Esta es una lista de países que prohíben la experimentación con simios no humanos. El término simio no humano aquí se refiere a todos los miembros de la superfamilia Hominoidea , excluyendo al Homo sapiens . La prohibición en este caso se refiere a la promulgación de decretos formales que prohíben la experimentación con simios no humanos , aunque a menudo con excepciones para escenarios extremos. [a]
La experimentación con grandes simios —una familia más pequeña dentro de la superfamilia de los simios— está actualmente prohibida en la Unión Europea , el Reino Unido y Nueva Zelanda (29 países en total). [1] Estos países han dictaminado que los chimpancés , bonobos , gorilas y orangutanes son tan cognitivamente similares a los humanos que usarlos como sujetos de prueba es poco ético. [2] [3] Austria es el único país del mundo que ha prohibido completamente los experimentos con todos los simios, incluidos los grandes simios y los simios menores , comúnmente conocidos como gibones . [4]
País | Fecha | Ley | Estatuto | Referencias |
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Austria | 2012 | Ley de Experimentación con Animales de 2012 [b] | Un experimento con animales es en cualquier caso ilegal si el experimento se realiza con cualquier especie o subespecie de chimpancés ( Pan troglodytes ), bonobos ( Pan paniscus ) y gorilas ( Gorilla gorilla spp ), y con cualquier especie o subespecie de las familias de orangutanes ( Pongo [c] ) y gibones ( Hylobatidae ). [d] | [5] [6] [7] |
País | Año | Título | Estatuto | Referencias |
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Estados miembros de la Unión Europea | 2013 | Directiva 2010/63/UE de la UE | La utilización de grandes simios, por ser la especie más próxima a los seres humanos y con las capacidades sociales y de comportamiento más avanzadas, sólo debería permitirse con fines de investigación destinados a la conservación de dichas especies y cuando esté justificada la actuación en relación con una enfermedad debilitante y potencialmente mortal que ponga en peligro a los seres humanos, y ninguna otra especie o método alternativo sea suficiente para alcanzar los objetivos del procedimiento. El Estado miembro que alegue tal necesidad deberá facilitar la información necesaria para que la Comisión pueda adoptar una decisión. | [8] |
Nueva Zelanda | 1999 | Ley de bienestar animal de 1999 | Ninguna persona podrá realizar ninguna investigación, prueba o enseñanza que implique el uso de un homínido no humano a menos que dicho uso haya sido previamente aprobado por el Director General y la investigación, prueba o enseñanza se lleve a cabo de conformidad con las condiciones impuestas por el Director General. El Director General no debe dar su aprobación a menos que esté convencido de que el uso del homínido no humano en la investigación, prueba o enseñanza redunda en el mejor interés del homínido no humano; o de que el uso del homínido no humano en la investigación, prueba o enseñanza redunda en el interés de la especie a la que pertenece el homínido no humano y de que los beneficios que se derivarán del uso del homínido no humano en la investigación, prueba o enseñanza no se ven superados por el daño probable al homínido no humano. | [9] |