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Los fueros de Bearn son una serie de textos jurídicos (privilegios, sentencias, sentencias judiciales, decretos, formularios) recopilados a lo largo de siglos (principalmente del siglo XI al XIII) en el vizcondado de Bearn . Juntos formaron la constitución de Bearn en el momento de su primera versión completa conocida en el siglo XV.
Porque es una palabra gascona derivada del latín forum , concretamente del Forum Iudicium , que era la ley de los visigodos .
El primero de los foros fue una carta promulgada hacia 1080 por Centule V para la repoblación de la antigua ciudad de Iluro ( Oloron ). Esta fue la semilla del futuro Foro de Oloron, que otorgaba a la ciudad una comuna . En 1102, Gastón IV concedió un privilegio a su capital de Morlaas , el núcleo de un futuro Foro de Morlaas similar. Finalmente, en 1188, Gastón VI promulgó el Foro General, aplicable en todo el Béarn. Este foro incluía varias dispensas que se habían acumulado en la segunda mitad del siglo.
En la primera mitad del siglo XIII, los vizcondes Guillermo Raimundo y Gastón VII dictaron una serie de foros para cada uno de los valles pirenaicos :
En el siglo XVI, cuando el Béarn se unió al Reino de Navarra , los monarcas Enrique II y Juana III reorganizaron y mejoraron el Fors . En 1620, Luis XIII incorporó el Béarn a la corona francesa , pero conservó el Fors , que continuó gobernando el vizcondado hasta su abolición durante la Revolución Francesa en 1789.