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Rubricarum instructum es una carta apostólica del Papa Juan XXIII emitida como motu proprio el 25 de julio de 1960 promulgando el nuevo Código de Rúbricas tanto para el Breviario Romano como para el Misal Romano . [1]
El Código de Rúbricas promulgado por Rubricarum instructum (en vigor desde el 1 de enero de 1961) sustituyó a las rúbricas existentes tanto para el Breviario Romano como para el Misal Romano, codificadas previamente en 1570 por el Papa Pío V en su bula papal Quo primum y revisadas en 1604 por el Papa Clemente VIII ( Cum sanctissimum ), 1634 por el Papa Urbano VIII ( Si quid est ), 1911 por el Papa Pío X ( Divino afflatu ) y en 1955 por el Papa Pío XII ( Cum hac nostra aetate y Maxima redemptionis ). Se introdujeron varios cambios en las rúbricas, incluido un nuevo sistema de clasificación de los diversos días litúrgicos del rito romano (como días de primera, segunda, tercera o cuarta clase) que sustituyó a la clasificación tradicional de los domingos y días festivos como dobles de diversos grados y simples. Se introdujeron varias simplificaciones en las rúbricas, incluida la eliminación de muchas de las lecturas patrísticas en Maitines y una reducción en el número de conmemoraciones que se deben observar en el Oficio y la Misa. Se introdujeron varios cambios en los rituales que se deben observar en la Misa, como la eliminación del requisito de que el celebrante lea la Epístola y el Evangelio en el altar durante la Misa solemne mientras los textos son cantados por el subdiácono y el diácono, respectivamente.
La Rubricarum instructum también preveía la publicación de nuevas ediciones típicas del Breviario y del Misal que incorporasen al texto los cambios introducidos por el Código de Rúbricas; el Breviario revisado se publicó en 1961, mientras que el Misal revisado se publicó en 1962.
El Código de Rúbricas promulgado por Rubricarum instructum fue reemplazado por legislación posterior emitida en 1965 y 1967, así como por la introducción de la Misa de Pablo VI en 1970 y la Liturgia de las Horas en 1974. Sin embargo, el Código de Rúbricas de 1960 sigue siendo la legislación litúrgica oficial para el clero que ofrece los sacramentos según las disposiciones establecidas por el Papa Benedicto XVI en su motu proprio Summorum Pontificum de 2007 .