Mercado único y economía de la CARICOM

Estrategia de mercado común de los estados del Caribe
Antigua and BarbudaArgentinaBahamasBarbadosBelizeBoliviaBrazilCanadaChileColombiaCosta RicaCubaDominicaDominican RepublicEcuadorEl SalvadorGrenadaGuatemalaGuyanaHaitiHondurasJamaicaMexicoMontserratNicaraguaPanamaParaguayPeruSaint Kitts and NevisSaint LuciaSaint Vincent and the GrenadinesSurinameTrinidad and TobagoUnited StatesUruguayVenezuelaInter-American Treaty of Reciprocal AssistanceCommunity of Latin American and Caribbean StatesLatin American Economic SystemUnion of South American NationsAmazon Cooperation Treaty OrganizationAndean CommunityMercosurCaribbean CommunityPacific AllianceALBACentral American Integration SystemCentral American ParliamentOrganisation of Eastern Caribbean StatesLatin American Integration AssociationCentral America-4 Border Control AgreementUnited States–Mexico–Canada AgreementForum for the Progress and Integration of South AmericaAssociation of Caribbean StatesOrganization of American StatesPetrocaribeCARICOM Single Market and Economy
Diagrama de Euler interactivo que muestra las relaciones entre varias organizaciones multinacionales en las Américasv d •e

El Mercado y Economía Únicos de la CARICOM , también conocido como el Mercado y Economía Únicos del Caribe ( CSME ), es una estrategia de desarrollo integrada concebida en la 10ª Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe (CARICOM), que tuvo lugar en julio de 1989 en Grand Anse, Granada . La Declaración de Grand Anse [1] tenía tres características clave:

  1. Profundizar la integración económica avanzando más allá de un mercado común hacia un Mercado y una Economía Únicos.
  2. Ampliar el número de miembros y, con ello, expandir la masa económica de la Comunidad del Caribe (por ejemplo, Surinam y Haití fueron admitidos como miembros de pleno derecho en 1995 y 2002, respectivamente).
  3. Inserción progresiva de la región en el sistema comercial y económico global mediante el fortalecimiento de los vínculos comerciales con socios no tradicionales.

Un precursor de CARICOM y su CSME fue el Tratado de Libre Comercio del Caribe , formado en 1965 y disuelto en 1973.

Mercado único y economía

El CSME se implementará a través de varias fases, la primera de las cuales será el Mercado Único de CARICOM (CSM). El CSM se implementó inicialmente el 1 de enero de 2006, con la firma del documento para su implementación por seis estados miembros originales. Sin embargo, el Tratado Revisado de Chaguaramas que establece el CSME había sido aplicado provisionalmente por doce estados miembros de CARICOM desde el 4 de febrero de 2002, en virtud de un Protocolo sobre la Aplicación Provisional del Tratado Revisado de Chaguaramas. [2] Se habían redactado nueve protocolos para enmendar el Tratado Original de Chaguaramas y se habían consolidado en el Tratado Revisado [2] firmado en Nassau en 2001, [3] y varios de los Protocolos se habían aplicado en parte o en su totalidad desde su creación en 1997-1998, incluida la disposición sobre la Libre Circulación de Nacionales Calificados. [4]

A partir del 3 de julio de 2006, cuenta con 12 miembros. Aunque se ha establecido el Mercado y Economía Únicos del Caribe (MUC), en 2006 se esperaba que se implementara plenamente recién en 2008. [5] Más tarde, en 2007, se fijó una nueva fecha límite para la entrada en vigor de la Economía Única para 2015, [6] sin embargo, tras la crisis financiera de 2007-2008 y la Gran Recesión resultante , en 2011, los Jefes de Gobierno de CARICOM declararon que el progreso hacia la Economía Única se había puesto en pausa. [7] La ​​finalización del MUC con la Economía Única se logrará con la armonización de la política económica y, posiblemente, una moneda única. [5]

En la decimoctava Conferencia Intersesional de Jefes de Gobierno de la CARICOM, celebrada en San Vicente y las Granadinas del 12 al 14 de febrero de 2007, [8] se acordó que, si bien el marco para la Economía Única estaría listo en 2008, se aceptarían las recomendaciones de un informe sobre el CSME para la implementación gradual de la Economía Única. [9] Ahora se espera que la Economía Única se implemente en dos fases.

Fase 1

La primera fase debía desarrollarse entre 2008 y 2009 [9], con la consolidación del Mercado Único y el inicio de la Economía Única. Sus principales elementos serían los siguientes:

  • Esquema de la Visión de Desarrollo y la Estrategia de Desarrollo Regional
  • La ampliación de las categorías de libre circulación de la mano de obra y la racionalización de los procedimientos existentes, incluidos los derechos contingentes
  • Implementación plena de la libre circulación de prestadores de servicios, con procedimientos simplificados
  • Implementación del estatus legal (es decir, consolidación legal) para la Carta de CARICOM para la Sociedad Civil
  • Constitución y puesta en marcha del Fondo de Desarrollo Regional
  • Aprobación del Régimen de Inversión de la CARICOM y del Acuerdo sobre Servicios Financieros de la CARICOM, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2009
  • Creación de la Bolsa de Valores Regional
  • Implementación de las disposiciones de la Declaración de Rose Hall sobre Gobernanza y Regionalismo Maduro , incluyendo:
    • La aplicación automática de las decisiones de la Conferencia de Jefes de Gobierno a nivel nacional en determinadas áreas definidas.
    • La creación de una Comisión CARICOM con autoridad ejecutiva en la implementación de decisiones en ciertas áreas definidas.
    • La generación automática de recursos para financiar instituciones regionales.
    • El fortalecimiento del papel de la Asamblea de Parlamentarios de la Comunidad del Caribe.
  • Continuar el trabajo técnico, en colaboración con las partes interesadas, sobre los marcos de políticas regionales para la energía, la agricultura, el turismo sostenible , el agroturismo, el transporte, los nuevos servicios de exportación y las pequeñas y medianas empresas.

Durante la Fase 1 también se espera que para el 1 de enero de 2009 se disponga de:

  • Negociación y aprobación política del Protocolo de Cooperación Monetaria Reforzada
  • Acuerdo entre los bancos centrales sobre la moneda común de CARICOM
  • Trabajo técnico detallado sobre la armonización de los regímenes impositivos y los incentivos fiscales (que comenzará el 1 de enero de 2009). [10]

Progresos y retrasos

Si bien los avances en los elementos de la Fase 1 no han permitido completarla en 2009, se han cumplido varios de sus elementos, entre ellos:

  • El esquema de la Visión de Desarrollo y la Estrategia de Desarrollo Regional [11]
  • La ampliación de las categorías de libre circulación de trabajadores (que ahora incluyen a los empleados domésticos, enfermeras, maestros y trabajadores que poseen categorías específicas de calificaciones profesionales) y la racionalización de los procedimientos existentes, incluidos los derechos contingentes [12]
  • Implementación plena de la libre circulación de prestadores de servicios, con procedimientos simplificados [13]
  • Creación del Fondo de Desarrollo Regional y de la Bolsa de Valores Regional

Los elementos notables que aún deben completarse son: el afianzamiento legal de la Carta de CARICOM para la Sociedad Civil, [14] la aprobación del Régimen de Inversión de CARICOM y el Acuerdo de Servicios Financieros de CARICOM (aunque en agosto de 2013 los Ministros de Finanzas de los estados miembros en una reunión del Consejo Comunitario aprobaron el borrador del Acuerdo de Servicios Financieros de CARICOM y el borrador de enmienda al Acuerdo de Doble Tributación Intra-CARICOM), [15] y la implementación de las disposiciones de la Declaración de Rose Hall sobre Gobernanza y Regionalismo Maduro . [16]

Fase 2

La segunda fase se desarrollará entre 2010 y 2015 [9] y consiste en la consolidación y finalización de la economía única. Se espera que las decisiones adoptadas durante la primera fase se implementen en este período de tiempo, aunque los detalles dependerán del trabajo técnico, las consultas y las decisiones que se hayan tomado. La segunda fase incluirá:

  • Armonización de los sistemas tributarios, de los incentivos y del entorno financiero y regulatorio
  • Implementación de políticas comunes en agricultura, industrias relacionadas con la energía, transporte, pequeñas y medianas empresas, turismo sostenible y agroturismo
  • Implementación de la Política Regional de Competencia y del Régimen Regional de Propiedad Intelectual
  • Armonización de las políticas fiscales y monetarias
  • Implementación de una Unión Monetaria de la CARICOM. [10]

Declaración de Santa Ana

Al concluir una cumbre especial sobre el CSME celebrada en Trinidad y Tobago los días 3 y 4 de diciembre de 2018, los dirigentes acordaron un plan trienal sobre el CSME. Este plan incluirá: [17]

  • Revisar el Tratado de Chaguaramas para permitir que el sector privado y los representantes laborales tengan un diálogo formalizado, estructurado y facilitado con los Consejos de la Comunidad e incluyan a los órganos representativos del sector privado y de las instituciones asociadas laborales de la Comunidad [18]
  • Estudiar la reintroducción de un Espacio Único Nacional para los pasajeros que viajen en la región y la introducción de un control de seguridad único para los pasajeros en tránsito directo en vuelos intracomunitarios con múltiples escalas [18]
  • Profundizar la cooperación y colaboración entre las secretarías de la CARICOM y la OECO para evitar la duplicación de esfuerzos y maximizar el uso de los recursos [18]
  • Finalizar un régimen de compras públicas comunitarias para 2019 [18]
  • Mantener debates profundos sobre sectores clave, incluidas las necesidades de TIC de la región, el transporte marítimo y aéreo interregional, la energía renovable, la agricultura y la seguridad alimentaria, de modo que para la 40ª reunión ordinaria de los Jefes de Gobierno de CARICOM en julio de 2019 se comprenda qué acciones serán necesarias.
  • Revisión de las medidas agrícolas y fitosanitarias, con el objetivo de eliminar las limitaciones al comercio interregional. Se espera que en febrero de 2019 se presente un informe sobre esta revisión
  • Continúan los trabajos sobre un acuerdo de servicios financieros de CARICOM, una política de inversión y un código de inversión, que se completarán en julio de 2019
  • Adoptar todas las medidas necesarias para crear un mercado de capitales integrado y una legislación modelo sobre valores para julio de 2019
  • Permitir el reconocimiento mutuo de empresas y el reconocimiento mutuo de los certificados de competencias de la CARICOM para julio de 2019, de modo que las personas y las empresas puedan comerciar o trabajar libremente en todo el CSME
  • Presentar una legislación modelo sobre marcas y la armonización de nombres comerciales para julio de 2019
  • La creación de un sistema regional de seguro de depósitos y de intercambio de información crediticia para diciembre de 2019
  • Se pondrá en marcha una ventanilla única para el registro de empresas en toda la región a partir de diciembre de 2019
  • Introducción de un proceso administrativo sencillo para la libre circulación de mercancías a finales de 2019
  • La plena integración de Haití al CSME en 2020 [18]
  • Revisar las 17 instituciones de CARICOM a principios de 2020 para garantizar que estuvieran trabajando de manera eficaz y eficiente para que no se produjeran más demoras
  • Armonizar la legislación de sociedades para finales de 2020
  • Se pondrá en marcha una ventanilla única para el registro de propiedad intelectual, patentes y marcas a finales de 2021
  • Libertad total de movimiento para los nacionales de CARICOM por parte de aquellos estados que así lo deseen a finales de 2021.

Estados miembros

  Miembros de CARICOM forman parte del CSME
  Miembros de CARICOM que no forman parte del CSME
  Miembros asociados de CARICOM

Los doce miembros actuales de pleno derecho tanto de CARICOM como del CSME son:

De los doce miembros que se espera que se unan al CSME, Barbados, Belice, Guyana, Jamaica, Surinam y Trinidad y Tobago fueron los primeros seis en implementar el Mercado Único de CARICOM el 1 de enero de 2006. [19] Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas fueron el siguiente grupo de miembros (seis en total) que se unieron al CSM el 3 de julio de 2006 en la reciente Conferencia de Jefes de Gobierno de CARICOM. [20]

Miembros plenos actuales de CARICOM y participantes parciales del CSME:

El Parlamento de Haití ratificó el Tratado Revisado de Chaguaramas en octubre de 2007 y el Ministro de Asuntos Exteriores de Haití, Jean Renald Clerisme, presentó el 7 de febrero la Notificación de Ratificación publicada al Presidente del Consejo de Ministros de la Comunidad del Caribe, allanando el camino para la plena participación del país en el CSME [21] el 8 de febrero de 2008. [2] [22] Haití no ha completado su aplicación del Tratado Revisado de Chaguaramas y, por lo tanto, no es un participante pleno en el Mercado y Economía Únicos. En consonancia con el impulso para reconstruir el país tras el terremoto de 2010 y la crisis política anterior de 2004 , también se ha seguido trabajando en la preparación de Haití para participar eficazmente en el CSME. La Secretaría está ayudando en sus preparativos, dirigida por la Oficina de Representación de la CARICOM en Haití (CROH), que se reabrió en 2007 con financiación de la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (CIDA). [23] En 2007, la CROH inició el Proyecto CSME de Haití, cuyo objetivo era ayudar al Gobierno de Haití a acelerar su participación en el CSME como medio para permitir que Haití se reincorpore plenamente al proceso de integración regional en la Comunidad del Caribe. [24]

Como primer paso hacia el CSME, Haití debía ingresar al régimen de comercio de bienes del Mercado Único en enero de 2010 (los objetivos anteriores se habían fijado para algún tiempo en 2009) [25] pero no pudo hacerlo debido al terremoto. [23] Hasta ese momento, la CROH y su contraparte del gobierno haitiano, la Oficina de Coordinación y Seguimiento (BCS), habían realizado mucho trabajo en el trabajo técnico necesario para poner el arancel nacional haitiano en línea con el Arancel Externo Común de CARICOM (AEC). Por lo tanto, el siguiente paso que se debía dar para que Haití comenzara el libre comercio total de bienes dentro del CSME era que el Parlamento haitiano aprobara una legislación que adoptara el arancel externo de CARICOM como arancel nacional de Haití. A mediados de 2009, el Gobierno de Haití anunció que estaría listo para participar plenamente en el libre comercio de bienes dentro del CSME el 1 de enero de 2010; De hecho, mediante una Ley de Aduanas revisada adoptada por el Parlamento haitiano a finales de 2009, se incorporó entre el 20% y el 30% del AEC de la CARICOM al arancel nacional haitiano. Sin embargo, poco después, el progreso de Haití hacia la adopción plena del AEC empezó a estancarse con la destitución del Gobierno de la Primera Ministra Michèle Pierre-Louis en noviembre de 2009 y luego quedó en suspenso como resultado del terremoto de enero de 2010. [24] Para ayudar a estimular la actividad económica, el Consejo de Comercio y Desarrollo Económico (COTED) aprobó en diciembre una solicitud para que algunos productos haitianos se exportaran dentro del Mercado Único sobre una base preferencial no recíproca durante tres años. Se están realizando consultas para la aprobación de artículos adicionales de una lista original que presentó Haití. La concesión entró en vigor el 1 de enero de 2011. Los funcionarios de la Secretaría de la CARICOM continúan sus ejercicios de capacitación con los funcionarios de aduanas haitianos para facilitar su comprensión del régimen comercial del CSME. [23]

En lo que respecta a la inclusión de los haitianos en la libre circulación de nacionales cualificados en el marco del régimen de la CSME y la revisión de la política de visados ​​para los nacionales haitianos por parte de otros Estados de la Caricom, se han logrado algunos avances. A principios de 2009, la presentación de una propuesta a los Jefes de Gobierno de la Caricom sobre el tema, en particular a raíz de las dificultades que afrontaban los funcionarios gubernamentales para viajar a las reuniones de la Caricom, llevó a la Conferencia de Jefes de Gobierno a renunciar a los requisitos de visado para los funcionarios gubernamentales haitianos que portasen pasaportes oficiales del Gobierno. En 2010, los Jefes de Gobierno de la Caricom dieron un paso más para facilitar los viajes de los empresarios haitianos y acordaron que los haitianos que poseyeran visados ​​estadounidenses y Schengen no necesitarían visados ​​para entrar en otros Estados miembros de la Caricom. [24] En lo que respecta a la participación en la libre circulación de nacionales cualificados, Haití también ha sido incluido en la legislación pertinente de al menos algunos Estados de la CSME como Estado miembro participante. [26]

En 2018, tanto en una reunión del COTED como en una cumbre especial sobre el CSME, se anunció que Haití tiene la intención de contar con el marco legislativo y administrativo necesario para el comercio libre de impuestos de bienes para octubre de 2019 [27] a fin de permitir su plena integración al CSME para 2020. [18]

Actuales miembros plenos de CARICOM y signatarios (y participantes de facto) del CSME:

Montserrat estaba esperando la aprobación del Reino Unido en relación con el Tratado Revisado de Chaguaramas para poder participar, [28] pero dicha aprobación le fue denegada a mediados de 2008, y los Jefes de Gobierno de la CARICOM (incluido Montserrat) expresaron su decepción e instaron al Reino Unido a reconsiderar su posición. [29] Hasta ese momento, Montserrat sigue siendo miembro en las condiciones existentes inmediatamente antes de la entrada en vigor del Tratado Revisado de Chaguaramas y el MSC el 1 de enero de 2006 y, como tal, legalmente tiene una relación de mercado común con todos los estados participantes del MSC. [30] Esto significa que, si bien los bienes de Montserrat son elegibles para el tratamiento y el libre comercio de la CARICOM (como se contempla en el antiguo Anexo del Mercado Común), los proveedores de servicios de Montserrat no son elegibles para el tratamiento de la CARICOM a menos que así lo dispongan los diversos países del MSC individualmente en la legislación o administrativamente. [31]

Desde el inicio del proceso del CSME y después de la denegación de la confianza, Montserrat ha sido tratado en la legislación pertinente de otros estados miembros como participante del CSME [26] [32] [33] y Montserrat mismo implementa aspectos del CSME cuando es posible para sus propios residentes [34] y para los nacionales de otros estados del CSME [35] (o proporciona un tratamiento más favorable para dichos nacionales cuando la implementación completa no es posible). [36] Estas medidas incluyen disposiciones legales para la concesión automática de 6 meses de estadía bajo las obligaciones de libertad de movimiento y el honor de los certificados de habilidades de CARICOM en Montserrat [37] (esta última medida el Gobierno de Montserrat había sido implementada mediante enmiendas a las Normas y Órdenes Estatutarias existentes desde 1996 de conformidad con la decisión original de la Conferencia de Jefes de Gobierno sobre la libre circulación de graduados universitarios). [38] Montserrat también emite licencias de tenencia de tierras a los nacionales de la CARICOM como un procedimiento administrativo para cumplir con las obligaciones de la CARICOM en materia de derecho de establecimiento, y tiene la intención de eliminar todos los impedimentos, excepto los relacionados con la recuperación de costos. El cumplimiento por parte de Montserrat de las obligaciones en materia de movimiento de capital en virtud del CSME ya está garantizado en el marco de la Unión Monetaria del Caribe Oriental. [37]

En la trigésima quinta reunión ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno, que concluyó el 4 de julio de 2014, Reuben Meade, Primer Ministro de Montserrat, anunció que Montserrat tiene la intención de adherirse al Tratado Revisado de Chaguaramas antes de la próxima reunión de la Conferencia, allanando el camino para su plena participación en la Comunidad y, en particular, en el CSME. Montserrat ha ido dando pasos progresivos hacia la adhesión al Tratado Revisado, incluida la obtención del instrumento de encomienda necesario del Reino Unido. Con este fin, Montserrat colaborará con la Secretaría de la CARICOM y las instituciones pertinentes de la CARICOM y la Corte de Justicia del Caribe en la preparación para el depósito de su instrumento de adhesión en la vigésima sexta reunión entre períodos de sesiones de la Conferencia, que se celebrará en febrero de 2015 en las Bahamas. [39]

Tras las elecciones generales de septiembre de 2014 en Montserrat, el gobierno de Reuben Meade fue reemplazado por un nuevo gobierno encabezado por Donaldson Romeo. El gobierno de Romeo mantuvo su compromiso de adherirse al Tratado Revisado, aunque no se logró la fecha límite de febrero de 2015. En julio de 2015, en la 36ª Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno en Bridgetown (Barbados), Romeo aseguró que Montserrat seguía esforzándose por completar el proceso de adhesión al Tratado Revisado en el plazo previsto. Reveló que se seguía trabajando con el gobierno del Reino Unido y que se estaba preparando la legislación necesaria para presentarla a la Asamblea Legislativa de Montserrat. También afirmó que Montserrat consideraba que la adhesión al Fondo de Desarrollo de la Caricom y a la jurisdicción original de la Corte de Justicia del Caribe era necesaria para que Montserrat avanzara en su esfuerzo por integrarse y salvaguardar las normas en las que se basaba su comercio. [40]

Actuales miembros plenos de CARICOM pero no del CSME:

5 miembros asociados actuales de CARICOM pero no del CSME:

Actualmente hay 7 miembros observadores de CARICOM pero no del CSME:

Tribunal de Justicia del Caribe

La Corte de Justicia del Caribe (CCJ) es el tribunal regional de mayor jerarquía establecido en virtud del Acuerdo por el que se establece la Corte de Justicia del Caribe. Su período de gestación comenzó en 1970, cuando la delegación de Jamaica en la Sexta Conferencia de Jefes de Gobierno, celebrada en Jamaica, propuso la creación de una Corte de Apelaciones del Caribe en sustitución del Comité Judicial del Consejo Privado.

La Corte de Justicia del Caribe ha sido diseñada para ser más que un tribunal de última instancia para los Estados miembros de la Comunidad del Caribe. El Consejo Privado le otorgó a la CCJ jurisdicción original respecto de la interpretación y aplicación del Tratado que establece la Comunidad del Caribe (Tratado de Chaguramas). En efecto, la CCJ ejercería tanto una jurisdicción de apelación como una jurisdicción original.

En el ejercicio de su jurisdicción de apelación, la CCJ considera y decide las apelaciones en materia civil y penal presentadas por tribunales de derecho consuetudinario dentro de la jurisdicción de los Estados miembros de la Comunidad y que son partes en el Acuerdo por el que se establece la CCJ. En el ejercicio de su jurisdicción de apelación, la CCJ es el tribunal municipal más alto de la Región. En el ejercicio de su jurisdicción original, la CCJ desempeñará las funciones de un tribunal internacional que aplica las normas de derecho internacional con respecto a la interpretación y aplicación del Tratado y, por lo tanto, será el tribunal de arbitraje para las disputas comerciales en el marco del CSME.

En 2006, sólo dos países eran signatarios plenos de la Corte: Barbados y Guyana; se esperaba que para fines de 2010, los 14 países miembros participarían plenamente. Sin embargo, sólo Belice se adhirió a la jurisdicción de apelación en 2010, mientras que todos los demás Estados se encontraban en diversas etapas de transición hacia la adhesión plena a la jurisdicción de apelación de la corte. Posteriormente, Dominica se adhirió a la jurisdicción de apelación en marzo de 2015.

(Fuente: sitio web oficial de CARICOM en [41] )

Comercio de bienes

Todos los productos que cumplen las normas de origen de la CARICOM se comercializan libres de impuestos en toda la región (excepto en las Bahamas), por lo que todos los productos originarios de la región pueden comercializarse sin restricciones. Además, la mayoría de los Estados miembros aplican un arancel externo común (AEC) a los productos originarios de países no pertenecientes a la CARICOM. Sin embargo, todavía quedan algunas áreas por desarrollar:

  • Tratamiento de los productos fabricados en Zonas Francas: es necesario un acuerdo regional sobre cómo deben tratarse estos bienes, ya que generalmente son fabricados con aranceles reducidos por empresas extranjeras.
  • La eliminación de algunas barreras no arancelarias específicas en varios Estados miembros.

Otro elemento clave en materia de mercancías es la libre circulación. Esta disposición permite la libre circulación de mercancías importadas de fuentes extrarregionales, lo que requeriría la recaudación de impuestos en el primer punto de entrada al CSME y la distribución de los ingresos aduaneros recaudados.

(Fuentes: sitio web de JIS sobre el CSME en [42] y sitio web de CARICOM sobre el CSME en [43] )

Armonización de normas

Como complemento a la libre circulación de bienes, se garantizará la existencia de normas aceptables para esos bienes y servicios. Para lograrlo, los miembros de la CARICOM han creado la Organización Regional del Caribe sobre Normas y Calidad (CROSQ), que se encargará de establecer normas regionales en materia de fabricación y comercio de bienes a las que deberán adherirse todos los Estados miembros. Esta organización se creó mediante un acuerdo independiente del CSME. [42]

Como ejemplo del trabajo del CROSQ, en conjunto con otros organismos regionales, el 6 de octubre de 2017, el COTED aprobó nueve plantas de procesamiento de aves de corral en Barbados, Belice [44] (incluida la planta de Quality Poultry Products y la planta de Caribbean Chicken), [45] [46] Guyana, Jamaica, Surinam y Trinidad y Tobago para comercializar aves de corral y productos avícolas en toda la región después de que las evaluaciones de los Equipos Regionales de Evaluación de Riesgos (coordinados por la Agencia de Salud Agrícola y Seguridad Alimentaria del Caribe (CAHFSA) y revisadas y finalizadas por el Comité de Jefes Veterinarios de CARICOM) demostraran que cumplían con los requisitos sanitarios (Especificaciones para Aves de Corral y Productos Avícolas) desarrollados por el CROSQ y aprobados por el COTED en 2013. Además, el COTED resolvió el desacuerdo sobre el comercio de carne de pato entre Trinidad y Tobago y Surinam, y Trinidad y Tobago ahora está dispuesta (a mediados de noviembre de 2017) a aprobar a Surinam como uno de los países que ha cumplido con los requisitos sanitarios y fitosanitarios (MSF) para exportar carne de pato a el país. [44]

Acreditación regional

Se prevé la creación de organismos de acreditación regionales para evaluar las cualificaciones con miras a su equivalencia, como complemento a la libre circulación de personas. Con este fin, los Estados miembros han celebrado el Acuerdo sobre Acreditación de la Formación en Medicina y otras Profesiones de la Salud. En virtud de este acuerdo, se establece una Autoridad (la Autoridad de Acreditación del Caribe para la Formación en Medicina y otras Profesiones de la Salud ) que será responsable de acreditar a los médicos y otro personal sanitario en todo el CSME. La Autoridad tendrá su sede en Jamaica, que es uno de los seis Estados (Antigua y Barbuda, Belice, Jamaica, Surinam, Trinidad y Tobago) en los que ya está en vigor el acuerdo. Las Bahamas también han firmado el acuerdo.

También se ha previsto la acreditación regional de las competencias profesionales. En la actualidad, las agencias de formación locales conceden las Cualificaciones Profesionales Nacionales (NVQ) [47] o la certificación nacional de Educación y Formación Técnica y Profesional (TVET) [48] , que no son válidas en todos los Estados miembros. Sin embargo, en 2003 se formó la Asociación Caribeña de Agencias Nacionales (CANTA) como organización paraguas de las diversas agencias de formación locales, entre ellas la Agencia Nacional de Formación de Trinidad y Tobago, el Consejo de TVET de Barbados y la agencia de TVET de la Organización de Estados del Caribe Oriental y el HEART Trust/NTA de Jamaica. Desde 2005, las organizaciones miembros de la CANTA han estado trabajando juntas para garantizar un nivel uniforme de mano de obra calificada certificada en el marco del Mercado y Economía Únicos de la Caricom (CSME) y la propia CANTA ha establecido un sistema de certificación regional que concede la Cualificación Profesional del Caribe (CVQ), [48] que sustituirá a las NVQ y las certificaciones nacionales de TVET. [47] El CVQ se otorgará en las escuelas y, aunque se basará en el sistema de certificación de CANTA, será otorgado por el Consejo de Exámenes del Caribe (CXC), que colaborará con CANTA en el programa CVQ. [49] En la reunión del 9 y 10 de febrero de 2007 del Mecanismo de Coordinación Regional para la Educación y Capacitación Técnica y Vocacional, los funcionarios discutieron los acuerdos para la concesión del CVQ, que fue aprobado por el Consejo para el Desarrollo Humano y Social (COHSOD) en octubre de 2006. [50] Se esperaba que el programa CVQ pudiera estar en marcha a mediados de 2007, si se cumplen todos los requisitos [9] [51] y se estaban tomando disposiciones para que los titulares de NVQ actuales los convirtieran al tipo aceptado regionalmente (aunque todavía no hay un mandato claro). [51] Se cumplió este plazo y en octubre de 2007, se lanzó oficialmente el programa CVQ. El CVQ ahora facilita el movimiento de artesanos y otras personas calificadas en el CSME. Esta cualificación será accesible para las personas que ya están en la fuerza laboral, así como para los estudiantes de las escuelas secundarias de toda la región del Caribe. Quienes ya están en la fuerza laboral deberán asistir a centros designados para su evaluación. [52]

El CVQ se basa en un enfoque basado en competencias para la capacitación, evaluación y certificación. Se espera que los candidatos demuestren competencia para alcanzar estándares ocupacionales desarrollados por profesionales, expertos de la industria y empleadores. Cuando esos estándares son aprobados por CARICOM, permiten su portabilidad en toda la región. Actualmente, se prevé que los CVQ reflejen un marco de calificación de cinco niveles, que son:

  • Nivel 1: Trabajador bajo supervisión directa/trabajador de nivel inicial
  • Nivel 2: Trabajador calificado supervisado
  • Nivel 3: Trabajador Cualificado Independiente o Autónomo
  • Nivel 4: Trabajador especializado o supervisor
  • Nivel 5: Trabajador directivo y/o profesional [53]

Los CVQ se otorgan a aquellos candidatos que hayan cumplido con los estándares requeridos en todas las unidades de estudio prescritas. Se emiten certificados en los casos en que los candidatos no hayan completado todos los requisitos para la concesión del CVQ. Las escuelas que están adecuadamente equipadas actualmente ofrecen los niveles 1 y 2. [53]

En marzo de 2012, se habían otorgado hasta 2.263 CVQ en el ámbito laboral de toda la región y 2.872 en las escuelas, lo que suma un total de 5.135 CVQ otorgados hasta ese momento. El desglose de la agencia que otorgó los más de 5.000 CVQ en marzo de 2012 fue de 1.680 otorgados por el CXC y 3.455 otorgados por las diversas Agencias Nacionales de Capacitación (algunas de ellas otorgadas en el lugar de trabajo y otras en las escuelas secundarias). [54]

(Fuentes principales; sitio web de JIS sobre el CSME y Google Cache de SICE - Establecimiento del CSME en [55] - ver referencias)

Supresión de los permisos de trabajo y de estancia y libre circulación de personas

El Capítulo III del Tratado Revisado de Chaguaramas prevé la libre circulación de nacionales comunitarios calificados (artículo 46), así como la libre circulación de personas no asalariadas, ya sea como prestadores de servicios y/o para establecer empresas, incluido el personal directivo, supervisor y técnico, y sus cónyuges y familiares directos. [56]

El comercio de servicios y el derecho de establecimiento

Junto con el libre comercio de bienes, el Tratado Revisado también proporciona el marco para el establecimiento de un régimen de libre comercio de servicios. El objetivo principal es facilitar el comercio y la inversión en los sectores de servicios de los Estados miembros del CSME mediante el establecimiento de empresas económicas. El régimen de libre comercio de servicios otorga los siguientes beneficios:

Beneficios
BeneficioDescripción
El derecho de establecimientoLas empresas pertenecientes a la CARICOM tendrán derecho a establecer y operar en cualquier estado miembro de la CSME en los mismos términos y condiciones que las empresas locales, es decir, sin restricciones. El personal directivo, técnico y supervisor de estas empresas podrá ingresar y trabajar sin permisos de trabajo.
Servicios a nivel regionalLos proveedores de servicios de CARICOM podrán ofrecer sus servicios en toda la región, nuevamente sin permisos de trabajo, generalmente de manera temporal, por ejemplo, consultorías.

Derecho de establecimiento

Se ha previsto el derecho a trabajar como autónomo para las personas que deseen realizar actividades no remuneradas de carácter comercial, industrial, agrícola o artesanal. [57] Los no asalariados son los nacionales de CARICOM autónomos (tanto personas jurídicas como físicas) que tienen derecho a trabajar como autónomos en el CSME y estas personas pueden trasladarse a otro Estado miembro para establecer un negocio o prestar un servicio de forma temporal. [58]

Estos nacionales pueden crear y gestionar empresas económicas, incluido cualquier tipo de organización que posean o controlen (por ejemplo, empresas unipersonales, sociedades, etc.) para la producción o el comercio de bienes o la prestación de servicios. [57] Los proveedores de servicios también pueden trasladarse para establecer empresas en virtud de la Ley de Sociedades o la Ley de Registro de Nombres Comerciales. El procedimiento en esos casos sería el mismo que el que se aplica al establecimiento de una empresa para el suministro de bienes por parte de una empresa. [59] Los nacionales que ejerzan este derecho pueden trasladarse a otro Estado miembro de forma permanente. [57] Esta categoría de personas no está obligada a obtener un Certificado de Libre Circulación de Habilidades, sin embargo, los proveedores de servicios deben obtener un Certificado de Registro como Proveedor de Servicios de la CARICOM. [58]

El derecho de establecimiento está vinculado al derecho de traslado del personal técnico, supervisor y directivo de dichas entidades, así como de sus cónyuges y familiares directos dependientes. Las personas que se encuentren dentro de cualquiera de estas cinco (5) categorías nombradas no podrán trasladarse por derecho propio, a menos que pertenezcan a una de las nueve (9) categorías aprobadas (cuando el Estado miembro reconozca estas categorías). [57]

Se han aprobado varios procedimientos para el tratamiento de las personas que deseen establecer empresas comerciales en otros Estados miembros. Entre ellos se incluyen: [57]

  • Trámites en Punto de Entrada mediante los cuales Migración debe otorgar una estadía definitiva de seis (6) meses, previa presentación del nacional de pasaporte vigente, boleto de regreso y comprobante de recursos económicos para su manutención personal.
  • Trámites posteriores al ingreso. Esto incluye el requisito de que un nacional migrante de la CARICOM solicite a la autoridad competente (normalmente el Registrador de Empresas) del estado receptor el registro de una empresa comercial.
Procedimiento de entrada en el punto de entrada para el derecho de establecimiento

Los nacionales de CARICOM que deseen específicamente trasladarse de un Estado miembro a otro para ejercer el derecho de establecimiento deberán presentar lo siguiente en el punto de entrada: [60]

  • (i) Pasaporte válido;
  • (ii) Billete de ida y vuelta;
  • (iii) Comprobante de recursos financieros para su manutención personal, a saber, tarjetas de crédito, cheques de viajero, efectivo o combinación de ellos.

Luego, Inmigración le otorgará al nacional de CARICOM una estadía definitiva de seis meses. [60]

Trámite posterior a la entrada por derecho de establecimiento

Cada Estado miembro designará una autoridad competente para el derecho de establecimiento. Una vez que se haya concedido la entrada, el nacional de la CARICOM debe presentar a la autoridad competente las pruebas pertinentes, como el certificado policial, los recursos financieros, el certificado de nombre comercial o el certificado de constitución. La autoridad competente determinará si se han cumplido todos los requisitos para establecer la empresa en cuestión. Una vez que se hayan cumplido todos los requisitos, la autoridad competente emitirá una carta de aprobación al nacional de la CARICOM con copia al Departamento de Inmigración. Si la empresa se establece dentro del período de seis meses, el nacional de la CARICOM debe informar al Departamento de Inmigración para regularizar aún más su estancia con la carta de aprobación de la autoridad competente. Inmigración concederá al nacional de la CARICOM una estancia indefinida. [60]

Los Estados miembros determinarán, a través de los mecanismos nacionales que se hayan establecido a tal efecto, si la empresa está en funcionamiento. Si el nacional de la CARICOM ya no gestiona la empresa u otra empresa, la autoridad competente en materia de derechos de establecimiento informará al Departamento de Inmigración, que tiene derecho a rescindir la estancia indefinida o a indicar a la persona que necesita solicitar un permiso de estancia y/o un permiso de trabajo hasta que haya plena libertad de circulación en la Comunidad. [60]

Prórroga del derecho de establecimiento

En caso de que la empresa no se establezca dentro del período de seis meses, el nacional de la CARICOM deberá presentar al Departamento de Inmigración u otro departamento pertinente designado por el Estado miembro, pruebas de la Autoridad Competente de que se han tomado medidas concretas para establecer la empresa. Cuando se proporcionen dichas pruebas, se concederá al nacional de la CARICOM una prórroga de seis meses. [60]

Sellos para el derecho de establecimiento

Existen sellos específicos para la entrada definitiva de 6 meses, la prórroga de 6 meses y la estancia indefinida con el siguiente texto – [60]

  • (i) Derecho de establecimiento – Entrada definitiva por 6 meses;
  • (ii) Derecho de establecimiento – Prórroga; y
  • (iii) Derecho de establecimiento – Entrada indefinida.

Un nacional de CARICOM cuyo pasaporte esté sellado con uno de los sellos anteriores tiene derecho automáticamente a entrar varias veces en ese Estado miembro. [60]

Registro integrado en línea

Del 8 al 10 de diciembre de 2014, se celebró una reunión de los registradores de empresas de los 12 Estados miembros participantes del CSME para debatir el desarrollo de un registro en línea completo. La reunión se celebró en Santa Lucía y fue convocada por la Secretaría de la CARICOM y financiada por la Unión Europea en el marco del 10.º Fondo Europeo de Desarrollo (FED) como parte del Programa del CSME y de Integración Económica. [61]

Los Registradores de Empresas de toda la región celebraron una reunión para examinar la propuesta de armonización de los registros en línea en los Estados miembros participantes del CSME. Esta armonización se vería facilitada por la interfaz web y la interoperabilidad de los respectivos sistemas, lo que permitiría a los usuarios acceder a la información de los Estados miembros participantes. El objetivo de la iniciativa es que las partes interesadas puedan registrar empresas/sociedades en línea en todos los Estados miembros, aumentando así la actividad económica transfronteriza. Otras cuestiones que se están debatiendo son los requisitos de software y hardware de los sistemas que se instalarán, así como la formación de los operadores de entrada de datos y otros usuarios pertinentes en los registros. [61]

Los Estados miembros beneficiarios del proyecto son Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tabago. Alfa XP Europe Limited es la empresa que se encarga de la consultoría. [61]

Prestación temporal de servicios

Si bien los proveedores de servicios pueden establecer empresas en virtud del derecho de establecimiento, pueden, sin embargo, ofrecer sus servicios en otros Estados miembros utilizando otro modo, es decir, desplazándose de forma temporal. [59] Los nacionales de CARICOM que deseen trasladarse de un Estado miembro de CARICOM a otro para proporcionar dichos servicios de forma temporal deben registrarse como proveedores de servicios en el Estado miembro en el que residen y trabajan para que se les expida un certificado que les facilite la entrada en otro Estado miembro. [60] Al igual que con el establecimiento de empresas, existen procedimientos aprobados tanto en los puntos de entrada como después de la entrada, en relación con el tratamiento de los nacionales de CARICOM que deseen proporcionar servicios temporalmente. [59]

Un elemento fundamental para este proceso es la solicitud y expedición de un certificado por parte de la Autoridad Competente del país del nacional, sujeto a la presentación de pruebas relativas a: [59]

  • (a) nacionalidad de CARICOM; y
  • (b) competencia para prestar el servicio, o contrato para ofrecer el servicio o carta de una asociación pertinente o de una persona u organismo de buena reputación.

El certificado, cuya vigencia es indefinida, junto con un pasaporte válido y el contrato de prestación de servicios o una carta de invitación, deben presentarse al funcionario de inmigración en el puerto de entrada, quien deberá entonces conceder al nacional de la CARICOM tiempo suficiente para prestar el servicio. También se ha aprobado un régimen para la concesión de prórrogas en virtud de este régimen. [59]

Procedimiento de entrada en el punto de entrada para la prestación de servicios temporales

Los nacionales de la CARICOM que deseen específicamente trasladarse de un Estado miembro a otro para prestar servicios de forma temporal deben presentar su certificado de registro como proveedor de servicios de la CARICOM en el punto de entrada al funcionario de inmigración como prueba de que el nacional de la CARICOM es un proveedor de servicios que busca entrar para prestar servicios de forma temporal. [60] Otros documentos necesarios son: [60]

  • (i) un pasaporte válido;
  • (ii) contrato de oferta de servicios o carta de invitación de un cliente.

El funcionario de inmigración concederá al nacional de CARICOM tiempo suficiente para prestar el servicio. [60]

Procedimiento para la prórroga automática de la estancia para la prestación de servicios temporales

En los casos en que el servicio temporal no se complete dentro del período de tiempo estipulado, se deberá solicitar una prórroga automática al Departamento de Inmigración. La prórroga automática se concederá para permitir que el nacional de CARICOM complete el servicio una vez que el proveedor del servicio presente prueba de que el servicio aún no se ha completado. [60]

La extensión automática se basa en los derechos consagrados en el Tratado Revisado de Chaguaramas, a saber, la no discriminación (trato nacional) y el derecho a proporcionar un servicio a través del modo 4: el movimiento de personas nacionales. [60]

El trámite para prorrogar la estancia no deberá demorar más de diez días hábiles. [60]

(Fuente principal: sitio web de JIS sobre el CSME; consulte las referencias)

Supresión de los permisos de trabajo y libre circulación de la mano de obra

La libre circulación de personas calificadas surge de una política acordada por la CARICOM que originalmente era independiente pero relacionada con el Protocolo II original del Tratado Revisado de Chaguaramas. [62] La política acordada, llamada Ley de Libre Circulación de Personas de la Comunidad del Caribe (CARICOM), ahora es una legislación promulgada en todos los Estados miembros del CSME. Prevé la libre circulación de ciertas categorías de mano de obra calificada, pero de acuerdo con la política se prevé que haya una libre circulación de todas las personas, originalmente para 2008, pero ahora para 2009. [9] Según esta legislación, las personas dentro de estas categorías pueden calificar para Certificados de Habilidades (que permiten la libre circulación en toda la región).

Desde el inicio del CSM, ocho categorías de nacionales de la CARICOM han sido elegibles para la libre circulación en todo el CSME sin necesidad de permisos de trabajo. Son: Graduados Universitarios, Trabajadores de los Medios de Comunicación, Artistas, Músicos, Deportistas, Gerentes, Personal Técnico y de Supervisión adscrito a una empresa y Trabajadores Autónomos/Proveedores de Servicios. [63] Además, los cónyuges y los familiares directos dependientes de estos nacionales también estarán exentos de los requisitos de permiso de trabajo. En la Cumbre de la CARICOM de julio de 2006, se acordó permitir la libre circulación de dos categorías más de personas calificadas: Maestros y Enfermeras con formación terciaria. También se acordó que los revendedores, artesanos, trabajadores domésticos y trabajadores de la hostelería se añadirán a las categorías de mano de obra a las que se les permitirá la libre circulación en una fecha posterior, a la espera de que se acuerde una certificación apropiada. [64] Esta ampliación prevista para las últimas categorías de trabajadores, como los artesanos, se logró en octubre de 2007 con el lanzamiento de la Calificación Vocacional del Caribe (CVQ). [52] En 2009, se permitió a Antigua y Barbuda y Belice retrasar la ampliación de la libre circulación a los trabajadores domésticos hasta que se realizara un estudio sobre el impacto en sus países de la libre circulación de esta nueva categoría de trabajadores. También se concedió a Antigua y Barbuda una exención total de cinco años a la ampliación de la libre circulación a los trabajadores domésticos (para acompañar su exención existente a la libre circulación de profesores y enfermeras no titulados) a fin de que hiciera los ajustes necesarios a su infraestructura y otros imperativos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones y en reconocimiento del hecho de que Antigua y Barbuda siempre había aplicado una política de inmigración muy liberal que permitía la admisión más allá de las categorías aprobadas que reunían los requisitos para la libre circulación, lo que dio lugar a una elevada población de personas procedentes de otros Estados miembros. [65] [66] En 2015, Antigua y Barbuda solicitó la continuación de esta exención para los trabajadores domésticos por otros cinco años, [66] y se le concedió una prórroga de tres años a esta exención en 2015. [67] A raíz de una cumbre especial sobre el CSME a principios de diciembre de 2018, celebrada en Trinidad y Tobago, los Jefes de Gobierno acordaron ampliar las categorías de nacionales cualificados que pueden ejercer la libre circulación para incluir a los guardias de seguridad, los esteticistas/profesionales de servicios de belleza, los trabajadores agrícolas y los barberos. Acordaron además que aquellos Estados miembros que estuvieran dispuestos a hacerlo deberían avanzar hacia la plena libertad de circulación en los próximos tres años. [18]En la 30ª Conferencia Intersesional de Jefes de Gobierno, celebrada en febrero de 2019, Antigua y Barbuda y San Cristóbal y Nieves solicitaron y obtuvieron una prórroga de cinco años para permitir la libre circulación de guardias de seguridad, esteticistas/profesionales de servicios de belleza, barberos y trabajadores agrícolas en virtud del régimen de libre circulación de personal calificado. [68]

La libertad de vivir y trabajar en todo el CSME se otorga mediante el Certificado de Reconocimiento de la Cualificación de Habilidades de CARICOM (comúnmente llamado Certificado de Habilidades de CARICOM o simplemente Certificado de Habilidades). El Certificado de Habilidades esencialmente reemplaza los permisos de trabajo y se obtiene del ministerio correspondiente una vez que se entregan todos los documentos/calificaciones esenciales (que varían según cada categoría de personas calificadas) junto con una solicitud. El ministerio que lo expide varía según el Estado miembro de CARICOM. En Antigua y Barbuda, Jamaica y Surinam, los Certificados de Habilidades son emitidos por el Ministerio de Trabajo. Granada, Guyana, Santa Lucía y Trinidad y Tobago tienen Ministerios de Asuntos de la Comunidad del Caribe que se ocupan de los Certificados. Mientras tanto, Barbados, Belice, Dominica, San Cristóbal y Nieves y San Vicente y las Granadinas emiten los Certificados a través de los Ministerios de Inmigración. El Certificado de Habilidades se puede solicitar tanto en el país de origen como en el país de acogida. [69]

En la decimoctava Conferencia Intersesional de Jefes de Gobierno de la CARICOM, celebrada en febrero, se acordó que a los artesanos no se les concedería inmediatamente el estatuto de libre circulación a partir de enero (como se había previsto originalmente), sino que se les concedería el derecho a circular a mediados de 2007. El libre movimiento de los artesanos se facilitará mediante la concesión de Calificaciones Profesionales del Caribe (CVQ) basadas en normas ocupacionales industriales. La conferencia también acordó que el libre movimiento de los trabajadores domésticos y de la hostelería podría facilitarse de manera similar al libre movimiento de los artesanos y que sus casos se examinarían después de que se pusiera en marcha el modelo CVQ. [9] El propio CVQ se puso en marcha en octubre de 2007, facilitando así el libre movimiento de estas categorías de trabajadores. [52]

La libre circulación de la mano de obra también se ve facilitada por medidas destinadas a armonizar los servicios sociales (salud, educación , etc.) y prever la transferencia de las prestaciones de la seguridad social (con la participación también de las Bahamas). La acreditación regional también facilitará la libre circulación de personas y mano de obra.

Aunque el régimen de certificados de aptitudes de la CARICOM es anterior a la inauguración oficial del CSME (los certificados de aptitudes han estado disponibles desde 1997, mientras que el CSME sólo se instituyó formalmente en 2005 tras la aplicación provisional de los protocolos del CSME en 2001), el número de certificados de aptitudes expedidos a los nacionales de la CARICOM que reúnen los requisitos sólo ha aumentado realmente desde que se instituyó el CSME. [70] Entre 1997 y 2005, sólo nueve Estados miembros habían expedido certificados de reconocimiento de aptitudes en una escala relativamente pequeña. Trinidad y Tabago, Jamaica y Guyana han expedido la mayor parte de estos certificados. [71] Para septiembre de 2010, los 12 Estados miembros habían emitido aproximadamente 10.000 certificados de aptitudes [72] y los datos disponibles sobre la libre circulación indican que entre 2006 y 2008 se habían emitido más de 6.000 de estos certificados de aptitudes. [70] En un discurso dirigido a los graduados de la 48ª Convocatoria de la Universidad de Guyana el 8 de noviembre de 2014, el Secretario General de CARICOM, Irwin La Rocque, reveló que hasta noviembre de 2014 se habían emitido un total de 14.000 certificados de aptitudes e instó a los graduados a solicitar sus propios certificados de aptitudes ahora que eran elegibles. [73]

Individualmente, algunos países representan un gran porcentaje del total de certificados de aptitudes emitidos. Por ejemplo, entre 1997 y julio de 2010, Guyana había emitido 2.829 certificados de aptitudes. [74] Hasta junio de 2011, Jamaica había emitido 2.113 certificados de aptitudes. [75] Y hasta septiembre de 2013, Jamaica había emitido 2.893 certificados de aptitudes. Los datos también indicaron que el número de verificaciones y el número de certificados emitidos por otros Estados miembros a jamaicanos entre 2004 y 2010 ascendieron a 1.020. [76] Y entre 2001 y 2006, Trinidad y Tobago emitió 789 certificados de aptitudes. [77] [78] Para 2008, Trinidad y Tobago había emitido un total de 1.685 certificados de aptitudes. [79]

Una encuesta realizada en 2010 reveló que entre 1997 y junio de 2010, al menos unas 4.000 personas se habían trasladado al amparo del régimen de libre circulación de personal cualificado. Steven McAndrew, especialista en movimiento de personal cualificado y de mano de obra de la Unidad del CSME, afirmó que “el estudio demostró que los temores persistentes en los Estados miembros de que se les esté inundando con el régimen de libre circulación son claramente infundados”. Añadió que otra conclusión clave fue que “la libre circulación no ha tenido un impacto negativo en los servicios sociales de los Estados miembros. Por el contrario, ha ayudado a cubrir vacantes críticas en los Estados miembros en lo que respecta a profesores y enfermeras, lo que ha demostrado ser muy beneficioso para mantener un cierto nivel de servicios sociales en estos países”. [80]

Se espera que para junio de 2014, todos los nacionales de CARICOM tengan un acceso más fácil a los Estados miembros participantes del CSME y puedan ejercer plenamente sus derechos a viajar, trabajar y buscar otras oportunidades según lo previsto en el acuerdo sobre el Mercado y Economía Únicos de CARICOM (CSME). [81]

Esto se está facilitando a través del Proyecto de Comercio y Competitividad de la CARICOM (CTCP), financiado por la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (CIDA), en el marco del cual se está estableciendo una base de datos electrónica fundamental que, entre otras cosas, proporcionará a los países miembros información agregada sobre los diversos conjuntos de habilidades disponibles, a través de un portal basado en la web que está desarrollando la consultora del proyecto, AZ Information Jamaica Limited. [81]

Además, el consultor propone que el Certificado Nacional de Competencias de la CARICOM se estandarice en todos los países y se presente en forma de sello en los pasaportes de las personas. Esto eliminará las discrepancias en el formato de los certificados, así como la necesidad de un documento físico y facilitará el trámite en los distintos puntos de entrada de los países miembros. [81]

Al mismo tiempo que la libre circulación de personas (y en cierta medida antes de ella) se ha facilitado el desplazamiento intrarregional . Este objetivo se está logrando mediante el uso de líneas separadas para los nacionales de la CARICOM y los no nacionales en los puertos de entrada (ya en vigor para los 13 miembros) y la introducción de un pasaporte de la CARICOM y formularios estandarizados de entrada y salida .

Derechos contingentes que acompañan la libre circulación de habilidades

Además del derecho a circular libremente con fines laborales, se pretendía que las personas que ejercían tales derechos pudieran tener a sus cónyuges, hijos y otras personas dependientes acompañándolas y participar en derechos complementarios como el derecho a acceder a la educación primaria, la atención sanitaria, la transferencia de capital, el acceso a la tierra y otras propiedades, el trabajo sin necesidad de un permiso de trabajo y la salida y reingreso del país de acogida. El trabajo sobre este Protocolo sobre Derechos Contingentes comenzó en 2008. [82] El Protocolo finalmente estuvo listo para la firma en 2018 y fue firmado inicialmente por siete Estados miembros (Barbados, Granada, Haití, Jamaica, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y Surinam) en la 39ª Reunión Ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno de CARICOM celebrada en Montego Bay, Jamaica. [83] [84] [85] Trinidad y Tobago también firmó el Protocolo y la Solicitud Provisional que lo acompaña en una cumbre especial sobre el CSME a principios de diciembre de 2018, celebrada en Trinidad y Tobago. [86] En la 30ª Reunión Intersesional de la Conferencia de Jefes de Gobierno, celebrada del 26 al 27 de febrero de 2019 en Saint Kitts, todos los Estados miembros restantes de la CARICOM que participan en el CSME firmaron el Protocolo sobre Derechos Contingentes. Ocho de estos doce países, a saber, Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago, también decidieron aplicar las medidas del Protocolo de manera provisional. [87] A finales de febrero y principios de marzo, Barbados se convirtió en el primero de los Estados miembros en modificar su legislación para dar efecto al Protocolo. [88]

Decisión de CARICOM sobre la libre circulación de todas las personas

En julio de 2023 se celebró la 45ª Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe (CARICOM), que marcó un hito importante para la integración regional en el Caribe. Un resultado crucial de esta reunión histórica, que coincidió con la celebración del 50º aniversario de la CARICOM, fue el acuerdo sobre la libre circulación de todos los nacionales de la CARICOM para marzo de 2024. [89]

Esta decisión innovadora va más allá del actual plan de Mercado y Economía Únicos de la CARICOM (CSME), que permitía la libre circulación sólo a categorías acordadas de nacionales cualificados. Esta nueva medida fue anunciada por el Presidente de la CARICOM, el Honorable Roosevelt Skerrit, Primer Ministro de Dominica, durante la conferencia de prensa de clausura. [89]

Según el Primer Ministro Skerrit, este cambio forma parte fundamental de la arquitectura de la integración y sustenta la idea central del movimiento de integración regional: la capacidad de las personas para circular libremente dentro de la Comunidad del Caribe. Aunque reconoció que la implementación de esta política podría entrañar desafíos legales, se designó un equipo jurídico especializado para examinar estas cuestiones y presentar una posición definitiva para marzo de 2024. [89]

El anuncio fue recibido con entusiasmo y el Primer Ministro Skerrit expresó su convicción de que los padres fundadores de la organización estarían "sonriendo desde el cielo" ante esta audaz decisión. Destacó que, además de la libre circulación, se concederán ciertos derechos, como el acceso a la atención sanitaria primaria y de emergencia, la educación y la posibilidad de viajar sin problemas. [89]

La Primera Ministra de Barbados, la Honorable Mia Mottley, responsable del CSME en el Gabinete Cuasi de la CARICOM, hizo hincapié en la necesidad de una ejecución cuidadosa. Mencionó la necesidad de enmendar los tratados para asegurar que los países no sean responsables de demandas judiciales relacionadas con estos derechos. Se discutirá, acordará e incluirá un conjunto mínimo de derechos en las enmiendas del tratado. [89]

Para financiar estos cambios, los jefes de la CARICOM están considerando la posibilidad de aprovechar el Fondo de Desarrollo de la CARICOM para garantizar que cada estado miembro pueda llevar su nivel mínimo de servicios a un nivel aceptable. La Primera Ministra Mottley afirmó que esta decisión representa el deseo largamente acariciado por todos los ciudadanos del Caribe de tener un mayor control sobre su destino. [89]

Sin embargo, se ha hecho una excepción en el caso de Haití, que ha solicitado una derogación del acuerdo de libre circulación debido a las circunstancias específicas que enfrenta el Estado miembro. A pesar de esta excepción, la decisión adoptada en esta histórica conferencia significa un paso importante hacia una mayor integración regional dentro de la Comunidad del Caribe. [89]

Criterios de nacionalidad

En relación con una serie de cuestiones, como los servicios profesionales, la residencia y la propiedad de la tierra, la legislación de los distintos Estados miembros solía discriminar a favor de sus nacionales. Esta legislación se ha modificado a partir de 2005 para eliminar las disposiciones discriminatorias. Esto permitirá que los nacionales de la CARICOM, por ejemplo, puedan inscribirse en sus respectivas profesiones en igualdad de condiciones.

Sin embargo, poco antes de firmar el CSM, el segundo grupo de estados miembros (todos de la OECO) negoció un acuerdo de exclusión voluntaria con respecto a la propiedad de la tierra por parte de no nacionales. Como los miembros de la OECO del CSM son todos países pequeños y tienen tierras disponibles limitadas, se les permite mantener sus leyes de tenencia de tierras por extranjeros o leyes de terratenientes extranjeros (que se aplican a la propiedad de la tierra por parte de no nacionales), pero establecerán mecanismos para garantizar el cumplimiento del Tratado revisado que supervisarán la concesión de acceso a la tierra y las condiciones de dicho acceso. [90] En la actualidad, las empresas o los nacionales extranjeros tienen que buscar permiso legal para comprar tierras. [91] Sin embargo, todas las demás leyes relacionadas con la discriminación a favor de los nacionales de los Estados miembros únicamente han sido enmendadas. Entre los miembros no pertenecientes a la OECO del CSM, no hay restricciones a la propiedad privada de tierras por parte de nacionales de CARICOM (aunque en Surinam, y posiblemente en los otros miembros también, aún se aplican restricciones con respecto a las tierras de propiedad estatal [92] ).

(Fuente principal: sitio web de JIS sobre el CSME; consulte las referencias)

Armonización de la legislación

El Tratado revisado también exige regímenes armonizados en una serie de áreas: medidas antidumping y compensatorias, banca y valores, arbitraje comercial, política de competencia, protección del consumidor, aduanas, derechos de propiedad intelectual, reglamentación y etiquetado de alimentos y medicamentos, medidas sanitarias y fitosanitarias, normas y reglamentos técnicos y subsidios.

Un proyecto de ley modelo está siendo elaborado por un Centro de Redacción Legislativa de CARICOM en colaboración con los Asesores Parlamentarios Principales de la región.

(Fuente principal: sitio web de JIS sobre el CSME; consulte las referencias)

Libre circulación de capitales

La libre circulación de capitales implica la eliminación de diversas restricciones, como los controles de cambio , la posibilidad de la convertibilidad de las monedas (ya en vigor) o la integración de una moneda única y de los mercados de capitales a través de una bolsa regional. Los Estados miembros también han firmado y ratificado un Convenio de Doble Imposición Intrarregional .

Tras la conclusión de la 61.ª Reunión del Comité de Gobernadores de Bancos Centrales de la CARICOM el 3 de noviembre de 2023, los gobernadores de los bancos centrales regionales apoyaron el avance de los trabajos sobre el proyecto piloto de un sistema de pagos intrarregional denominado Sistema de Pagos y Liquidaciones de la CARICOM (CAPSS). [93] El CAPSS facilitaría la plena integración de los diversos mercados nacionales de la CARICOM en un mercado único, unificado y abierto y permitiría un flujo de capital fluido y sencillo. [94] El sistema se desarrollaría en colaboración con el Banco Africano de Exportación e Importación (Afreximbank) [94] y estaría respaldado por la tecnología utilizada en el Sistema Panafricano de Pagos y Liquidaciones (PAPSS) de ese banco. [95]

A finales de octubre, en el Foro de Comercio e Inversión de África y el Caribe celebrado en Guyana, el Presidente y Director del Afreximbank, Profesor Benedict Oramah, había anunciado la asociación inicial y que se había seleccionado un programa de pagos y liquidación con un banco africano para ejecutar el programa piloto para los bancos centrales de la CARICOM. También manifestó su esperanza de que pronto se integraran los sistemas de pagos de África y la CARICOM y que a principios de año se había dirigido a los dirigentes de la CARICOM para que prestaran asistencia en el establecimiento de un Banco de Importación y Exportación de la CARICOM, del que el Afreximbank sería accionista si se le invitaba a hacerlo. [94] [95]

En la misma reunión del 3 de noviembre, los gobernadores de los bancos centrales regionales respaldaron una propuesta para el establecimiento de un Grupo Regional de Administradores de Reservas de los Bancos Centrales, que se reuniría virtualmente y compartiría experiencias y enfoques en la gestión de las reservas nacionales de divisas. [93] [94] [95]

Moneda única

Aunque no se espera que esto ocurra hasta entre 2010 y 2015, [10] se pretende que el CSME tenga una moneda única. Por el momento, varios de los miembros del CSME ya forman parte de una unión monetaria con el dólar del Caribe Oriental y la fortaleza de la mayoría de las monedas regionales (con excepción de las de Jamaica y Guyana) debería hacer que cualquier futura armonización de los tipos de cambio entre los miembros del CSME sea bastante sencilla como paso hacia una unión monetaria.

El objetivo de formar una unión monetaria de la CARICOM no es nuevo. Como precursor de esta idea, los distintos países de la CARICOM establecieron un procedimiento de compensación para favorecer el uso de las monedas de los estados miembros. El procedimiento tenía por objeto garantizar la estabilidad monetaria y promover el desarrollo del comercio. Este esquema de compensación monetaria fue inicialmente bilateral, pero este sistema era limitado y difícil de manejar porque cada estado miembro tenía que tener una cuenta separada para cada uno de sus socios comerciales de la CARICOM y las cuentas tenían que ser saldadas individualmente al final de cada período de crédito. El sistema se convirtió en multilateral en 1977 y se denominó Mecanismo Multilateral de Compensación de la CARICOM (CMCF). Se suponía que el CMCF favorecería el uso de monedas internas de la CARICOM para la liquidación de transacciones y promovería la cooperación bancaria y monetaria entre los estados miembros. A cada país se le permitió una línea de crédito fija y, en un principio, el CMCF tuvo tanto éxito que tanto la línea de crédito total como el período de crédito se ampliaron en 1982. Sin embargo, el CMCF fracasó poco después, a principios de los años 1980, debido a la incapacidad de Guyana para liquidar sus deudas y a que Barbados no pudo conceder nuevas condiciones de pago [96].

A pesar del fracaso del CMCF, en 1992 los Jefes de Gobierno de la CARICOM decidieron que la CARICOM debía avanzar hacia la integración monetaria y encargaron a sus banqueros centrales que estudiaran la posible creación de una unión monetaria entre los países de la CARICOM. Se sostuvo que la integración monetaria proporcionaría beneficios tales como estabilidad cambiaria y de precios y menores costos de transacción en el comercio regional. También se pensó que estos beneficios a su vez estimularían los flujos de capital, el comercio y la inversión intrarregionales, mejorarían el desempeño de la balanza de pagos y aumentarían el crecimiento y el empleo.

En marzo de 1992, los gobernadores de los bancos centrales elaboraron un informe en el que se esbozaban los pasos y criterios necesarios para lograr una unión monetaria en el año 2000. Los criterios de 1992 se modificaron en 1996 y se conocieron como los criterios 3-12-36-15. Exigían que:

  • los países mantienen reservas extranjeras equivalentes a 3 meses de cobertura de importaciones o al 80% de los pasivos corrientes del banco central (lo que sea mayor) durante 12 meses;
  • el tipo de cambio se mantenga fijo respecto del dólar estadounidense (para los que fijan el tipo de cambio ) o dentro de una banda del 1,5% a cada lado de la paridad (para los que flotan el tipo de cambio ) durante 36 meses consecutivos sin atrasos en el pago de la deuda externa y;
  • el ratio de servicio de la deuda se mantendrá dentro del 15% de las exportaciones de bienes y servicios.

El informe preveía la realización de una unión monetaria en tres fases, sobre la base de agrupar a los Estados miembros en dos categorías, A y B. La categoría A incluía a Bahamas, Belice y los Estados de la OECO . Los países de la categoría A ya habían cumplido los criterios originales en 1992 y sólo tenían que mantener la estabilidad económica para iniciar la unión monetaria. La categoría B estaba formada por Barbados, Guyana, Jamaica y Trinidad y Tobago (Surinam y Haití aún no eran miembros y, por lo tanto, no estaban incluidos). Estos países tenían que hacer los ajustes necesarios para cumplir los criterios de entrada.

La primera fase del proceso de unión monetaria debía concluir en 1996. Debía incluir a Bahamas, Barbados, Belice, los estados de la OECO y Trinidad y Tobago, y debía haber una moneda común como unidad de cuenta (por ejemplo, el euro de 1999 a 2002) entre estos estados, con excepción de Bahamas y Belice. Esta fase también implicaría la coordinación de las políticas monetarias y el avance hacia la convertibilidad monetaria intrarregional entre todos los estados miembros. La primera fase también habría visto la formación de un Consejo de Gobernadores de los Bancos Centrales de la CARICOM para supervisar todo el proceso.

La fase 2 debía haberse llevado a cabo entre 1997 y 2000 y debería haber contemplado una serie de iniciativas:

  • la formación de una Autoridad Monetaria del Caribe (CMA), que rendiría cuentas a un Consejo de Ministros de Finanzas. [97]
  • la emisión y circulación de una moneda física común en todos los países de la Fase 1, excepto las Bahamas.
  • el uso de la nueva moneda en los demás países (Bahamas, Guyana y Jamaica) como unidad de cuenta para liquidar transacciones regionales.
  • los continuos esfuerzos de Guyana y Jamaica para cumplir los criterios de ingreso a la unión monetaria si aún no lo hubieran hecho y haber alcanzado la estabilidad económica.

La Fase 3 estaba prevista para comenzar en el año 2000 y su objetivo final era que todos los países de CARICOM ingresaran a la unión monetaria y fueran miembros de la CMA.

Sin embargo, la implementación de la Fase 1 se suspendió en 1993 como resultado de la flotación del dólar en Trinidad y Tobago . En respuesta y en un esfuerzo por continuar con la cooperación y la integración monetaria, los gobernadores de los bancos centrales de la CARICOM hicieron que sus monedas regionales fueran totalmente interconvertibles. Una propuesta posterior exigía que Barbados, Belice y los estados de la OECO formaran una unión monetaria para 1997, pero esta propuesta también fracasó. [98]

Fondo de desarrollo

Una de las instituciones y regímenes creados para dar vida al movimiento de integración regional a través del Tratado Revisado de Chaguaramas es el Fondo de Desarrollo de la CARICOM (FDC). Forma parte fundamental del objetivo de la comunidad de lograr una participación equitativa entre sus estados miembros. La idea del FDC se tomó prestada en gran medida de un mecanismo similar empleado con éxito por la Unión Europea [99] (el Fondo de Cohesión de la UE ) [100] para ayudar a que algunos de sus estados miembros, como Irlanda, alcanzaran un cierto nivel económico que les permitiera participar de manera efectiva y beneficiarse del proceso de integración. [99]

El CDF se creó en virtud del artículo 158 del Tratado Revisado de Chaguaramas “con el fin de proporcionar asistencia financiera o técnica a los países, regiones y sectores desfavorecidos”. Es la pieza central de un régimen para abordar las disparidades entre los Estados miembros de la Comunidad que pueden resultar de la aplicación del CSME. La firma del Acuerdo relativo a las operaciones del Fondo en julio de 2008 fue el resultado de años de negociaciones por parte de los Estados miembros de la CARICOM sobre los principios, el tamaño y la estructura de un fondo de desarrollo regional. [99]

Cuando finalmente se firmó el acuerdo y los técnicos empleados por el CDF se pusieron manos a la obra para poner en marcha el mecanismo, se produjo una sensación de logro. En una entrevista, el Director Ejecutivo del CDF, el Embajador Lorne McDonnough, dijo que “el equipo de puesta en marcha del CDF siempre tuvo confianza en que cumpliría la fecha de lanzamiento prevista...” A pesar de esta confianza, admitió que “... a lo largo del camino siempre hubo problemas técnicos y demoras frustrantes que exigieron una dosis extra de perseverancia, así como la necesidad de dar un paso atrás y volver a examinar el problema con una nueva determinación”. El Embajador McDonnough señaló que las mayores expectativas y el deseo de ver el CDF en funcionamiento en el menor tiempo posible significaban que los Estados miembros a veces subestimaban el trabajo que había que hacer para que el CDF estuviera listo para funcionar plenamente. [99]

A pesar de todos los desafíos, el 24 de agosto de 2009, y como estaba previsto, el CDF abrió oficialmente sus puertas. Esto se logró después de nueve meses de arduo trabajo por parte del personal de la fundación para establecer sistemas que permitieran recibir solicitudes de préstamos y subvenciones. [99]

La CDF tiene 12 miembros: Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Santa Lucía, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago. [101]

Gobernancia

El CDF, tal como se establece en el acuerdo, tiene su propia identidad jurídica pero está vinculado a la CARICOM a través de varios Consejos Ministeriales. El CDF está regido por su propio consejo corporativo y es administrado por el Director Ejecutivo. El Embajador McDonnough asumió el cargo de Director Ejecutivo en noviembre de 2008, uniéndose a la Sra. Fay Housty, Asesora Principal de Gobernanza y Desarrollo Corporativo y al Sr. Lenox Forte, Gerente de Desarrollo y Programación Corporativo. Estos dos funcionarios fueron enviados en comisión de servicio desde la Secretaría de la CARICOM. [99]

El CDF comenzó su andadura a partir de tres oficinas temporales dentro de la Unidad CSME de la CARICOM en el Centro Financiero Tom Adams, Bridgetown, Barbados. El equipo pasó los primeros tres meses buscando espacio de oficina alternativo, preparando el plan de trabajo y el presupuesto, buscando financiación para la preparación de sus normas y procedimientos de gobernanza, además de iniciar el proceso de contratación del personal ejecutivo y administrativo básico. [99]

El CDF se trasladó a su actual oficina temporal en el renovado edificio del antiguo ayuntamiento de Bridgetown a finales de enero de 2009. Este espacio fue proporcionado por el Gobierno de Barbados, ya que el CDF siguió trabajando con él para adquirir sus instalaciones más permanentes a mediados de 2010. [99] Las nuevas instalaciones permanentes del CDF estaban ubicadas en un nuevo edificio ubicado en Mall Internationale, Haggatt Hall, St. Michael, Barbados. Este edificio también albergaba las nuevas oficinas permanentes de dos departamentos de la Secretaría de la CARICOM: la Oficina de Negociaciones Comerciales (OTN) y la Unidad del CSME. [102] Las nuevas oficinas fueron inauguradas oficialmente el lunes 3 de diciembre de 2012 por el Primer Ministro de Barbados, Freundel Stuart. [103]

Capitalización

Todos los Estados miembros deben contribuir al capital del fondo sobre la base de una fórmula acordada por los jefes de gobierno de la CARICOM. En 2009, el capital del CDF ascendía a 79,9 millones de dólares estadounidenses. Se preveía que para finales de 2009 los Estados miembros habrían aportado aproximadamente 87 millones de dólares estadounidenses. El CDF también tiene la misión de recaudar otros 130 millones de dólares estadounidenses de donantes y Estados amigos. [99]

En 2009, el CDF también recibió donaciones de asistencia técnica por valor de 149.000 dólares de los EE.UU. del Banco de Desarrollo del Caribe (BDC) y 834.000 euros del Fondo de Apoyo Institucional de la Unión Europea (UE), además de una contribución de 300.000 euros en 2009, lo que marcó el inicio de una relación más estrecha entre el Gobierno de Finlandia y la CARICOM. El Gobierno de Turquía también brindó apoyo a los países de la Organización de Estados del Caribe Oriental (OECO) para ayudarlos a realizar su contribución al fondo de capital del CDF. [99]

En 2011, el CDF estaba capitalizado en 100,7 millones de dólares estadounidenses, y los fondos totales habían aumentado a 107 millones de dólares estadounidenses en 2012. [104]

Tras una reunión de un equipo del CDF con el Grupo de Trabajo Técnico (TWG) de los Estados miembros, el Embajador McDonnough formuló recomendaciones sobre la reposición del CDF durante el segundo ciclo de financiación. Estas recomendaciones fueron aceptadas por la Conferencia de Jefes de Gobierno de la CARICOM en mayo de 2015 y se confirmó que los Estados miembros de la CARICOM aportarán 65,84 millones de dólares de nuevos fondos para el CDF en su segundo ciclo de financiación, que comenzará el 1 de julio de 2015. Esta cantidad también se complementará con 10,2 millones de dólares de fondos remanentes, lo que suma un total de 76 millones de dólares para el segundo ciclo de financiación. Trinidad y Tabago, el mayor contribuyente, confirmó que aportaría 40 millones de dólares al CDF. [105]

Tanto los gobiernos de Haití como de Montserrat expresaron su deseo de convertirse en miembros del CDF durante su segundo ciclo de financiación. [105]

Beneficiarios

Si bien todos los miembros del CSME que contribuyen al CDF tienen derecho a recibir asistencia financiera y técnica del fondo, sólo los países desfavorecidos designados - los PMA (OECO y Belice) y Guyana (como país pobre altamente endeudado) - tendrán acceso a los recursos durante el primer ciclo de contribución [99] que va de 2008 a 2014. [106] Para identificar las necesidades de los estados miembros elegibles e informar a la Junta del CDF cuando firmó las normas y reglamentos de gobernanza, se realizaron consultas de evaluación de necesidades a los PMA y Guyana. [99]

Basándose en estas consultas y en consonancia con su cometido de abordar las disparidades resultantes de la aplicación del CSME, el CDF se centrará en el desembolso de préstamos y subvenciones en condiciones favorables que aborden objetivos relacionados con la aplicación del CSME, preferentemente proyectos de tamaño pequeño a mediano con un período de ejecución corto. Los detalles de los criterios para la selección de proyectos se pueden encontrar en las directrices de evaluación y desembolso del CDF en www.csmeonline.org. [99]

En un intento por garantizar la sostenibilidad del fondo de capital del CDF, el monto de los préstamos directos oscilará entre 500.000 y 4 millones de dólares; el monto mínimo de las donaciones será de 20.000 dólares. En cada ciclo de contribución, la Junta destinará hasta 10 millones de dólares para financiar proyectos del sector privado de alcance regional o subregional. El CDF también tratará de trabajar con sus socios de desarrollo para aprovechar la asistencia técnica que puede proporcionar. [99]

Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas de Integración Regional

El artículo 239 del Tratado Revisado de Chaguaramas obliga a los Estados miembros a “elaborar un Protocolo relativo... a... las Contrataciones Públicas”. [107] [108]

Hasta la fecha, la Comunidad ha realizado y concluido un importante volumen de trabajo en relación con el establecimiento de un régimen comunitario para la contratación pública. En 2003, la Secretaría de la CARICOM encargó un proyecto con una donación del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI). El objetivo del proyecto era apoyar a la CARICOM en sus esfuerzos por establecer un régimen regional eficaz para la contratación pública que facilitara la plena aplicación del CSME y la participación efectiva en las negociaciones comerciales externas relacionadas con la contratación pública. El proyecto comprendía tres componentes principales: Componente 1 – Marcos nacionales de contratación pública: análisis, comparación y mejoras recomendadas; Componente 2 – Recopilación y análisis de estadísticas de contratación pública; y Componente 3 – Recomendaciones para un régimen regional de mejores prácticas para la contratación pública. [109]

En conjunto, los resultados del proyecto sirvieron para preparar el primer borrador de la Política Marco de Integración Regional en materia de Contratación Pública (PRIP). [107] El primer borrador de la Política Comunitaria en materia de Contratación Pública se elaboró ​​y se distribuyó a los Estados miembros para su revisión en 2005. En abril de 2006 se finalizó el segundo borrador. [109] En 2011 se adoptó el cuarto borrador, que refleja las modificaciones recomendadas al tercer borrador. [107] La ​​política propuesta, ahora denominada el Marco para la Integración Regional de la Contratación Pública (PRIPP), se encuentra en su quinta etapa de borrador. [109]

Entre las conclusiones del proyecto de 2003 figuraban las siguientes: [109]

  • Los regímenes de contratación pública competitivos en los Estados miembros de la CARICOM están desorganizados y son disfuncionales; la contratación pública representa un porcentaje significativo del gasto público
  • La legislación actual que rige las contrataciones en los Estados miembros de CARICOM se compone de leyes, reglamentos y decretos mal coordinados y obsoletos.
  • La debilidad de la legislación y/o de su aplicación genera muchas prácticas abusivas y manipuladoras en la contratación pública.
  • La aplicación de las normas de contratación pública es extremadamente débil y a veces inexistente debido a la ausencia de una autoridad reguladora única
  • Los derechos de los licitantes no están adecuadamente protegidos; la capacidad para llevar a cabo contrataciones es extremadamente débil
  • La contratación pública está muy poco desarrollada y se considera de alto riesgo
  • Los controles de adquisiciones internas y externas son inadecuados
  • La corrupción relacionada con las contrataciones es un problema importante
  • Debido al pequeño tamaño de las economías individuales, el sector privado busca activamente oportunidades de contratación pública, aunque con poca o ninguna confianza en la integridad del sistema de contratación pública

La conclusión general fue que los actuales regímenes de contratación pública son contraproducentes para los esfuerzos de la CSME. El sombrío panorama que se desprendía de las conclusiones del proyecto de investigación de la CARICOM demostraba la imperiosa necesidad de una reforma integral de la contratación pública. Una de las recomendaciones importantes del proyecto fue que las reformas legislativas y de políticas de contratación pública regionales y nacionales propuestas deberían basarse en la Ley Modelo de la CNUDMI. [109]

Entre abril y junio de 2014, Analysis Mason Ltd. realizó una consultoría en 13 países de la CARICOM (excepto Haití y las Bahamas) [110] y proporcionó a la Secretaría de la CARICOM y a sus Estados miembros recomendaciones sobre la infraestructura de tecnología de la información (TI) necesaria para el establecimiento de un Sistema de Contrataciones Públicas Electrónicas de Integración Regional (RIEPPS) en pleno funcionamiento. [111]

Se propone un nuevo sistema basado en la tecnología de la información que permita a las empresas de los países de la CARICOM presentar ofertas para contratos gubernamentales en los Estados miembros. El sistema de contratación pública integrado a nivel regional que se propone dar más vida al componente de mercado único de la CSME, permitiendo que las empresas de los Estados miembros de la CARICOM operen en los demás países de manera eficaz. El acuerdo se está estructurando de tal manera que permita que ciertos contratos se conserven para las empresas nacionales, mientras que otros están abiertos a procesos de licitación regionales. [111]

El plan de trabajo prevé una infraestructura informática regional común, apoyada por protocolos legislativos y un componente de desarrollo empresarial que ayudaría a estimular las actividades de contratación intrarregional. Todos estos componentes se están llevando a cabo simultáneamente con vistas a lograr una posible implementación para finales de 2014 [111] , pero sin duda para 2016. [112]

Se estima que el mercado de compras regionales asciende a unos 17.000 millones de dólares anuales entre los cinco millones y medio de habitantes de la región (con excepción de Haití). El gobierno es uno de los sectores más importantes de cada economía de la Caricom, de modo que una de las posibles soluciones para impulsar el comercio intrarregional y que cada país genere empresas y cree empleo es abrir el mercado de compras gubernamentales. [112]

También se emprenderá una reforma de los sistemas y procesos de contratación en todos los países en los que se implementará el proyecto, así como la instalación de equipos y programas informáticos pertinentes y la capacitación del personal necesario. Uno de los obstáculos importantes que habrá que superar para la plena implementación del programa será la necesidad de garantizar que todos los países cuenten con una legislación que permita realizar transacciones de este tipo por medios electrónicos.

“Hasta el momento, muchos estados siguen funcionando con leyes de finanzas y administración, en lugar de una ley de adquisiciones. Varios de ellos tienen una ley de transacciones electrónicas, pero es posible que no se refiera específicamente a las adquisiciones en el ámbito público. Por lo tanto, una de las cosas que CARICOM será responsable de hacer en el marco del proyecto es preparar el protocolo y la ley y las normas de implementación que lo respalden”, explicó Ivor Carryl, Director de Programa, Mercado Único y Economía de CARICOM, Secretaría de CARICOM. [113]

En virtud del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas de Integración Regional de la CARICOM, los comerciantes de bienes y servicios tendrán protección ante la Corte de Justicia del Caribe (CCJ). [114]

Según Ivor Carryl, se creará un tablón de anuncios de contratación pública regional para que los Estados miembros publiquen sus contratos, y cuando cualquier actor considere que hay injusticia en la adjudicación de los contratos, se podrá recurrir a la CCJ para que dicte sentencia. [114]

“En el artículo 7, que trata sobre el trato no discriminatorio, igualitario y justo, todas sus leyes y prácticas nacionales relacionadas con CARICOM deben reflejar esas disposiciones”, dijo Carryl a JIS News en una entrevista. [114]

“Si una empresa jamaiquina que participa en el protocolo presenta una oferta y por alguna razón se siente agraviada porque el proceso (la evaluación de la oferta) no salió bien, tendrá el derecho, en virtud del Tratado, de impugnar a la entidad contratante y pedirle que explique por qué no ganó la licitación; y tiene el derecho de acudir a los tribunales y impugnar la decisión”, añadió el funcionario de CARICOM. [114]

El Sr. Carryl explica que en el marco del Régimen de Contrataciones Regionales se ha fortalecido el mecanismo de apelación, de modo que las personas tendrán un acceso más fácil para solicitar reparación. [114]

Jurisdicción única

En agosto de 2014, la CARICOM inició los trabajos para crear un marco armonizado para que las empresas y otros negocios puedan establecerse y operar dentro del CSME. Esta Jurisdicción Única debería garantizar que las normas para establecer y operar una empresa en un país se apliquen en todo el CSME. [115]

A partir de junio de 2015, la Secretaría de la CARICOM inició una serie de consultas nacionales para discutir el Proyecto de Política Marco sobre la Jurisdicción Única. El objetivo de la Jurisdicción Única es crear un espacio sin fisuras para que las empresas puedan realizar negocios. Una vez establecida, permitirá a las empresas, una vez registradas en un estado miembro participante del CSME, operar en cualquier otro estado miembro del CSME sin necesidad de registrarse en ese otro estado miembro. Por lo tanto, en esencia, permitirá a las empresas registrarse en cualquier parte dentro del CSME y operar en todo el Mercado Único. La creación de la Jurisdicción Única se considera crucial para permitir la correcta implementación del Derecho de Establecimiento en virtud del Tratado Revisado de Chaguaramas y debería ser de gran beneficio para quienes ejercen este derecho. [116]

Notas al pie

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Referencias

  • Tratado revisado de Chaguaramas
  • Derechos contingentes del CSME
  • La implementación del Protocolo sobre Derechos Contingentes podría reducir los problemas migratorios Kaieteur News, 24 de agosto de 2013
  • Estadísticas de CARICOM: información estadística compilada a través de la Secretaría de CARICOM
  • Radio CARICOM - la voz de la Comunidad del Caribe Nota de prensa
  • El sitio web del CSME
  • Caricom Law - Sitio web y base de datos en línea del Centro de redacción legislativa de CARICOM (CLDF)
  • Programa de apoyo comercial de Caricom - Gobierno de Trinidad y Tobago
  • PANCAP Alianza Pancaribeña Contra el VIH/SIDA
  • Creación del CSME: situación de los elementos clave - Cuadro resumen de la situación de los distintos Estados miembros en relación con las obligaciones del tratado
  • Mercado Único y Economía de CARICOM (CSME)
  • - blog que analiza el impacto del CSME en los países miembros de Caricom
  • ¿Qué tan viable es una moneda única en el Caribe? Parte II
  • ¿Qué tan viable es una moneda única en el Caribe? Parte III
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