Ley de Educación para Personas con Discapacidades

Ley de los Estados Unidos

Ley de Educación para Personas con Discapacidades
Gran Sello de los Estados Unidos
Título largoLey de Educación para Personas con Discapacidades
Acrónimos (coloquial)IDEA
Promulgado porel 101° Congreso de los Estados Unidos
Citas
Derecho públicoLey Pública 101-476
Estatutos en general104 Estatuto 1142
Codificación
Leyes modificadasLey de Educación para Todos los Niños con Discapacidad
Títulos modificados20 USC: Educación
Secciones del USC modificadas1400 y siguientes.
Historial legislativo
  • Presentado en el Senado como S.1824 por Tom Harkin ( DIA ) el 31 de octubre de 1989
  • Consideración del comité por parte del Comité de Trabajo y Recursos Humanos
  • Aprobada por el Senado el 16 de noviembre de 1989 (votación oral)
  • Aprobada por la Cámara el 18 de junio de 1990 (sin objeciones)
  • Informado por el comité de conferencia conjunta el 1 de octubre de 1990; aprobado por el Senado el 2 de octubre de 1990 (votación oral) y por la Cámara el 15 de octubre de 1990 (votación oral)
  • Firmada como ley por el presidente George H. W. Bush el 30 de octubre de 1990
Enmiendas importantes
Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás
Ley de Mejora de la Educación para Personas con Discapacidades de 2004, PL 108-446
Casos de la Corte Suprema de los Estados Unidos

La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades ( IDEA , por sus siglas en inglés) es una ley estadounidense que garantiza que los estudiantes con discapacidades reciban una Educación Pública Apropiada y Gratuita (FAPE, por sus siglas en inglés) que se adapte a sus necesidades individuales. La IDEA se conocía anteriormente como la Ley de Educación para Todos los Niños Discapacitados (EHA, por sus siglas en inglés) de 1975 a 1990. En 1990, el Congreso de los Estados Unidos reautorizó la EHA y cambió el título a IDEA. [1] En general, el objetivo de la IDEA es brindarles a los niños con discapacidades las mismas oportunidades de educación que a los estudiantes que no tienen discapacidades.

La IDEA se compone de cuatro partes, las dos principales son la parte A y la parte B. [2] La parte A cubre las disposiciones generales de la ley; la parte B cubre la asistencia para la educación de todos los niños con discapacidades; la parte C cubre a los bebés y niños pequeños con discapacidades, incluidos los niños desde el nacimiento hasta los tres años; y la parte D consiste en los programas nacionales de apoyo administrados a nivel federal. Cada parte de la ley ha permanecido prácticamente igual desde su promulgación original en 1975.

En la práctica, la IDEA se compone de seis elementos principales que ilustran sus puntos principales. Estos seis elementos son: Programa Educativo Individualizado (IEP); Educación Pública Gratuita y Apropiada (FAPE); Entorno Menos Restrictivo (LRE); Evaluación Apropiada; Participación de Padres y Maestros; y Garantías Procesales. Junto con esos seis elementos principales, también hay algunos otros componentes importantes que se vinculan con la IDEA: Confidencialidad de la Información, Servicios de Transición y Disciplina. A lo largo de los años desde que se reautorizó la IDEA, estos componentes se han convertido en conceptos clave para aprender sobre la IDEA. [3]

Antecedentes y contexto histórico

Contexto histórico

En 1954, la Corte Suprema de Estados Unidos declaró inconstitucional el formato educativo establecido en los Estados Unidos de segregar a los estudiantes blancos y negros en escuelas separadas en el caso Brown v. Board of Education of Topeka . [4] Esta declaración causó un gran malestar en la esfera política y marcó un momento clave en el Movimiento por los Derechos Civiles . La educación fue un aspecto importante del Movimiento por los Derechos Civiles.

Los años 60 y principios de los 70 estuvieron marcados por la lucha en los Estados Unidos, desde el asesinato de John F. Kennedy en 1963 hasta la guerra de Vietnam que duró desde 1955 hasta 1975. Además de esos acontecimientos, el Movimiento por los Derechos Civiles estaba en plena vigencia en los Estados Unidos. Desde la integración de las escuelas hasta el boicot a los autobuses de Montgomery, desde las sentadas en Greensboro hasta las marchas en Washington, la igualdad de derechos para todos era un ideal predominante. El presidente John F. Kennedy mostró interés en los estudios sobre el deterioro cognitivo [5] y el presidente Lyndon Johnson utilizó fondos federales para aumentar la investigación sobre los jóvenes "en riesgo". Los programas de intervención temprana para niños que viven en situaciones socioeconómicas bajas, como el Programa Head Start, comenzaron a aparecer en todo el país. [6] La educación pronto estuvo al frente de muchas agendas políticas.

A principios de la década de 1970, las escuelas públicas de Estados Unidos acogían a 1 de cada 5 niños con discapacidades. [7] Hasta ese momento, muchos estados tenían leyes que excluían explícitamente a los niños con ciertos tipos de discapacidades de la asistencia a la escuela pública, incluidos los niños ciegos, sordos y los niños etiquetados como "emocionalmente perturbados" o "mentalmente retrasados". [8] En ese momento, 3,5 millones de niños discapacitados asistían a la escuela, pero estaban "almacenados" en instalaciones segregadas y recibían poca o ninguna instrucción efectiva. [8] Más de 1 millón de niños no tenían acceso al sistema escolar público, [8] y muchos de ellos vivían en instituciones estatales donde recibían servicios educativos o de rehabilitación limitados o nulos. [9] Aproximadamente el 75% de los niños sordos o ciegos asistían a instituciones estatales. [10]

Educación para niños discapacitados (1975)

La primera legislación que proporcionó alivio fue la Ley de Rehabilitación de 1973 .

En 1975, el Congreso promulgó la Ley de Educación para Todos los Niños con Discapacidades, con el fin de aliviar la carga financiera creada por los litigios en virtud de la Ley de Rehabilitación. Las escuelas públicas debían evaluar a los niños con discapacidades y crear un plan educativo con la participación de los padres, de modo de emular lo más fielmente posible la experiencia educativa de los estudiantes sin discapacidades. Los estudiantes debían ser ubicados en el entorno menos restrictivo, uno que les permitiera la máxima oportunidad posible de interactuar con estudiantes sin discapacidades. La escolarización separada sólo puede darse cuando la naturaleza o gravedad de la discapacidad sea tal que no se puedan alcanzar los objetivos de instrucción en el aula regular. Por último, la ley contiene una cláusula de debido proceso que garantiza una audiencia imparcial para resolver los conflictos entre los padres de los niños discapacitados y el sistema escolar.

La ley también exigía que los distritos escolares establecieran procedimientos administrativos para que los padres de niños discapacitados pudieran impugnar las decisiones tomadas sobre la educación de sus hijos. Una vez agotados los recursos administrativos, los padres estaban autorizados a solicitar una revisión judicial de la decisión de la administración.

IDEA (1990)

En 1990, la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades reemplazó a la EHA con el fin de poner más énfasis en el individuo, en lugar de en la condición que ese individuo pudiera tener. [11] La IDEA también tuvo muchas mejoras en la EHA, como la promoción de la investigación y el desarrollo de tecnología, detalles sobre programas de transición para estudiantes postsecundarios y programas que educan a los niños en las escuelas de su vecindario, en lugar de escuelas separadas. [12]

En 2003, sólo el 25% de los niños sordos o ciegos recibían educación en instituciones estatales. [10]

En 2006, más de 6 millones de niños en los EE. UU. recibían servicios de educación especial a través de IDEA. [13]

Seis pilares de IDEA

Programa de Educación Individualizado (IEP)

La IDEA exige que las escuelas públicas creen un Programa Educativo Individualizado (IEP, por sus siglas en inglés) para cada estudiante que se considere elegible según los estándares federales y estatales de elegibilidad/discapacidad. El IEP describe los niveles actuales de rendimiento académico y desempeño funcional del estudiante, y cómo las discapacidades del estudiante afectan o afectarían la participación del niño en el currículo de educación general. [14] El IEP también especifica los servicios que se brindarán y con qué frecuencia, y especifica las adaptaciones y modificaciones que se brindarán al estudiante. [15]

La Corte Suprema de los Estados Unidos ha descrito el IEP como "la pieza central del sistema de prestación de servicios educativos del estatuto para niños discapacitados". Honig v. Doe, 484 US 305, 311 (1988) El IEP es la "base para el derecho del niño discapacitado a una educación individualizada y apropiada", y el sistema escolar debe diseñar el IEP "para satisfacer las necesidades únicas de cada niño con una discapacidad". Phillip C. v. Jefferson County Bd. of Educ ., 701 F. 3d 691, 694 (11th Cir. 2012), citando Doe v. Ala. State Dep't of Educ ., 915 F.2d 651, 654 (11th Cir. 1990) y Winkelman v. Parma City Sch. Dist ., 550 US 516, 524 (2007). Un IEP debe estar diseñado para satisfacer las necesidades educativas únicas de ese niño en el entorno menos restrictivo apropiado para las necesidades de ese niño.

Cuando un niño reúne los requisitos para recibir los servicios, se convoca a un equipo del IEP para diseñar un plan educativo. Además de los padres del niño, el equipo del IEP debe incluir al menos a: [ cita requerida ]

  • uno de los maestros de educación regular del niño (si corresponde);
  • un maestro de educación especial;
  • alguien que pueda interpretar las implicaciones educativas de la evaluación del niño, como un psicólogo escolar;
  • cualquier personal de servicio relacionado que se considere apropiado o necesario; y
  • un administrador o representante del CSE (Comité de Educación Especial) que tenga conocimiento adecuado de la disponibilidad de servicios en el distrito y la autoridad para asignar esos servicios en nombre del niño.

Los padres son considerados miembros iguales del equipo del IEP junto con el personal de la escuela. Con base en los resultados de la evaluación educativa completa, este equipo colabora para redactar un IEP para cada niño en particular que le proporcione una educación pública gratuita y apropiada.

Educación Pública Apropiada y Gratuita (FAPE)

Garantizada por la IDEA, la Educación Pública Apropiada y Gratuita (FAPE) se define como "educación especial y servicios relacionados que:

  • A) se presten a expensas del público, bajo supervisión y dirección públicas y de forma gratuita;
  • B) cumplir con los estándares de la agencia educativa estatal;
  • C) incluir una educación preescolar, elemental o secundaria adecuada en el Estado en cuestión; y
  • D) se proporcionen de conformidad con el programa de educación individualizado según la sección 614(d). (Pub. L. No. 94-142, § 602(9))" [3]

Para proporcionar una FAPE, las escuelas deben brindar a los estudiantes una "educación que enfatice la educación especial y los servicios relacionados diseñados para satisfacer sus necesidades únicas y prepararlos para la educación superior, el empleo y la vida independiente". [16]

La IDEA incluye requisitos que exigen que las escuelas proporcionen a cada estudiante discapacitado una educación que:

  • está diseñado para satisfacer las necesidades únicas de ese estudiante;
  • proporciona "acceso al currículo general para cumplir con las exigentes expectativas establecidas para todos los niños" (es decir, cumple con los estándares aproximados del nivel de grado de la agencia educativa estatal).
  • se proporciona de acuerdo con el Plan Educativo Individualizado (IEP) según se define en 1414(d)(3). [17]
  • produce un beneficio educativo para el niño. [17]

Entorno menos restrictivo (LRE)

El Departamento de Educación de los Estados Unidos, en su reglamento de 2005a, que implementa la IDEA, exige que "en la máxima medida posible, los niños con discapacidades, incluidos los niños en instituciones públicas o privadas o centros de atención, sean educados con niños que no tengan discapacidades ". El reglamento establece además que "las clases especiales, la escolarización separada u otros retiros de los niños con discapacidades del entorno educativo regular se producen sólo si la naturaleza o gravedad de la discapacidad es tal que la educación en clases regulares con el uso de ayudas y servicios complementarios no se puede lograr de manera satisfactoria". En otras palabras, el entorno menos restrictivo (LRE) es el entorno más parecido al de los niños típicos en el que el niño con una discapacidad puede tener éxito académico (según lo medido por los objetivos específicos del IEP del estudiante).

El tribunal en Daniel RR v. State Board of Education , [18] basándose en Roncker, desarrolló una prueba de dos partes para determinar si se cumple el requisito de LRE:

  1. ¿Es posible lograr de manera satisfactoria una educación apropiada en el aula de educación general con el uso de ayudas y servicios complementarios?
  2. Si se coloca a un estudiante en un entorno más restrictivo, ¿se lo “integra” en la “medida máxima apropiada”? (Estándar en AL, DE, GA, FL, LA, MS, NJ, PA, TX). [19]

Evaluación apropiada

Los niños se vuelven elegibles para recibir educación especial y servicios relacionados a través de un proceso de evaluación. Si la evaluación no se lleva a cabo de manera apropiada o no monitorea la información que se necesita para determinar la ubicación, no es apropiada. El objetivo de las regulaciones de IDEA para la evaluación es ayudar a minimizar la cantidad de identificaciones erróneas; proporcionar una variedad de herramientas y estrategias de evaluación; prohibir el uso de una sola evaluación como el único criterio para determinar si un estudiante es ubicado en servicios de educación especial; brindar protección contra medidas de evaluación que sean discriminatorias desde el punto de vista racial o cultural. En general, el objetivo de una evaluación apropiada es que los estudiantes que necesitan ayuda reciban la asistencia adecuada y los ayude a alcanzar las metas establecidas por sus respectivos equipos de IEP. [3]

Participación de padres y docentes

Una buena relación entre la familia y los profesionales es fundamental para que un estudiante reciba la educación necesaria para el éxito. Los padres y los maestros deben estar dispuestos a comunicarse y trabajar juntos para determinar las mejores formas de trabajar con un estudiante y proporcionarle información. Tanto la familia como el maestro trabajan juntos en el equipo del IEP para determinar los objetivos, el LRE y para analizar otras consideraciones importantes para cada estudiante en particular. A lo largo de todo el proceso del IEP y de educación especial, los padres y las familias deben estar informados de todas las decisiones que se tomen sobre su estudiante en particular. Los padres también deben poder proporcionar información valiosa sobre su hijo para determinar la ubicación y otros objetivos educativos.

Garantía procesal

Los padres, así como los maestros, pueden impugnar cualquier decisión que consideren inapropiada para el estudiante. [3] La IDEA incluye un conjunto de garantías procesales diseñadas para proteger los derechos de los niños con discapacidades y sus familias y para garantizar que los niños con discapacidades reciban una FAPE.

IDEA garantiza a los padres el siguiente acceso a la información: [20]

  • Acceso a los registros educativos de sus hijos;
  • Participación de los padres en todas las reuniones del equipo del IEP con respecto a la identificación, ubicación y decisiones educativas;
  • Notificación previa por escrito (siempre que se vaya a cambiar algo en el IEP de un estudiante, se debe notificar primero a sus padres);
  • Aviso escrito sobre garantías procesales;
  • Lenguaje comprensible (se deben proporcionar traductores cuando sea necesario);
  • Consentimiento informado (antes de que se brinde cualquier evaluación o servicio, los padres del estudiante deben estar informados y aceptar por escrito antes de que la escuela pueda seguir adelante); y
  • Derecho a solicitar evaluaciones educativas independientes con cargo al erario público,

Para los padres que no están de acuerdo con las decisiones de la escuela, IDEA describe las siguientes pautas de resolución de disputas: [21]

  • Derechos de "quedarse donde está" (si los padres no están de acuerdo con la decisión de la escuela, el estudiante puede quedarse donde está mientras los padres y la escuela resuelven la disputa).
  • Mediación (Esta es una alternativa a las audiencias del debido proceso).
  • Audiencias de debido proceso (si un padre tiene una disputa con la escuela sobre la ubicación o enseñanza de educación especial de su estudiante, se utiliza un proceso llamado debido proceso para resolver los problemas; ambas partes pueden entonces contar su versión de la historia en un entorno similar a un tribunal).
  • Litigios civiles (si los resultados del debido proceso no son del agrado de los padres o de la escuela, se puede presentar una demanda civil)

Otras cuestiones importantes

Litigios y costas

Varios casos de la Corte Suprema de los Estados Unidos han esbozado cómo funciona el litigio bajo la IDEA. Los padres tienen derechos exigibles independientes bajo la IDEA y pueden comparecer pro se en nombre de sus hijos. Winkelman v. Parma City School District , 550 US 516. Según la IDEA, la parte que solicita una audiencia tiene la carga de la prueba en tal acción. Schaffer v. Weast , 546 US 49. Los padres que prevalezcan no pueden recuperar los honorarios de los testigos expertos como parte de los costos según 20 USC§ 1415(i)(3)(B). Arlington Central School Dist. Bd. of Ed. v. Murphy , 548 US 291.

Confidencialidad de la información

Durante todo el proceso del IEP, la escuela debe proteger la confidencialidad del estudiante. Algunas escuelas pueden pensar que proporcionar el IEP a un maestro es una violación de la confidencialidad del estudiante, pero la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia establece que "si la divulgación se realiza a otros funcionarios escolares, incluidos maestros, dentro de la institución educativa o agencia educativa local que la agencia o institución haya determinado que tienen intereses educativos legítimos", la escuela no necesita el consentimiento escrito de un padre. [22] Para obtener más información sobre la confidencialidad, consulte la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia de 1974 (FERPA). [23]

Servicios de transición

A los 16 años, se requiere que los estudiantes sean invitados a las reuniones del IEP para discutir los servicios de transición con el equipo del IEP. Los servicios de transición pueden comenzar antes si el equipo del IEP lo considera necesario, pero se debe invitar al estudiante a la reunión, o se deben tomar las medidas adecuadas para tener en cuenta la preferencia del estudiante. [24] Los servicios de transición coordinan la transición entre la escuela y las actividades posteriores a la escuela, como la educación secundaria, la formación profesional, el empleo, la vida independiente, etc. Estas decisiones de transición deben basarse en las fortalezas/debilidades del estudiante, las preferencias y las habilidades que posee el individuo. Una vez que se ha tomado una decisión sobre el servicio de transición, se debe formar un plan para permitir que el estudiante pueda alcanzar plenamente esta meta. Para que esto suceda, se deben evaluar y tener en cuenta los objetivos, la instrucción necesaria y otras habilidades para preparar al individuo para esta transición. [3]

Disciplina de un niño con discapacidad

De acuerdo con la IDEA, al disciplinar a un niño con una discapacidad, se debe tener en cuenta dicha discapacidad para determinar la idoneidad de las medidas disciplinarias. Por ejemplo, si un niño con autismo es sensible a los ruidos fuertes y sale corriendo de una habitación llena de ruidos fuertes debido a una sobrecarga sensorial, la medida disciplinaria adecuada para ese comportamiento (salir corriendo de la habitación) debe tener en cuenta la discapacidad del niño, como evitar los castigos que impliquen ruidos fuertes. Además, se debe realizar una evaluación para determinar si se implementaron las adaptaciones adecuadas para satisfacer las necesidades del niño. Según el Departamento de Educación de los Estados Unidos, en los casos de niños con discapacidades que hayan sido suspendidos durante 10 días o más por cada año escolar (incluidos días parciales), la agencia de educación local (LEA) debe realizar una audiencia de determinación de manifestación dentro de los 10 días escolares posteriores a cualquier decisión de cambiar la ubicación de un niño como resultado de una violación del código de conducta estudiantil. La ley Stay Put (quedarse en el lugar) establece que no se debe trasladar a un niño de su ubicación actual o de los servicios provisionales a una ubicación alternativa si se considera que la infracción causó peligro a otros estudiantes. La LEA, los padres y los miembros pertinentes del equipo del programa de educación individualizado (IEP) (según lo determinen los padres y la LEA) revisarán toda la información pertinente en el expediente del estudiante, incluido el IEP del niño, las observaciones de los maestros y cualquier información relevante proporcionada por los padres para determinar si la conducta en cuestión fue:

  • causada por, o tuvo una relación directa y sustancial con, la discapacidad del niño; o
  • el resultado directo del fracaso de la LEA en implementar el IEP.

Si la LEA, el padre y los miembros relevantes del equipo del IEP determinan que la conducta fue una manifestación de la discapacidad del niño, el equipo del IEP deberá:

  • realizar una evaluación funcional del comportamiento e implementar un plan de intervención conductual para dicho niño, siempre que la LEA no haya realizado dicha evaluación antes de dicha determinación antes del comportamiento que resultó en un cambio de ubicación descrito en la Sección 615(k)(1)(C) o (G);
  • en la situación en que se ha desarrollado un plan de intervención conductual, revisar el plan de intervención conductual si el niño ya tiene dicho plan de intervención conductual y modificarlo, según sea necesario, para abordar la conducta; y
  • excepto lo dispuesto en la Sección 615(k)(1)(G), devolver al niño a la ubicación de la que fue retirado, a menos que el padre y la LEA acuerden un cambio de ubicación como parte de la modificación del plan de intervención conductual. [25]

Si se determina que la conducta de un estudiante es una manifestación de su discapacidad, no se lo puede suspender ni expulsar. Sin embargo, según la IDEA 2004, si un estudiante "trae un arma a la escuela o a una función escolar; o posee, usa o vende a sabiendas drogas ilegales o sustancias controladas en la escuela o en una función escolar"; o causa "lesiones corporales graves a otra persona", se lo puede ubicar en un entorno educativo alternativo provisional (IAES, por sus siglas en inglés) durante un máximo de 45 días escolares. [26] Esta ubicación permite que el estudiante continúe recibiendo servicios educativos mientras el equipo del IEP tiene tiempo para determinar la ubicación adecuada y el curso de acción apropiado, incluida la revisión de la FBA y el BIP.

Prohibición de medicación obligatoria

Debido a las acusaciones de que los funcionarios escolares obligaban a los padres a administrar medicamentos como Ritalin a sus hijos, se agregó una enmienda a la IDEA llamada prohibición de medicación obligatoria. Las escuelas no pueden exigir a los padres que obtengan una sustancia controlada como condición para: [7] [27]

  • asistir a la escuela
  • Recibir una evaluación o reevaluación
  • recibiendo servicios de educación especial

Alineación con No Child Left Behind

La reautorización de la IDEA en 2004 revisó el estatuto para alinearlo con los requisitos de la Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás (NCLB). La NCLB permite incentivos financieros a los estados que mejoren sus servicios de educación especial y los servicios para todos los estudiantes. Los estados que no mejoren deben reembolsar estos incentivos al gobierno federal, permitir que los padres elijan las escuelas para sus hijos y cumplir con otras disposiciones. Algunos estados aún se muestran reacios a educar a los estudiantes que son elegibles para los servicios bajo la IDEA y buscan soluciones a través de los tribunales. Sin embargo, la IDEA y la NCLB siguen siendo leyes del país hasta la fecha.

Al buscar alinear la NCLB y la reautorización de la IDEA de 2004, hay algunas áreas clave de alineación: requisito de maestros altamente calificados; un establecimiento de metas para los estudiantes con discapacidades; y niveles de evaluación para estos estudiantes. [28] La alineación de NCLB e IDEA requiere que todos los maestros de educación especial estén altamente calificados. Si bien los estándares para ser altamente calificado pueden diferir entre el estado o el distrito escolar, los requisitos mínimos son que un maestro tenga una licenciatura de una universidad de cuatro años, esté certificado y autorizado para enseñar por el estado y haya tomado las pruebas necesarias para indicar competencia en su área temática, [29] aunque los maestros de educación especial a menudo están exentos de tales pruebas. Estos requisitos para maestros altamente calificados no siempre existen para las escuelas privadas, primarias o secundarias. A continuación, se deben proporcionar metas y evaluaciones que se alineen con las necesidades educativas de los estudiantes. Un estado puede desarrollar evaluaciones alternativas o modificadas para estudiantes en programas de educación especial, pero aún se deben cumplir puntos de referencia y progreso en estas pruebas que indican un progreso anual adecuado (AYP). Además, estos objetivos y evaluaciones deben estar alineados de manera similar a los de los estudiantes matriculados en la educación general. Por último, para lograr el Progreso Anual Adecuado (AYP), las escuelas pueden exigir además que cumplan con los estándares estatales de retención de estudiantes en términos de tasas de deserción y de graduación para sus estudiantes de educación especial. [30]

Intervención temprana

La Ley de Educación para Todos los Niños con Discapacidad de 1975 marcó el camino para los programas de intervención temprana. En esta Ley, las escuelas públicas que recibían fondos federales debían proporcionar acceso igualitario a la educación para los niños con discapacidades. [31] Los servicios para bebés y niños pequeños no se incluyeron en la Ley hasta la reautorización en 1986. [32]

El 6 de septiembre de 2011, el Departamento de Educación de los Estados Unidos actualizó la IDEA para incluir intervenciones específicas para niños de 2 años o menos que tengan discapacidades. Esta sección de la IDEA se denomina Parte C y está destinada a niños con retrasos en el desarrollo o niños que tienen afecciones que pueden llevar a futuros retrasos en el desarrollo. La Parte C es una iniciativa de 436 millones de dólares que se administrará a nivel estatal. [33]

El 28 de septiembre de 2011, el Departamento de Educación publicó un artículo en el Registro Federal en el que se detallan las actualizaciones que se han realizado a la Parte C de la IDEA. [34] Las regulaciones entraron en vigor el 28 de octubre de 2011. Los cambios más importantes en las regulaciones se detallan a continuación:

  • Se ha revisado la definición de multidisciplinario para respetar aspectos de un equipo de plan de servicio familiar individualizado (IFSP) actualizado.
  • El idioma nativo es el idioma que normalmente utilizan los padres del niño para cualquier niño que se considere que tiene un dominio limitado del inglés.
  • La solicitud de un estado debe incluir cómo el estado planea cumplir con los requisitos de pagador de última instancia de la Sección 303.511
  • La solicitud de un estado debe distinguir entre actividades del IFSP previas a la derivación, derivación y posteriores a la derivación, tales como evaluación, valoraciones, desarrollo del IFSP, etc.
  • Dicha solicitud debe especificar que la información de identificación temprana se proporcione en los idiomas nativos de los distintos grupos de población del Estado.
  • Un estado debe informar al público sobre el desempeño de cada programa del Sistema de Intervención Temprana en relación con el Informe de Desempeño Anual del Estado.

A continuación se encuentran detalles más específicos sobre los requisitos de intervención temprana.

Parte C de IDEA

Plan de servicios familiares individualizado (IFSP)

Un Plan de Servicio Familiar Individualizado (IFSP, por sus siglas en inglés) es un plan de atención basado en las fortalezas para el bebé o niño pequeño que tiene un retraso o discapacidad en el desarrollo. El plan se basa en una evaluación de las fortalezas y necesidades del niño y la familia, así como en los resultados de evaluaciones multidisciplinarias administradas por profesionales calificados que cumplen con las pautas de certificación de su estado. El IFSP es similar a un IEP en el sentido de que aborda servicios específicos; quién los proporcionará y cuándo/dónde, con qué frecuencia, etc.; se monitorea y actualiza con frecuencia. Sin embargo, a diferencia de un IEP, el IFSP aborda las necesidades no solo del niño sino también de la familia para alcanzar sus metas familiares y resultados específicos en relación con la asistencia al desarrollo de su hijo. Todos los bebés y niños pequeños que reciben servicios de intervención temprana según la Parte C de IDEA deben tener un IFSP para recibir servicios. [35] La Parte C de IDEA es el programa que otorga subvenciones a todos los estados de los Estados Unidos para brindar servicios de intervención temprana a niños desde el nacimiento hasta los 3 años que tienen discapacidades y a sus familias. [35] La Parte C de la IDEA también permite a los estados definir el "retraso en el desarrollo" (ya sea como una desviación estándar o un porcentaje de retraso en meses cronológicos) para determinar la elegibilidad. Los estados proporcionan servicios de intervención temprana a los niños que tienen discapacidades diagnosticadas médicamente, así como a los niños que presentan retrasos en el desarrollo. Algunos estados optan por ampliar los servicios a los bebés y niños pequeños "en riesgo" y definen en los estatutos estatales qué constituye un niño en riesgo de retraso en el desarrollo. [36] Para recibir fondos, los estados participantes deben proporcionar intervención temprana a todos los niños elegibles y a la respectiva familia, independientemente de la fuente de pago. [36] Por último, los servicios de la Parte C no son necesariamente gratuitos: los programas de intervención temprana, como pagador de última instancia, hacen uso de seguros públicos y privados, recursos comunitarios y algunos estados implementan una "escala móvil" de tarifas para los servicios no cubiertos por seguros públicos o privados. [37]

Objetivos de un IFSP

El objetivo de un IFSP es ayudar a la familia a satisfacer las necesidades de desarrollo de su hijo para que el bebé o niño pequeño (desde el nacimiento hasta los tres años) aumente sus capacidades funcionales, gane independencia y movilidad y sea un participante activo en su familia y comunidad. Otro objetivo de la intervención temprana en general es mejorar las capacidades funcionales de un niño, en particular en los dominios de la comunicación, la capacidad cognitiva y el bienestar social/emocional en preparación para el preescolar y más tarde el jardín de infantes, de modo que no sean necesarios servicios de educación especial extensivos para el éxito académico del niño. [38] Una vez que se determina que un bebé o niño pequeño es elegible (cada estado establece sus propios requisitos de elegibilidad), la familia identifica a quién le gustaría que participe como parte del equipo del IFSP. La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA), Parte C, requiere que el equipo del IFSP esté formado por la familia y al menos dos profesionales de intervención temprana de diferentes disciplinas (uno de ellos siendo el coordinador de servicios), de acuerdo con el CFR §303.343(a)(1)(iv). Sin embargo, la familia puede optar por incluir a otros miembros en el equipo, como el pediatra del niño, un proveedor de servicios de intervención temprana que pueda estar trabajando con el niño, un padre defensor o un amigo/familiar de confianza.

El equipo del IFSP trabaja con la familia para crear un "plan de servicios" que aborde los déficits del bebé o niño pequeño y ayude a la familia a alcanzar sus objetivos para el desarrollo de su hijo (y de la familia). El equipo utiliza la información que proporciona la familia, así como los resultados de al menos dos evaluaciones, todos los registros médicos disponibles y la opinión clínica informada de los profesionales que forman parte del equipo del IFSP. Luego se crea un IFSP inicial con la familia. [37] Un IFSP describirá lo siguiente:

  1. los niveles actuales de desarrollo físico, cognitivo, comunicativo, social o emocional y adaptativo del niño;
  2. los recursos, prioridades y preocupaciones de la familia para ayudar en el desarrollo de su hijo;
  3. El resultado final deseado para el niño y para la familia (metas/resultados), así como los pasos necesarios para lograr dicho resultado final (objetivos). El plan será monitoreado y evaluado trimestralmente para medir el progreso. Si la familia decide revisar las metas o el plan, incluirá actualizaciones como adiciones revisadas al plan.
  4. Los servicios de intervención temprana para el niño y la familia, incluida la frecuencia y el método en que el niño y la familia recibirán los servicios, los diferentes entornos en los que se prestarán los servicios y la justificación de los servicios que no se prestan en el "entorno natural" según lo define la IDEA (el lugar donde un niño sin discapacidad pasaría la mayor parte de su tiempo). Por ejemplo, la familia podría haber solicitado recibir servicios para el niño en una guardería o en su casa.
  5. la fecha en que comenzarán los servicios y su duración prevista. [39]
  6. la identificación del coordinador de servicios de la profesión más inmediatamente relevante para las necesidades de la familia del bebé o niño pequeño, la persona que será responsable de la implementación y coordinación del plan con las demás agencias y personas. [39]
  7. Para los niños pequeños que se acercan al tercer cumpleaños, el IFSP incluirá un plan de transición que describe los pasos, las actividades y los servicios necesarios para apoyar la transición del niño con una discapacidad al preescolar u otros servicios apropiados. [39]

En resumen, una clave para un IFSP eficaz es incluir resultados que "aborden el bienestar de toda la familia y no solo resultados diseñados para beneficiar el desarrollo del niño". [37] Por esta razón, el IFSP tendrá inherentemente objetivos que están diseñados tanto para la familia como para el niño. [40] El coordinador de servicios ayudará al equipo de proveedores de servicios de intervención temprana a redactar objetivos que satisfagan las prioridades y preocupaciones de la familia.

Diferencias entre IFSP y IEP

Al redactar el IFSP para un niño, el IFSP puede (pero no siempre lo hará) describir servicios que no sean uno de los diecisiete servicios de intervención temprana obligatorios según la Parte C de la IDEA. [41] Por ejemplo, un padre puede necesitar servicios de asesoramiento para superar una depresión debilitante con el fin de cuidar mejor al bebé o niño pequeño, y estos servicios se incluirán en el plan de la familia. El IEP (Plan Educativo Individualizado) no puede incluir servicios para cumplir con los "objetivos familiares", sino que debe centrarse únicamente en lo que el niño necesita para lograr el éxito académico en un entorno educativo (ya sea que la clase o actividad sea de naturaleza académica o extracurricular).

El Plan de Servicio Familiar Individualizado se diferencia de un Plan Educativo Individualizado en otros aspectos clave:

  1. La elegibilidad para la intervención temprana (desde el nacimiento hasta los tres años) según la Parte C de IDEA la establece cada estado individualmente y a menudo es diferente de la elegibilidad para la educación especial (3 a 22 años) según la Parte B de IDEA.
  2. El IFSP tendrá metas y resultados para la familia y para el desarrollo del bebé/niño pequeño.
  3. Los objetivos del IFSP pueden estar en áreas de desarrollo no académicas, como la movilidad, el cuidado personal y el bienestar social y emocional. [41] El IEP tiene objetivos y resultados solo para el niño y se relaciona completamente con su capacidad para adaptarse y progresar en un entorno educativo. [42]
  4. El IFSP incluye servicios para ayudar a una familia en entornos naturales (no solo en guarderías o preescolares), sino también en el hogar, en la comunidad, etc. Los servicios y actividades del IFSP se pueden adaptar para incluir "la hora de la siesta", "clases de natación para bebés en la YMCA", "salidas a la iglesia", etc. [41] El IEP proporciona servicios únicamente sobre lo que sucede en un entorno preescolar o escolar K-5 o en una excursión o actividad patrocinada por la escuela [42]
  5. El equipo del IFSP cuenta con un coordinador de servicios que ayuda a la familia a desarrollar e implementar el IFSP. [41] El equipo del IEP también cuenta con la participación de la familia, pero el distrito escolar generalmente no proporciona un profesional que la represente y se encargue de la gestión de casos y la coordinación de servicios. La familia deberá comunicarse con la persona designada por el departamento de educación especial.

Ley de prevención y tratamiento del abuso infantil

La Ley de Protección de Niños y Familias de 2003 (PL 108–36) modificó la CAPTA al exigir que los casos de niños abusados ​​y abandonados, o aquellos expuestos pre o postnatalmente a sustancias ilegales, sean derivados a servicios de intervención temprana utilizando fondos de la Parte C de la IDEA. [43] Esta disposición también se refleja en la revisión de 2004 de la IDEA. Específicamente, los estados pueden solicitar dinero de subvención de la IDEA para programas específicos de identificación y derivación.

Los niños maltratados y abandonados están incluidos en la parte C de la IDEA debido al creciente conjunto de pruebas que muestran un mayor riesgo de retraso en el desarrollo entre los niños en el sistema de bienestar infantil. [43] En 2013, hubo un estimado de 679.000 víctimas de abuso y negligencia infantil. [44] Casi la mitad (47%) tenía cinco años o menos. [44] Los resultados de la Encuesta Nacional de Bienestar Infantil y Adolescente (NSCAW) de 2008 informaron que los niños en Bienestar Infantil tenían habilidades cognitivas, conductuales, de vida diaria, lingüísticas, socioemocionales y sociales por debajo del promedio en comparación con sus pares. Un poco menos de la mitad de los niños de cinco años o menos mostraron retraso en el desarrollo. [45] Una evaluación social y emocional realizada a los cuidadores de estos niños mostró que el 34,1% tenía un posible problema y el 27,0% tenía un posible déficit o retraso social/emocional en comparación con el 25% y el 15%, respectivamente, en una población estandarizada. [45] En términos de desarrollo neurológico, los niños que reciben asistencia social corren riesgos similares a los de los bebés prematuros y de bajo peso al nacer. [45] Los niños de esta población obtuvieron una puntuación de casi una desviación estándar por debajo de la media de la herramienta de desarrollo cognitivo temprano utilizada para la evaluación. Las habilidades lingüísticas también cayeron casi una desviación estándar por debajo de la norma. En general, el 42,6% de los niños de uno a cinco años mostraron una necesidad de apoyo para el desarrollo, lo que los hace potencialmente elegibles para servicios de intervención temprana. [45]

Para hacer un seguimiento del cumplimiento de la ley, la Ley de Reautorización de la Ley de Prevención y Tratamiento del Abuso Infantil de 2010 (PL 111–320) exigió que cada estado informara sobre los niños que cumplían los requisitos y sobre aquellos que efectivamente habían sido derivados a EI a partir de 2014. [43] Una encuesta de 2008 de 30 estados participantes realizada por la Asociación de Coordinadores de Bebés y Niños Pequeños de IDEA mostró que el 65% de los niños menores de tres años que sufren abuso o negligencia están siendo examinados rutinariamente para detectar retrasos en el desarrollo. El cincuenta por ciento de los encuestados no sabía si sus derivaciones para la Parte C habían aumentado o disminuido en el año anterior. [46] Como señalaron muchos de los encuestados, el sistema de derivaciones necesita más financiación y una mejor comunicación entre el personal de bienestar infantil.

Relación entre IDEA y la Sección 504

La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 es otra ley que garantiza ciertas protecciones a ciertos estudiantes con discapacidades. El §504 establece que:

"Ningún individuo con una discapacidad que de otro modo esté calificado en los Estados Unidos... será, únicamente por su discapacidad, excluido de la participación en, se le negarán los beneficios de, o será sujeto a discriminación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal...". 29 USC 794(a).

Los beneficiarios de esta asistencia financiera federal incluyen distritos escolares públicos, instituciones de educación superior y otras agencias educativas estatales y locales. Las normas que implementan la Sección 504 en el contexto de las instituciones educativas aparecen en 34 CFR Parte 104 D. [47] La ​​Sección 504 se aplica a todos los programas o actividades, incluidas las escuelas, que reciben asistencia financiera federal. Véase 29 USC 794(b)(2)(B) (que define "programa o actividad" para incluir las operaciones de "agencias educativas locales").

La elegibilidad bajo la §504 es diferente a la de la IDEA. Mientras que la IDEA reconoce trece categorías de discapacidad, la §504 define a las personas con discapacidades como cualquier persona con una condición física o mental que limite sustancialmente al menos una actividad importante de la vida. 29 USC 705(20). También incluye a las personas con antecedentes de dicha discapacidad y a aquellas que se percibe que tienen una discapacidad. La mayoría, si no todos, los niños elegibles bajo la IDEA también tienen derecho a las protecciones de la §504. Las regulaciones promulgadas por el Departamento de Educación ofrecen orientación adicional con respecto a las prohibiciones del estatuto en el contexto de este caso. Consulte 34 CFR 104 et seq .

Al igual que la IDEA, las normas del §504 incluyen disposiciones de "búsqueda de niños". Por lo tanto, los distritos escolares públicos tienen el deber afirmativo de identificar y evaluar a todos los niños con discapacidades que reúnen los requisitos y que residen en la jurisdicción del beneficiario y que no reciben educación pública, y tomar las medidas adecuadas para notificar a las personas con discapacidades y a sus padres o tutores sobre los deberes del beneficiario en virtud del §504. 34 CFR 104.32.

Las normas de la Sección 504 exigen que un distrito escolar proporcione una "educación pública gratuita y apropiada" (FAPE, por sus siglas en inglés) a cada estudiante calificado con una discapacidad que se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito escolar, independientemente de la naturaleza o gravedad de la discapacidad. Según la Sección 504, la FAPE consiste en la provisión de educación regular o especial y ayudas y servicios relacionados diseñados para satisfacer las necesidades educativas individuales del estudiante de manera tan adecuada como se satisfacen las necesidades de los estudiantes sin discapacidades. [48]

Historial legislativo

1975 : Se promulgó la Ley de Educación para Todos los Niños con Discapacidades (EAHCA, por sus siglas en inglés ). En 1990, pasó a llamarse Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA, por sus siglas en inglés).

1990 — La IDEA entró en vigor el 30 de octubre de 1990, cuando la "Ley de Educación de Todos los Niños Discapacitados" (que se había promulgado en 1975) pasó a llamarse "Ley de Educación para Personas con Discapacidades" (Pub. L. No. 101-476, 104 Stat. 1142). La IDEA recibió modificaciones menores en octubre de 1991 (Pub. L. No. 102-119, 105 Stat. 587).

1997 — La ley IDEA recibió importantes modificaciones. La definición de niños discapacitados se amplió para incluir a los niños con retrasos en el desarrollo de entre tres y nueve años de edad. También exigió a los padres que intentaran resolver las disputas con las escuelas y las Agencias Educativas Locales (LEA) a través de la mediación , y proporcionó un proceso para hacerlo. Las modificaciones autorizaron subvenciones adicionales para tecnología, bebés y niños pequeños discapacitados, capacitación de los padres y desarrollo profesional. (Pub. L. No. 105-17, 111 Stat. 37).

2004 — La IDEA fue enmendada por la Ley de Mejora de la Educación para Individuos con Discapacidades de 2004, ahora conocida como IDEIA. Varias disposiciones alinearon la IDEA con la Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás de 2001, firmada por el presidente George W. Bush . Autorizó a quince estados a implementar PEI de 3 años a modo de prueba cuando los padres estén de acuerdo continuamente. Basándose en el informe de la Comisión Presidencial sobre Excelencia en Educación Especial, [49] la ley revisó los requisitos para evaluar a los niños con discapacidades de aprendizaje. También se agregaron disposiciones más concretas relacionadas con la disciplina de los estudiantes de educación especial. (Pub. L. No. 108-446, 118 Stat. 2647).

2008 — En septiembre se promulgó la Ley de Enmiendas a la Ley de Estadounidenses con Discapacidades .

2009 — Tras una promesa de campaña de "financiar la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades", [50] el presidente Barack Obama firmó la Ley de Recuperación y Reinversión Estadounidense de 2009 (ARRA), que incluye 12.200 millones de dólares en fondos adicionales. [51]

2009 — La Ley de Enmiendas a la Ley de Estadounidenses con Discapacidades entró en vigencia el 1 de enero de 2009

Decisiones seleccionadas de la Corte Suprema de Estados Unidos

Distrito Escolar Comunitario de Cedar Rapids contra Garret F.

Cedar Rapids Community School Dist. v. Garret F. 526 U.S. 66 (1999) fue un caso de la Corte Suprema en el que la Corte, basándose en gran medida en Irving Independent School Dist. v. Tatro , 468 US 883 (1984), dictaminó que la disposición de servicios relacionados con la IDEA requería que los distritos escolares públicos financiaran "atención de enfermería continua e individualizada para niños discapacitados" como el niño dependiente de un respirador en este caso, a pesar de los argumentos del distrito escolar sobre los costos de los servicios". [52] : 6  No hay exención por carga indebida. Según la interpretación que hizo el Tribunal de las disposiciones pertinentes de la IDEA, los tratamientos médicos como la succión, los controles del respirador, la cateterización y otros que pueden ser administrados por personal no médico entran dentro de los parámetros de los servicios relacionados con la ley de educación especial. [53] Los defensores de los discapacitados consideraron que la decisión del Tribunal era una "victoria sustancial para las familias de niños con discapacidades". [52] : 6  Se realizaron enmiendas en la Ley de Asociación para la Flexibilidad Educativa de 1999 para aumentar la financiación de la IDEA como resultado del caso. [52] : 6 

Distrito escolar de Forest Grove contra TA

El caso de Forest Grove School District v. TA , 129 S.Ct. 2484 (2009) abordó la cuestión de si los padres de un estudiante que nunca ha recibido servicios de educación especial de un distrito escolar público son potencialmente elegibles para el reembolso de la matrícula de la escuela privada para ese estudiante bajo la IDEA. [54] La Corte Suprema sostuvo que los padres de niños discapacitados pueden solicitar el reembolso de los gastos de educación privada independientemente de si su hijo había recibido previamente servicios de educación especial de una escuela pública. Por una votación de seis a tres, la Corte sostuvo que la IDEA autoriza el reembolso siempre que una escuela pública no brinde una educación pública apropiada y gratuita (FAPE) a un niño discapacitado.

Endrew F. contra el Distrito Escolar del Condado de Douglas

Endrew F. v. Douglas County School District es un caso de la Corte Suprema sobre "el nivel de beneficio educativo que los distritos escolares deben proporcionar a los estudiantes con discapacidades según lo define la IDEA". [55] Los defensores describen el caso como "el problema de educación especial más importante que ha llegado a la Corte Suprema en tres décadas". [56] El 22 de marzo de 2017, la Corte Suprema falló 8-0 a favor de los estudiantes con discapacidades y afirmó que un progreso significativo y "apropiadamente ambicioso" va más allá de lo que habían sostenido los tribunales inferiores. [57]

La Corte Suprema de los Estados Unidos escuchó el "caso potencialmente innovador" presentado por una "pareja del condado de Douglas que afirma que su hijo autista no recibió una educación adecuada en el sistema escolar público como lo exige la ley federal". [58] El acceso a la educación pública a través de IDEA fue afirmado en 1982 en Board of Education v. Rowley , pero la calidad de la educación garantizada para estudiantes con discapacidades bajo IDEA no se había abordado. [58] Este caso de la Corte Suprema tiene el potencial de "afectar la educación de 6,7 millones de niños con discapacidades" mientras la Corte "lucha "por decidir si debe exigir a las escuelas públicas que hagan más bajo una ley federal que les exige proporcionar una educación gratuita que aborde las necesidades de los niños. Hay otros que sostienen que el caso Endrew puede ser aplicable a todos los 76 millones de estudiantes matriculados en las escuelas públicas de los Estados Unidos debido a la Cláusula de Igual Protección de la Enmienda 14. El derecho a una oportunidad educativa igualitaria es uno de los derechos más valiosos que usted tiene, dice ACLU.org. " [59] " [60]

En 2010, Endrew, que asistía a una escuela pública en el Distrito Escolar RE-1 del Condado de Douglas , comenzó a presentar "problemas graves de conducta". Los padres sacaron a su hijo de la escuela pública y lo inscribieron en una escuela privada especializada para niños con autismo con una matrícula anual de 70.000 dólares. [61] La familia solicitó el reembolso de la matrícula alegando que el Distrito Escolar del Condado de Douglas no había cumplido los requisitos de la IDEA. Perdieron su caso ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Colorado y ante el Tribunal de Apelaciones. [61] Su argumento fue que "el estatuto federal solo exige que las escuelas proporcionen a los estudiantes "algún beneficio educativo"". [58]

Los jueces de la Corte Suprema Stephen G. Breyer , Samuel Alito y Anthony M. Kennedy expresaron su preocupación por las implicaciones de la implementación de la IDEA con los cambios en los estándares de calidad de la educación. Breyer advirtió sobre el posible aumento de los costos de los litigios, por ejemplo, las demandas ajenas. [59] Kennedy cuestionó el costo financiero para los distritos con estudiantes con discapacidades graves; Alito consideró la carga para los distritos escolares más pobres. [59]

Sólo dos de los tribunales de circuito habían establecido el estándar de "beneficio educativo significativo". [62] La Corte Suprema decidirá si se debe aplicar un estándar uniforme a nivel nacional. [56] [59]

La jueza Ruth Bader Ginsburg citó el caso Board of Education v. Rowley (1982) 458 U.S. 176 (1982), en el que la Corte sostuvo que las escuelas públicas "no estaban obligadas por ley a proporcionar intérpretes de lenguaje de señas a los estudiantes sordos que de otro modo recibirían una educación igual y adecuada".

Los padres afirmaron que las escuelas deberían proporcionar "oportunidades educativas sustancialmente iguales" y que "[la ley IDEA] no permite que el costo prevalezca sobre lo que la ley exige de otro modo. Las escuelas deberían proporcionar "un nivel de servicios educativos diseñado para permitir que el niño progrese de grado en grado en el currículo general". [59]

Véase también

Referencias

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