Ley de sucesión hindú de 1956 | |
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Parlamento de la India | |
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Citación | Ley 30 de 1956 |
Promulgado por | Parlamento de la India |
Promulgado | 17 de junio de 1956 |
Modificado por | |
Ley de sucesión hindú (modificación) de 2005 | |
Estado: Enmendado |
La Ley de Sucesión Hindú de 1956 es una ley del Parlamento de la India promulgada para modificar, codificar y secularizar la ley relativa a la sucesión intestada o no voluntaria entre hindúes, budistas, jainistas y sijs. [1] La ley establece un sistema uniforme y completo de herencia y sucesión en una sola ley. La ley suprime el patrimonio limitado de la mujer hindú. Toda propiedad que posea una mujer hindú será de su propiedad absoluta y se le otorgará pleno poder para tratarla y disponer de ella por testamento como desee. Algunas partes de esta ley fueron modificadas en diciembre de 2004 por la Ley de Sucesión Hindú (Modificación) de 2005. [ 2]
La presente Ley se aplica a lo siguiente: [1]
En la sección se ofrece una explicación sobre quiénes deben ser considerados hindúes, budistas, jainistas o sijs por religión:
Una persona será tratada como hindú bajo la Ley aunque no sea hindú por religión pero sea, no obstante, una persona a la que se aplica esta Ley según las disposiciones contenidas en esta sección.
Sin embargo, se ha dispuesto que, independientemente de la religión de cualquier persona mencionada anteriormente, la Ley no se aplicará a los miembros de ninguna tribu programada en el sentido de la cláusula (25) del artículo 366 de la Constitución de la India , a menos que el Gobierno central , mediante notificación en el Boletín Oficial , ordene lo contrario. Surajmani Stella Kujur contra Durga Charan Hansdah-SC
Los bienes de un hombre hindú que muera intestado o sin testamento se entregarán primero a los herederos de la Clase I. Si no hay herederos clasificados como Clase I, los bienes se entregarán a los herederos de la Clase II. Si no hay herederos de la Clase II, los bienes se entregarán a los agnados o parientes del difunto a través del linaje masculino. Si no hay agnados o parientes a través del linaje masculino, los bienes se entregarán a los cognados o a cualquier pariente a través del linaje de las mujeres.
Hay dos clases de herederos que están delimitadas por la Ley.
Los herederos de clase I son hijos, hijas, viudas, madre y nietos.
Si hay más de una viuda, varios hijos supervivientes o varios de los otros herederos enumerados anteriormente, a cada uno se le concederá una parte de los bienes del difunto. Asimismo, si la viuda de un hijo fallecido antes, la viuda de un hijo fallecido antes de un hijo fallecido antes o la viuda de un hermano se ha vuelto a casar, no tiene derecho a recibir la herencia.
Los herederos de clase II se clasifican de la siguiente manera y reciben la propiedad del fallecido en el siguiente orden:
En virtud de la Ley de Sucesión Hindú de 1956 [1] , a las mujeres se les concede la propiedad de todos los bienes adquiridos antes o después de la firma de la Ley, con lo que se abolió su condición de "propietarias limitadas". Sin embargo, no fue hasta la Enmienda de 2005 que se permitió a las hijas recibir la misma cantidad de bienes que a los hijos, lo que invariablemente otorga a las mujeres derechos de propiedad.
Los bienes de una mujer hindú que muere intestada o sin testamento se transferirán en el siguiente orden:
Cualquier persona que cometa asesinato queda descalificada de recibir cualquier forma de herencia de la víctima.
Si un familiar se convierte del hinduismo, aún tiene derecho a recibir la herencia. Sin embargo, los descendientes de ese familiar converso no pueden recibir la herencia de sus familiares hindúes, a menos que se hayan convertido al hinduismo antes de la muerte del familiar.
La Ley de Sucesión Hindú (Enmienda) de 2005 [ 2] modificó los artículos 4, 6, 23, 24 y 30 de la Ley de Sucesión Hindú de 1956. Revisó las normas sobre la propiedad copropiedad, otorgando a las hijas del difunto los mismos derechos que a los hijos y sometiéndolas a las mismas obligaciones e inhabilidades. La enmienda promueve esencialmente la igualdad de derechos entre hombres y mujeres hindúes en la sociedad a través de la legislación.