Comisión Electoral de Pakistán contra Pakistan Tehreek-e-Insaf | |
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Corte | Tribunal Supremo de Pakistán |
Decidido | 13 de enero de 2024 ( 13-01-2024 ) |
Transcripción | Veredicto detallado |
Historia del caso | |
Acciones previas | Veredicto de la Comisión Electoral de Pakistán contra Pakistan Tehreek-e-Insaf Veredicto del Tribunal Superior de Peshawar a favor de Pakistan Tehreek-e-Insaf |
Apelado desde | Comisión Electoral de Pakistán |
Apeló a | Tribunal Supremo de Pakistán |
Membresía de la corte | |
Jueces en sesión | Qazi Faez Isa Muhammad Ali Mazhar Musarrat Hilali |
Opiniones de casos | |
Decisión de | Qazi Faez Isa |
Concurrencia | Muhammad Ali Mazhar Musarrat Hilali |
La Comisión Electoral de Pakistán contra Pakistan Tehreek-e-Insaf , conocida informalmente como el caso de las elecciones intrapartidistas del PTI , fue un caso judicial en el que intervino un tribunal de tres miembros de la Corte Suprema de Pakistán (SCP), integrado por el presidente del Tribunal Supremo Qazi Faez Isa , el juez Muhammad Ali Mazhar y el juez Musarrat Hilali . En este caso, el SCP confirmó la decisión inicial de la Comisión Electoral de Pakistán (ECP) de prohibir a Pakistan Tehreek-e-Insaf (PTI) conservar su símbolo electoral, citando supuestas irregularidades en sus elecciones intrapartidistas celebradas el 2 de diciembre de 2023.
Según la Ley Electoral (2017) , las elecciones internas de un partido político registrado deben celebrarse de acuerdo con su constitución y el plazo estipulado en ella. Las últimas elecciones se celebraron en el PTI durante junio de 2016 y las próximas se celebrarán el 13 de junio de 2021 o antes. Sin embargo, en respuesta a la notificación del ECP, el partido declaró que no había podido celebrar las elecciones debido a la pandemia de COVID y pidió un año hasta junio de 2022. El partido celebró sus elecciones el 8 de junio de 2022, pero el ECP se negó a aceptar las elecciones alegando la falta de provisión de un certificado formal de las mismas. [1] [2]
En agosto de 2023, la ECP advirtió al PTI que respondiera a los avisos que se le enviaron sobre la realización de las elecciones intrapartidistas o perdería su símbolo electoral. [3] En una orden final aprobada el 23 de noviembre de 2023, la ECP ordenó al PTI que llevara a cabo sus elecciones intrapartidistas en un plazo de 20 días o dejaría de ser elegible para conservar su símbolo electoral. En respuesta, el PTI volvió a realizar sus elecciones intrapartidistas el 2 de diciembre de 2023. [4] Sin embargo, Akbar S. Babar impugnó la realización de las elecciones ante la ECP . La comisión decidió que las elecciones no se celebraron de acuerdo con la constitución del partido y decidió no permitir que el PTI conservara su símbolo electoral. El PTI calificó la orden de la ECP de "profundamente defectuosa, ilegal, parcial y un ataque a la integridad del proceso electoral", y al mismo tiempo la impugnó tanto en el Tribunal Superior de Lahore como en el Tribunal Superior de Peshawar . [5] [6]
El 13 de enero de 2024, menos de un mes antes de las elecciones de 2024 , un tribunal de tres miembros del SCP encabezado por Isa confirmó la decisión del ECP, revocando una revocación anterior del PHC. La orden inicial del ECP declaró que el PTI no era elegible para conservar su símbolo electoral, el bate de críquet , ya que no realizó elecciones internas del partido de acuerdo con su constitución. El tribunal de dos miembros del PHC había considerado anteriormente que la orden del ECP era "ilegal" y sin efecto. El tribunal del SCP, en cambio, apoyó las conclusiones del ECP, enfatizando la violación por parte del PTI de su constitución y la negación de los derechos de los miembros a participar en la selección de líderes. [7] El PTI sostuvo que las elecciones se llevaron a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido en su constitución y que los miembros que acudieron al tribunal contra dichas elecciones, incluido Akbar S. Babar, ya no eran miembros del partido. [8]
En su veredicto detallado publicado el 13 de enero de 2024, la PHC mantuvo el derecho de un partido político a participar en elecciones bajo un símbolo común, argumentando en contra de la denegación basada en una "disposición absurda de la ley". La PHC también afirmó que el ECP carecía de autoridad para cuestionar las elecciones internas de un partido. [9] El tribunal del SCP no estuvo de acuerdo con la PHC, afirmando que tal interpretación haría ineficaces las disposiciones que obligan a celebrar elecciones internas. [10]
Tras la decisión del SCP, los candidatos del PTI deben presentarse ahora como candidatos independientes con símbolos asignados individualmente. El partido también perdió el derecho a nominar candidatos para 226 escaños reservados en las legislaturas central y provincial. [11]
El momento elegido y la interpretación de la ley pertinente por parte del tribunal llevaron a algunos expertos legales a describir la sentencia como un "gran golpe a los derechos fundamentales", "inconsistente con la jurisprudencia" y "una derrota para las normas democráticas". [12] La Comisión de Derechos Humanos de Pakistán dijo que "excluir a un partido político importante de las elecciones por razones técnicas desestabilizará la democracia. Con esta decisión, es probable que la transparencia de las elecciones generales de 2024 se vuelva más controvertida". [13]
El 16 de enero de 2024, el PTI, a través del cónsul de mayor rango, Latif Khosa , retiró un caso separado que estaba siendo visto por el mismo tribunal. El caso trataba sobre un supuesto fraude electoral previo a las próximas elecciones. Khosa señaló que, en cambio, el "partido quiere recurrir al tribunal popular por la causa de la democracia y los ciudadanos de Pakistán". [14]
El 6 de febrero de 2024, el PTI presentó un recurso de apelación contra el veredicto en el tribunal, argumentando que violaba los derechos fundamentales y que "la Ley Electoral no otorga ningún derecho, poder o jurisdicción al ECP para decidir sobre cualquier disputa relacionada con las elecciones intrapartidistas o negarse a otorgarle un símbolo común sobre la base de cualquier supuesta irregularidad en las elecciones intrapartidistas". [15]