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En orden sólo a grandes rasgos:
OnceATeacher ( discusión ) 11:05 24 dic 2023 (UTC)
Las sociedades pueden lograr funcionar mediante unos pocos mecanismos bastante forzados, a través de los cuales juegan un juego de "vamos a fingir", y pocos podrían considerar esto como satisfactorio. F. Vincent http://www5.austlii.edu.au/au/journals/MelbULawRw/1958/20.pdf
EL profesional del derecho que se encuentra de vez en cuando en conflictoinvolucrado en acciones en nombre de, o contra 'organismos' (para usar un término neutral)término) que aparentemente existen y llevan a cabo sus asuntos como unidades, peroque en derecho no están incorporadas, no requerirá ninguna persuasión de queEstos "cuerpos" pueden dar lugar, y normalmente lo hacen, a problemas muy problemáticos.cuestiones, tanto de derecho como de procedimiento.
Esto es especialmente engañoso para terceros.porque para el mundo exterior parecen poseer tanta col-capacidad colectiva como cualquier corporación, parecen ocupar locales,fondos propios, actuar a través de funcionarios debidamente designados, describirse a sí mismoscon un nombre colectivo y pretenden realizar transacciones concomerciantes y otros bajo ese nombre. Solo cuando talesLas transacciones dan lugar a disputas legales y se desea instituirprocedimientos, que resulta que el nombre colectivo es un merofachada que oculta, pero no altera, el duro hecho jurídico de que, en derecho,La asociación es una mera suma de individuos, sin ningún tipo de colectividad.capacidad para demandar o ser demandado como tal. (p. 410)
Dennis Lloyd Modern Law Review 12 (octubre de 1949) "Acciones instituidas por o contra entidades no incorporadas"
Si no se ha elegido otra forma jurídica, la forma residual de responsabilidadLa regulación se aplicará a las acciones de un grupo. Existen dos formas jurídicas residualesque rigen la actividad del grupo. Cuando los miembros de un grupo llevan a cabo una actividad empresarialen común con vistas a obtener beneficios, se aplica la ley de la sociedad. Todos los demás acuerdos, con pocas excepciones,2 están sujetos a la ley común que tieneevolucionó para regir las posiciones jurídicas de los miembros.
Responsabilidad contractual en las asociaciones sin ánimo de lucro Autor(es): Robert Flannigan Fuente: Oxford Journal of Legal Studies, vol. 18, núm. 4 (invierno de 1998), pp. 631-659 Publicado por: Oxford University Press URL estable: https://www.jstor.org/stable/764695 Consultado: 22-11-2019 14:16 UTC
La estructura básica de responsabilidad contractual de las asociaciones se desarrolló en Inglaterraen el siglo XIX.
Ley consolidada de 1992 sobre sindicatos y relaciones laborales
10 Carácter cuasicorporativo de los sindicatos. (1) Un sindicato no es una persona jurídica, pero: (a) es capaz de celebrar contratos; (b) es capaz de demandar y ser demandado en su propio nombre, ya sea en procedimientos relacionados con la propiedad o basados en un contrato o agravio o cualquier otra causa de acción; y (c) los procedimientos por un delito que se alega que ha sido cometido por él o en su nombre pueden iniciarse contra él en su propio nombre. (2) Un sindicato no será tratado como si fuera una persona jurídica, excepto en la medida autorizada por las disposiciones de esta Parte. (3) Un sindicato no se registrará: (a) como una empresa bajo la [F1Ley de Sociedades de 2006], o (b) bajo la M1Ley de Sociedades Amistosas de 1974 o la [F2Ley de Sociedades Cooperativas y de Beneficio Comunitario de 2014]; y cualquier registro de un sindicato (cuando sea que se efectúe) es nulo.
Eteb3 ( discusión ) 21:15 22 nov 2019 (UTC)
Se han propuesto varias teorías sobre la forma en que dichas asociaciones poseen derechos. Se puede considerar que una transferencia se ha realizado directamente a los miembros de la asociación como copropietarios o copropietarios en común . Alternativamente, se puede considerar que los fondos transferidos se han realizado según los términos de un fideicomiso de propósito privado . Muchos fideicomisos de propósito fracasan por falta de un beneficiario y, por lo tanto, esto puede dar como resultado que la donación fracase. Sin embargo, algunos fideicomisos de propósito son válidos y, en consecuencia, algunos casos han decidido que los derechos asociados con las asociaciones no incorporadas se mantienen sobre esta base. Sin embargo, la teoría dominante es que los derechos se transfieren a los miembros o funcionarios de manera absoluta, tal vez en fideicomiso para los miembros, pero están vinculados de manera importante por contratos inter se .
En consecuencia, en caso de disolución, la distribución de estos derechos depende de cómo se hayan mantenido. Un fideicomiso con un propósito puede, por su naturaleza, sobrevivir a la disolución de la asociación, o puede que no. Si fracasa como resultado de la disolución, entonces los derechos se mantendrán en el fideicomiso resultante para los contribuyentes, a menos que se pueda demostrar que han renunciado a su derecho a dicho fideicomiso a su favor. Si los derechos se mantienen sujetos a un contrato, entonces se dividirán entre los miembros supervivientes tras la disolución, de acuerdo con los términos de los contratos inter se o un término implícito de acuerdo con la contribución. Si, como resultado de este contrato o estatuto, ningún miembro puede reclamar, los derechos pasarán a la Corona como bona vacantia . Esta conclusión también se ha sugerido cuando la asociación se disuelve porque solo queda un miembro, aunque algunos comentaristas han puesto en duda esto, ya que creen que los últimos miembros deberían tener derecho a los derechos. Eteb3 ( discusión ) 21:28, 23 de noviembre de 2019 (UTC)
sandeepkuma29383@gm il.com 2409:4089:BCCB:DDAC:5C82:E01B:51F9:5014 (discusión) 16:30 25 may 2024 (UTC)