta no reconoce de forma explícita otros derechos civiles y políticos. Por ejemplo, no reconoce explícitamente el derecho a la privacidad ni el derecho a no trabajar de forma forzada u obligatoria. Las disposiciones relativas a un juicio justo y a la participación política se consideran incompletas en relación con los estándares internacionales. [5]

Derechos económicos, sociales y culturales

La Carta también reconoce ciertos derechos económicos, sociales y culturales y, en general, se considera que la Carta hace un énfasis considerable en estos derechos. La Carta reconoce el derecho al trabajo (artículo 15), el derecho a la salud (artículo 16) y el derecho a la educación (artículo 17). A través de una decisión de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, SERAC v Nigeria (2001), se entiende que la Carta también incluye el derecho a la vivienda y el derecho a la alimentación como "implícitos" en la Carta, en particular a la luz de sus disposiciones sobre el derecho a la vida (artículo 4), el derecho a la salud (artículo 16) y el desarrollo (artículo 22). [8]

Derechos de los pueblos y derechos de los grupos

Además de reconocer los derechos individuales mencionados anteriormente, la Carta reconoce también los derechos colectivos o de grupo , o derechos de los pueblos y derechos humanos de tercera generación . En este sentido, la Carta reconoce derechos de grupo en un grado que no se alcanza en los instrumentos regionales de derechos humanos europeos o interamericanos. La Carta otorga a la familia protección por parte del Estado (artículo 18), mientras que los "pueblos" tienen derecho a la igualdad (artículo 19), el derecho a la libre determinación (artículo 20), a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales (artículo 21), el derecho al desarrollo (artículo 22), el derecho a la paz y a la seguridad (artículo 23) y a "un medio ambiente generalmente satisfactorio " (artículo 24).

Deberes

La Carta no sólo reconoce derechos a los individuos y a los pueblos, sino que también incluye deberes que les incumben. Estos deberes están contenidos en el artículo 29 y son los siguientes:

  • El deber de preservar el desarrollo armonioso de la familia.
  • Servir a la comunidad nacional poniendo a su servicio capacidades físicas e intelectuales.
  • No comprometer la seguridad del Estado.
  • Preservar y fortalecer la solidaridad social y nacional.
  • Preservar y fortalecer la independencia nacional y la integridad territorial del país y contribuir a su defensa.
  • Trabajar lo mejor que pueda según sus capacidades y competencias y pagar impuestos en interés de la sociedad.
  • Preservar y fortalecer los valores culturales africanos positivos y, en general, contribuir a la promoción del bienestar moral de la sociedad.
  • Contribuir con lo mejor de nuestras capacidades a la promoción y el logro de la unidad africana.

Véase también

Referencias

  1. ^ abc «Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos» (PDF) . Organización de la Unidad Africana . 1981. Archivado (PDF) desde el original el 2020-03-02 . Consultado el 2021-02-07 .
  2. ^ "1: Resolución sobre la celebración de un Día Africano de los Derechos Humanos / Resoluciones / 5.º período ordinario de sesiones / CADHP". www.achpr.org . Archivado desde el original el 19 de julio de 2012 . Consultado el 17 de enero de 2018 .
  3. ^ "Acerca de la ACHPR/ACHPR" www.achpr.org . Consultado el 17 de enero de 2018 .
  4. ^ "Ambf CMS". Archivado desde el original el 25 de febrero de 2021. Consultado el 7 de febrero de 2021 .
  5. ^ de Christof Heyns, Lo esencial de... los derechos humanos, 2005
  6. ^ Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Preámbulo [1] Archivado el 24 de mayo de 2005 en Wayback Machine .
  7. ^ "Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos". Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Archivado desde el original el 19 de enero de 2013. Consultado el 9 de diciembre de 2012 .
  8. ^ Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (2008) "El derecho a la alimentación y el acceso a los recursos naturales". Roma. Archivado el 14 de mayo de 2012 en Wayback Machine .
  • Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
  • Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
  • Decisiones de la Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo
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