Directiva de bases de datos

Directiva de la Unión Europea relativa a la legislación sobre derechos de autor

Directiva 96/9/CE
Directiva de la Unión Europea
TítuloDirectiva sobre la protección jurídica de las bases de datos
Hecho porParlamento Europeo y Consejo
Hecho bajoArtículos 47(2), 55 y 95
Referencia de revistaL77, 27 de marzo de 1996, págs. 20–28
Historia
Fecha de realización11 de marzo de 1996
Entrada en vigor27 de marzo de 1996
Fecha de implementación1 de enero de 1998
Textos preparatorios
Propuesta de la ComisiónC156, 23 de junio de 1992, pág. 4
C308, 15 de noviembre de 1993, pág. 1
Dictamen del CESEC19, 25 de enero de 1993, pág. 3
Opinión del PEC194, 19 de julio de 1993, pág. 144
Legislación vigente

La Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos es una directiva de la Unión Europea en materia de derechos de autor , adoptada en virtud de las disposiciones sobre mercado interior del Tratado de Roma . Armoniza el tratamiento de las bases de datos en el marco de los derechos de autor y el derecho sui generis de los creadores de bases de datos que no están amparadas por los derechos de autor.

A partir de 2022, [actualizar]la directiva se está revisando como parte de una propuesta de Ley de Datos . Las presentaciones públicas cerraron el 25  de junio de 2021 [1] y el 23 de febrero de 2022 se publicó una propuesta de nuevas normas armonizadas sobre datos [2].

Definición de base de datos

El artículo 1(2) define una base de datos como «una colección de obras, datos u otros materiales independientes organizados de manera sistemática o metódica y accesibles individualmente por medios electrónicos o de otro tipo». También se incluyen las bases de datos no electrónicas (párrafo 14 del preámbulo). No se incluyen los programas informáticos utilizados para crear la base de datos (párrafo 23 del preámbulo). La protección de los programas informáticos por derechos de autor se rige por la Directiva 91/250/CEE . [1]

En virtud del artículo 3, las bases de datos que, "por la selección o disposición de su contenido, constituyen una creación intelectual propia del autor" están protegidas por el derecho de autor como colecciones: los Estados miembros no pueden utilizar ningún otro criterio. Esto se desprende del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de 1994, un tratado ampliamente adoptado del que son parte todos los miembros de la Organización Mundial del Comercio . El ADPIC aclara y posiblemente flexibiliza el criterio de protección de las colecciones del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas [2] , que abarca las "colecciones de obras literarias y artísticas" y exige creatividad en la "selección y disposición" de los contenidos: en la práctica, es probable que la diferencia sea leve. Cualquier derecho de autor sobre la base de datos es independiente y no afecta al derecho de autor sobre las entradas.

Los actos restringidos por el derecho de autor son similares a los de otros tipos de obras (art. 5):

  • reproducción temporal o permanente por cualquier medio y en cualquier forma, total o parcial;
  • traducción, adaptación, arreglo y cualquier otra alteración;
  • cualquier forma de distribución al público de la base de datos o de copias de la misma, sujeta al agotamiento de los derechos ;
  • cualquier comunicación, exhibición o actuación pública;
  • cualquier reproducción, distribución, comunicación, exhibición o representación pública de una traducción, adaptación, etc.

Esto no impedirá el uso legal de la base de datos por un usuario legal [artículo 6(1)]: los Estados miembros podrán establecer cualquiera o todas las siguientes limitaciones [artículo 6(2)], además de aplicar cualquier limitación tradicional a los derechos de autor:

  • reproducción para fines privados de una base de datos no electrónica;
  • uso con el único fin de ilustración para la docencia o la investigación científica, siempre que se indique la fuente y en la medida justificada por el fin no comercial que se persiga;
  • utilización para fines de seguridad pública o para fines de un procedimiento administrativo o judicial.

La protección de los derechos de autor suele durar setenta años a partir de la muerte del último autor identificado públicamente. Las obras anónimas o seudónimas obtienen protección durante el período que sea posterior a este, de setenta años a partir de su puesta a disposición del público de forma legal o setenta años a partir de su creación. Si la legislación nacional prevé disposiciones específicas para que las obras colectivas o una persona jurídica (es decir, una entidad corporativa) sean titulares de los derechos, el plazo de protección se calcula de la misma manera que para las obras anónimas o seudónimas, con la excepción de que, si en las versiones puestas a disposición del público se da crédito a personas físicas que hayan creado la obra, el plazo de protección se calcula en función de la vida de esos autores. Art. 1, Directiva 93/98/CEE [3] ).

Implementación

Fuente: [1] [2]

Litigios notables

Junta Británica de Carreras de Caballos

La British Horseracing Board (BHB) fue la demandante en un caso notable (C-203/02). El litigio se refería a la reutilización por parte de terceros de los contenidos de su servicio de suscripción a información sobre carreras de caballos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en 2004 que los recursos utilizados para la creación de materiales que componen el contenido de una base de datos no están protegidos y la BHB perdió el litigio. [3] [4]

Apis-Hristovich EOOD contra Lakorda AD

En 2009 se dictó una sentencia preliminar (caso C-545/07) en respuesta a una remisión a un tribunal búlgaro del Sofiyski gradski sad ( Tribunal Municipal de Sofía ). [5] Apis y Lakorda gestionaban bases de datos de información jurídica. Lakorda había sido creada por antiguos empleados de Apis y Apis alegó que Lakorda había extraído datos de dos módulos de información jurídica de su base de datos. [6] La sentencia examinó el significado de los términos " extracción ", "transferencia permanente" y "transferencia temporal" en relación con los datos, y también estableció que cualquier módulo de una base de datos que pudiera definirse como una base de datos con arreglo a la Directiva debería tratarse como una base de datos en sí mismo. [7]

CV-Online Letonia

En junio de 2021, una sentencia del TJUE (ECLI:EU:C:2021:434) elevó notablemente el umbral para que se produzca una infracción: ahora el demandante debe demostrar que una supuesta "extracción sustancial" también causó un "perjuicio significativo" a su inversión en esa base de datos. El propio caso (C‑762/19) se refería a dos empresas letonas que prestaban servicios de búsqueda de empleo: CV‑Online Latvia y Melons. [8] [9] [10] [11] Husovec y Derclaye opinan que el TJUE ahora "exige que todos los actos de extracción y reutilización deben dar lugar a un riesgo de que el fabricante de la base de datos no pueda recuperar su inversión inicial debido a estas acciones [y que] al considerar el riesgo, los tribunales nacionales deben sopesar los intereses de otras partes como parte de la prueba de infracción". [9]

Véase también

Notas

  1. ^ Directiva 91/250/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1991, sobre la protección jurídica de programas de ordenador, DO L 122, 17 de mayo de 1991, p. 9.
  2. ^ Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas Archivado el 11 de septiembre de 2012 en Wayback Machine.
  3. ^ Directiva 93/98/CEE del Consejo, de 29 de octubre de 1993, relativa a la armonización del plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, DO L 290 de 24 de noviembre de 1993, p. 9.

Referencias

  1. ^ ab Comisión Europea (28 de mayo de 2021). Evaluación de impacto inicial: Ley de datos (incluida la revisión de la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos) — Ares(2021)3527151 (PDF) . Bruselas, Bélgica: Comisión Europea . Consultado el 7 de junio de 2021 . Dirección General: CNECT/G1. Se proporciona la página de destino para la descarga. Nombre de la descarga: 090166e5ddb6bc31.pdf.
  2. ^ ab Comisión Europea, Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas armonizadas relativas al acceso y uso equitativos de los datos (Ley de Datos), COM(2022) 68 final, publicada el 23 de febrero de 2022, consultada el 3 de julio de 2022
  3. ^ Tribunal de Justicia de la Unión Europea (9 de noviembre de 2004). Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 9 de noviembre de 2004 — Asunto C-203/02 — ECLI:EU:C:2004:695. Kirchberg, Luxemburgo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) . Consultado el 19 de marzo de 2021 .
  4. ^ "The British Horseracing Board Ltd and Others v William Hill Organization Ltd: ECJ 9 Nov 2004". swarb.co.uk . West Yorkshire, Reino Unido. 7 de julio de 2018 . Consultado el 19 de marzo de 2021 .
  5. ^ Tribunal Municipal de Sofía, consultado el 3 de julio de 2022
  6. ^ Society for Computers and Law (SCL), Derecho de base de datos: Sentencia del TJUE sobre extracción, publicada el 10 de marzo de 2009, consultada el 3 de julio de 2022
  7. ^ IP-PorTal, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 5 de marzo de 2009, Apis v Lakorda, consultado el 3 de julio de 2022
  8. ^ TJUE (3 de junio de 2021). Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto «CV-Online Latvia» SIA contra «Melons» SIA — Asunto C‑762/19 — ECLI:EU:C:2021:434. Ciudad de Luxemburgo, Luxemburgo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) . Consultado el 18 de marzo de 2022 . 6  páginas.
  9. ^ ab Husovec, Martin; Derclaye, Estelle (17 de junio de 2021). "El acceso a la información y las preocupaciones en materia de competencia entran en el test de infracción del derecho sui generis: el TJUE redefine el derecho a las bases de datos". Blog de derechos de autor de Kluwer . Consultado el 18 de marzo de 2022 .
  10. ^ Synodinou, Tatiana (22 de febrero de 2021). "Motores de búsqueda y bases de datos en busca de un equilibrio: la opinión del Fiscal General en el caso 'CV-Online Latvia'". Blog de derechos de autor de Kluwer . Consultado el 18 de marzo de 2022 .
  11. ^ Hamilton, Chloe (5 de julio de 2021). «La sentencia del TJUE limita el alcance de los derechos de la UE en materia de bases de datos». Mishcon de Reya LLP . Londres, Reino Unido . Consultado el 17 de marzo de 2022 .
  • Texto de la directiva
  • Primera evaluación de la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos, 2005-12-12.
  • Gasaway, L.: Databases and The Law , Curso de derecho del ciberespacio, primavera de 2006, Universidad de Carolina del Norte en Chapel Hill . URL. Consultado el 14 de abril de 2007.
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