Iniciar, desarrollar, coordinar, revisar, asesorar y ayudar en la implementación de políticas, procedimientos, medidas y prácticas diseñadas para dar efecto a la declaración en la sección 3 de esta Ley del idioma maorí como idioma oficial de Nueva Zelanda.
En general, promover la lengua maorí y, en particular, su uso como lengua viva y como medio ordinario de comunicación.
Las funciones conferidas a la Comisión por los artículos 15 a 20 de esta Ley en relación con los certificados de competencia en el idioma maorí
Considerar e informar al Ministro sobre cualquier asunto relacionado con el idioma maorí que el Ministro pueda remitir de vez en cuando a la Comisión para su asesoramiento.
Las demás funciones que puedan ser conferidas a la Comisión por cualquier otra disposición legal.