El Consejo Legislativo Imperial ( CLI ) fue el órgano legislativo de la India británica desde 1861 hasta 1947. Fue creado en virtud de la Ley de Gobierno de la India de 1858, que disponía la incorporación de seis miembros adicionales al Consejo del Gobernador General para fines legislativos. De este modo, la ley separó las funciones legislativas y ejecutivas del consejo, y fue este órgano dentro del Consejo del Gobernador General el que pasó a conocerse como el Consejo Legislativo Indio/Central. En 1861 pasó a denominarse Consejo Legislativo Imperial y se aumentó su número.
Durante el gobierno de la Compañía de las Indias Orientales , el consejo del Gobernador General de la India tenía responsabilidades tanto ejecutivas como legislativas. El consejo tenía cuatro miembros elegidos por el Tribunal de Directores. Los tres primeros miembros podían participar en todas las ocasiones, pero el cuarto miembro solo podía sentarse y votar cuando se debatía legislación. En 1858, la Corona británica asumió la administración de la Compañía de las Indias Orientales . El consejo se transformó en el Consejo Legislativo Imperial, y el Tribunal de Directores de la Compañía, que tenía el poder de elegir a los miembros del Consejo del Gobernador General, dejó de tener este poder. En su lugar, el miembro que solo tenía derecho a voto en cuestiones legislativas pasó a ser designado por el Soberano, y los otros tres miembros por el Secretario de Estado para la India .
La Ley de Consejos Indios de 1861 introdujo varios cambios en la composición del Consejo. El consejo pasó a llamarse Consejo Legislativo del Gobernador General o Consejo Legislativo Imperial. Tres miembros debían ser nombrados por el Secretario de Estado para la India y dos por el Soberano. (El poder de nombrar a los cinco miembros pasó a la Corona en 1869). El virrey estaba facultado para nombrar entre seis y doce miembros adicionales. [ cita requerida ] Los cinco individuos nombrados por el Secretario de la India o el Soberano dirigían los departamentos ejecutivos, mientras que los nombrados por el Gobernador General debatían y votaban sobre la legislación.
Indios en el Consejo
Entre 1862 y 1892, se nominaron 45 indios como miembros adicionales no oficiales. De ellos, 25 eran zamindars y siete eran gobernantes de estados principescos . Los demás eran abogados, magistrados, periodistas y comerciantes. [1] [2] [3] La participación de los miembros indios en las reuniones del consejo fue insignificante. [4] [5]
Raja Sir Deo Narayan Singh de Benaras (enero de 1862-1866)
La Ley de Consejos Indios de 1892 aumentó el número de miembros legislativos a un mínimo de diez y un máximo de dieciséis miembros. El Consejo ahora tenía 6 funcionarios, 5 no funcionarios nominados, 4 nominados por los consejos legislativos provinciales de la Presidencia de Bengala , la Presidencia de Bombay , la Presidencia de Madrás y las Provincias del Noroeste y 1 nominado por la cámara de comercio de Calcuta. Los miembros podían hacer preguntas en el Consejo, pero no podían hacer preguntas complementarias ni discutir la respuesta. Sin embargo, estaban facultados para discutir el estado financiero anual con ciertas restricciones, pero no podían votar sobre él.
La Ley de Consejos Indios de 1909 aumentó el número de miembros del Consejo Legislativo a 60, de los cuales 27 debían ser elegidos. Por primera vez, se admitió a indios como miembros y hubo seis representantes musulmanes, la primera vez que se había otorgado tal representación a un grupo religioso.
Propietarios: Raja Sir Rampal Singh de Kurri Sudauli [10]
1920 a 1947
En virtud de la Ley de Gobierno de la India de 1919 , el Consejo Legislativo Imperial se convirtió en una legislatura bicameral, con la Asamblea Legislativa Imperial (también conocida como Asamblea Legislativa Central) como cámara baja de una legislatura bicameral y el Consejo de Estado como cámara alta, que revisaba la legislación aprobada por la Asamblea. No obstante, el Gobernador General conservó un poder significativo sobre la legislación. Podía autorizar el gasto de dinero sin el consentimiento de la Legislatura para fines "eclesiásticos, políticos [y] de defensa", y para cualquier propósito durante "emergencias". Se le permitió vetar, o incluso detener el debate, sobre cualquier proyecto de ley. Si recomendaba la aprobación de un proyecto de ley, pero solo una cámara cooperaba, podía declarar que el proyecto de ley era aprobado a pesar de las objeciones de la otra cámara. La legislatura no tenía autoridad sobre asuntos exteriores y defensa. El Presidente del Consejo de Estado era designado por el Gobernador General; la Asamblea Legislativa Central elegía a su propio Presidente, aparte del primero, pero la elección requería la aprobación del Gobernador General.