Acuerdo (litigio)

Resolución entre partes en disputa sobre un caso judicial

En derecho, un acuerdo es una resolución entre partes en disputa sobre un caso legal , a la que se llega antes o después de que comience la acción judicial. Un acuerdo colectivo es un acuerdo de múltiples casos legales similares. [1] El término también tiene otros significados en el contexto del derecho. Los acuerdos estructurados prevén pagos periódicos futuros, en lugar de un pago único en efectivo.

Base

Un acuerdo, además de resolver la disputa entre las partes, es un contrato entre ellas y es un resultado posible (y común) cuando las partes se demandan (o contemplan hacerlo) entre sí en procedimientos civiles . Los demandantes y demandados identificados en la demanda pueden poner fin a la disputa entre ellos sin un juicio . [2]

El contrato se basa en el acuerdo de que una de las partes renuncia a su capacidad de demandar (si aún no lo ha hecho) o de continuar con la demanda (si el demandante ya lo ha hecho), a cambio de la certeza escrita en el acuerdo. Los tribunales harán cumplir el acuerdo. Si se incumple, la parte en mora podría ser demandada por incumplimiento de ese contrato. En algunas jurisdicciones, la parte en mora también podría enfrentarse a la restitución de la acción original.

La conciliación de la demanda define los requisitos legales de las partes y, a menudo, se pone en vigor mediante una orden del tribunal tras una estipulación conjunta de las partes. En otras situaciones (como cuando las reclamaciones se han satisfecho mediante el pago de una determinada suma de dinero), el demandante y el demandado pueden simplemente presentar una notificación de que el caso ha sido desestimado. [3]

La mayoría de los casos se resuelven mediante un acuerdo. Ambas partes (independientemente de los recursos monetarios relativos) suelen tener un fuerte incentivo para llegar a un acuerdo para evitar los costos (como honorarios legales, búsqueda de testigos expertos, etc.), el tiempo y el estrés asociados con un juicio, en particular cuando existe la posibilidad de un juicio con jurado. Por lo general, una de las partes o la otra hará una oferta de acuerdo al principio del litigio. Las partes pueden celebrar (y, de hecho, el tribunal puede exigir) una conferencia de conciliación , en la que intentarán llegar a dicho acuerdo.

En casos controvertidos, se puede incluir en un acuerdo que ambas partes mantengan confidencial su contenido y toda otra información relevante al caso o que una de las partes (generalmente la demandada) no admita, al aceptar el acuerdo, ninguna falta o irregularidad en el asunto subyacente.

Un "acuerdo global" es aquel que se emplea cuando se han presentado demandas o se han presentado cargos en múltiples jurisdicciones y se define como "un acuerdo legal que aborda o compromete tanto las demandas civiles como los cargos penales contra una corporación u otra entidad grande". [4] Algunos ejemplos de un acuerdo global incluyen el Acuerdo Marco de Conciliación de Tabaco entre los fiscales generales de 46 estados de EE. UU. y las cuatro principales compañías tabacaleras de EE. UU. en 1999. [5] Otro ejemplo se encuentra dentro de los Acuerdos de Investigación de Analistas Globales .

Jurisdicciones específicas

Estados Unidos

Por lo general, los juicios terminan en un acuerdo, y un análisis empírico encontró que menos del 2% de los casos terminan con un juicio, el 90% de los agravios se resuelven y alrededor del 50% de los demás casos civiles se resuelven. [6] En el derecho estadounidense, los acuerdos de transacción normalmente son contratos privados , no órdenes judiciales, a excepción de los decretos de consentimiento , que son relativamente poco comunes en los Estados Unidos.

Negociaciones

Según la Regla Federal de Evidencia 408, las negociaciones de acuerdos por lo general no pueden presentarse como prueba en un juicio, [7] y muchas reglas de evidencia estatales tienen reglas similares inspiradas en ella. [8]

Confidencialidad

La mayoría de los acuerdos son confidenciales. En estos casos, la orden judicial puede hacer referencia a otro documento que no se divulga, pero que puede revelarse para demostrar un incumplimiento del acuerdo. La confidencialidad no es posible en los casos de demandas colectivas en los Estados Unidos, donde todos los acuerdos están sujetos a la aprobación del tribunal de conformidad con la Regla 23 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil y las reglas equivalentes adoptadas en la mayoría de los estados.

En algunos casos, se solicitan acuerdos confidenciales durante el proceso de descubrimiento. Los tribunales federales pueden emitir órdenes de protección que impidan la divulgación, pero la parte que pretende impedir la divulgación debe demostrar que la divulgación produciría daño o perjuicio. [9] Sin embargo, en determinados estados, como California, la carga recae sobre la parte que solicita la divulgación del acuerdo confidencial. [9]

Limitaciones

La confidencialidad de los acuerdos es controvertida, ya que permite que las acciones perjudiciales permanezcan en secreto, como ocurrió en el escándalo de abuso sexual católico . [10] En respuesta, algunos estados han aprobado leyes que limitan la confidencialidad. Por ejemplo, en 1990 Florida aprobó una ley de "transparencia en litigios" que limita la confidencialidad para ocultar peligros públicos. [11] El estado de Washington , Texas , Arkansas y Luisiana también tienen leyes que limitan la confidencialidad, aunque la interpretación judicial ha debilitado la aplicación de este tipo de leyes. [12] En el Congreso de los EE. UU., se propuso una ley federal similar de transparencia en litigios, pero no se aprobó en 2009, 2011, 2014 y 2015. [13] Los acuerdos de confidencialidad que mantienen secretos a los reguladores sobre las violaciones probablemente no se puedan hacer cumplir, pero generalmente no se incluye una excepción específica que otorgue acceso a los reguladores. [11]

Inglaterra y Gales

En Inglaterra y Gales , si el asunto ya está ante los tribunales, excepto en un caso en que la demanda se desestima de plano y el demandante acepta pagar los costos del demandado, el asunto generalmente se trata mediante una orden de consentimiento , firmada por los representantes legales de ambas partes y aprobada por el juez.

Para evitar la cuestión de la confidencialidad a la que se ha hecho referencia anteriormente, se celebra una orden de consentimiento de procedimiento estándar, conocida como Orden Tomlin . La orden en sí contiene un acuerdo por el que se suspende la demanda y no se puede emprender ninguna otra acción en el tribunal (excepto remitir una disputa sobre la ejecución de la orden al tribunal, lo cual está permitido). La orden también se ocupa del pago de las costas y de los pagos de dinero fuera del tribunal si el tribunal retiene algún dinero (ya que se trata de cuestiones que deben tratarse mediante una Orden Judicial). Sin embargo, los términos reales del acuerdo se tratan en un "programa" de la orden, que puede permanecer confidencial. El incumplimiento del programa puede tratarse como incumplimiento del contrato o incumplimiento de la orden de consentimiento.

Israel

En Israel, que es una jurisdicción de derecho consuetudinario, los acuerdos casi siempre se presentan ante el tribunal por dos razones: (a) sólo al presentar el acuerdo ante el tribunal pueden los litigantes controlar si el tribunal ordenará a una o más partes pagar las costas, y (b) el demandante (demandante) generalmente prefiere que el acuerdo tenga el efecto de una sentencia.

Véase también

Referencias

  1. ^ Erichson, Howard M. (2010–2011). «La incertidumbre y la ventaja de la solución colectiva». DePaul Law Review . 60 : 627. Archivado desde el original el 21 de septiembre de 2021 . Consultado el 21 de septiembre de 2021 .
  2. ^ "asentamiento (derecho)". Enciclopedia Británica . Archivado desde el original el 6 de octubre de 2014. Consultado el 23 de abril de 2014 .
  3. ^ Weier, Steven (27 de abril de 2020). «Negociación y conciliación: lo que necesita saber». Weier Law . Archivado desde el original el 25 de octubre de 2020. Consultado el 18 de septiembre de 2020 .
  4. ^ "questions.com". Archivado desde el original el 16 de junio de 2021 . Consultado el 19 de abril de 2016 .
  5. ^ Acuerdo global sobre litigios relacionados con el tabaco: audiencia ante el Comité de Comercio, Ciencia y Transporte del Senado de los Estados Unidos (Oficina de Imprenta del Gobierno de los Estados Unidos, 1997)
  6. ^ Barkai, John; Kent, Elizabeth (1 de enero de 2014). "Dejemos de difundir rumores sobre acuerdos y litigios: un estudio comparativo de acuerdos y litigios en los tribunales de Hawái". Rochester, Nueva York: Social Science Research Network. SSRN  2398550. {{cite journal}}: Requiere citar revista |journal=( ayuda )
  7. ^ "Admisibilidad de pruebas relacionadas con acuerdos en el juicio". apps.americanbar.org . Archivado desde el original el 14 de marzo de 2016 . Consultado el 21 de marzo de 2016 .
  8. ^ "EL PRIVILEGIO DE ASENTAMIENTO: ¿REALIDAD O FICCIÓN?" (PDF) . Ética y privilegio. Archivado desde el original (PDF) el 3 de abril de 2016.
  9. ^ ab "Acuerdos de conciliación confidencial: ¿Producir o no producir?". Archivado desde el original el 20 de marzo de 2016 . Consultado el 20 de marzo de 2016 .
  10. ^ Goodstein, Laurie (27 de junio de 2002). "Albany Diocese Settled Abuse Case for Almost $1 Million" (La diócesis de Albany resolvió un caso de abuso por casi un millón de dólares). The New York Times . ISSN  0362-4331. Archivado desde el original el 1 de abril de 2016 . Consultado el 21 de marzo de 2016 .
  11. ^ ab "La confidencialidad en los acuerdos transaccionales es mala para los clientes, mala para los abogados, mala para la justicia". americanbar.org . Consultado el 20 de marzo de 2016 .
  12. ^ Lothes, Alison (diciembre de 2005). ""Calidad, no cantidad: un análisis de acuerdos confidenciales y litigación" por Alison Lothes". University of Pennsylvania Law Review . 154 (2): 433. doi :10.2307/25047592. JSTOR  25047592 . Consultado el 20 de marzo de 2016 .
  13. ^ Fan, Mary D. (18 de septiembre de 2015). "Datos privados, seguridad pública: un modelo de divulgación con acceso limitado". Rochester, NY: Social Science Research Network. SSRN  2662678. {{cite journal}}: Requiere citar revista |journal=( ayuda )
  • Uri Weiss, El efecto regresivo de la incertidumbre jurídica
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