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Inquisición peruana Inquisición peruana | |
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Historia | |
Establecido | 1570 |
Disuelto | 1820 |
Lugar de encuentro | |
Lima , Virreinato del Perú | |
Notas al pie | |
Véase también: Inquisición española Inquisición mexicana |
La Inquisición peruana fue establecida el 9 de enero de 1570 y finalizó en 1820. [1] El Santo Oficio y tribunal de la Inquisición estaban ubicados en Lima , centro administrativo del Virreinato del Perú .
A diferencia de la Inquisición española y la Inquisición medieval , en la Inquisición peruana tanto las autoridades como la Iglesia dependían de la aprobación de la Corona para ejercer su jurisdicción.
Los documentos de la oficina muestran que se crearon varias pruebas para identificar a judíos , luteranos y musulmanes , y que los miembros de esos grupos fueron castigados, torturados o asesinados por sus creencias. [2] [3]
En 1813 fue abolida por primera vez en virtud de un decreto de las Cortes. En 1815 fue reconstituida, pero su objetivo ahora eran las ideas de los Enciclopedistas franceses y textos similares, y la mayoría de las personas acusadas de delitos solo recibían libertad condicional. Con el ascenso del masón José de la Serna al virreinato, que coincidió con el ascenso de la facción nacionalista (ya que ambas facciones se preparaban para luchar entre sí en la Guerra de la Independencia del Perú ), la Inquisición se desintegró por su propia voluntad.
Una revisión de las cifras aportadas por Escandell indica que en sus inicios la Audiencia se dedicó a supervisar a la población europea. En ella se incluyen tanto los llamados “cristianos viejos” como algunos descendientes de conversos, principalmente los de ascendencia judía, que, evadiendo expresas prohibiciones reales, llegaron a las provincias hispanoamericanas. Hay que reiterar que la gran mayoría de la población peruana estaba constituida por indígenas, quienes, en su condición de neófitos en el cristianismo, quedaban fuera de la esfera de jurisdicción de la Audiencia, de conformidad con lo dispuesto por los reyes de España. Llama la atención también el alto porcentaje de procesados extranjeros, que supera su correspondiente participación demográfica. Éste se ha calculado para el período 1532-1560 entre el 8% y el 12%. Esto se explica por razones de Estado que hacían imprescindible controlar a los posibles espías de las potencias enemigas de España. [4]
GRUPOS ÉTNICOS | PROCESO | PORCENTAJE |
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Españoles | 391 | 78,57% |
Personas extranjeras | 86 | 17,30% |
Mestizos, negros y mulatos | 21 | 4,13% |
Total | 498 | 100,00% |
En cuanto al tipo de sentencias, la mayor parte son abjuraciones que suman 173 y equivalen al 67%. Así, dos tercios de los sentenciados abjuraron de sus errores, a lo que se sumaron, en su mayoría, algunas penas espirituales y el pago de las costas de los procesos o algunas multas. Los reconciliados y los absueltos alcanzaron los 30 y 29 respectivamente, mientras que los procesos suspendidos fueron 8. 6 fueron condenados a muerte y 9 efigies fueron quemadas. De los condenados a la quema, 5 fueron judaizantes portugueses: Lucena de Baltasar, Duarte Núñez de Cea -ambos salidos en el auto de 1600- Duarte Enríquez, Diego López de Vargas y Gregorio Díaz Tavares salidos en el auto de 1605. El bachiller Juan Bautista del Castillo fue el único limeño condenado a muerte en la hoguera -en toda la historia de este Tribunal- por proposiciones contrarias a la fe, que difundió por la ciudad en medio del escándalo público.
CAUSA | NÚMEROS | PORCENTAJE |
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Judaizantes | 23 | 71,88% |
Protestantes | 6 | 18,75% |
"Propuestas" | 2 | 6,25% |
"Alumbrados" | 1 | 3,12% |
Total | 32 | 100.00 |