Confiscación española

El sepulcro de Ermengol X (1274-1314), conde de Urgell y vizconde de Àger , fue vendido en el siglo XIX durante la Desamortización de Mendizábal y actualmente se exhibe en los Claustros de la ciudad de Nueva York .
El patio renacentista del Castillo de Vélez-Blanco (c. siglo XVI), que fue vendido a los Estados Unidos durante la desamortización liberal de 1903 y que hoy se encuentra en el Museo Metropolitano de Arte de Nueva York. [1]

La desamortización española fue la confiscación y venta de bienes por parte del gobierno español, incluidos los de la Iglesia católica , desde finales del siglo XVIII hasta principios del siglo XX. Fue un largo proceso histórico, económico y social que comenzó con la llamada "Desamortización de Godoy" en 1798 (aunque había un precedente anterior durante el reinado de Carlos III de España ) y finalizó el 16 de diciembre de 1924.

La confiscación consistía en la expropiación forzosa de tierras y propiedades a los " muertos " (es decir, la Iglesia católica y las órdenes religiosas , que las habían acumulado a partir de concesiones, testamentos e intestados ) y de los municipios. El gobierno luego vendía la propiedad en el mercado o mediante subastas públicas . [2] Un fenómeno similar ocurrió en otros países, como México . [nota 1]

El principal objetivo en España era obtener dinero para pagar los títulos de deuda pública, conocidos como vales reales, que el Estado emitía para financiarse. El gobierno también esperaba aumentar la riqueza nacional, crear una burguesía y una clase media de agricultores que fueran dueños de las tierras que cultivaban y fomentar las condiciones capitalistas (por ejemplo, la privatización y un sistema financiero fuerte) para que el Estado pudiera recaudar más impuestos. La confiscación fue una de las armas políticas con las que los liberales españoles modificaron el sistema de propiedad del Antiguo Régimen durante la primera mitad del siglo XIX.

Confiscación en el Antiguo Régimen

Propuestas de Olavide y Jovellanos

Un retrato de Pablo de Olavide de Juan Moreno Tejada, pintado antes de 1805.

Los funcionarios atribuyeron las dificultades de la agricultura española durante el Antiguo Régimen a la cantidad de propiedades amortizadas en poder de los "manantiales muertos" (principalmente la Iglesia y los municipios). Estas tierras estaban generalmente mal cultivadas y permanecían fuera del mercado porque eran inalienables , es decir, no podían venderse, hipotecarse o regalarse. Esto llevó a un aumento en el precio de la tierra "libre", y la propiedad amortizada no estaba sujeta a impuestos debido a los privilegios de sus propietarios. [3] En un informe de 1787, José Moñino , el primer conde de Floridablanca y ministro de Carlos III , se quejó de "daños importantes de la amortización". [4]

Pablo de Olavide y Gaspar Melchor de Jovellanos propusieron la venta de solares en desuso : terrenos municipales baldíos y deshabitados que generalmente se utilizaban como pasto para el ganado.

Olavide consideraba que la protección otorgada al ganado era una causa del atraso agrícola y defendía que "todas las tierras debían ser explotadas". Según su propuesta, los solares en desuso se venderían principalmente a los ricos, porque tenían medios para cultivar la tierra, y un número menor se reservaría para los agricultores que tuvieran dos yuntas de bueyes. Los ingresos se utilizarían para establecer una caja de ahorros provincial que proporcionaría fondos para obras públicas como carreteras, canales y puentes. [5]

Gaspar Melchor de Jovellanos , retratado por Goya .

La propuesta de Jovellanos era mucho más radical, pues a diferencia de Olavide —que abogaba por la venta sólo de solares en desuso, respetando así los recursos municipales— él proponía privatizar los «terrenos consistoriales», entre los que se encontraban las propiedades municipales que reportaban ingresos fiscales. Jovellanos, ferviente partidario del liberalismo económico , defendía la venta «libre y absoluta» de estas propiedades, sin distinciones entre los potenciales compradores. A diferencia de Olavide, no le preocupaba la posibilidad de que las tierras pasaran a manos de unos pocos magnates, pues, como apunta Francisco Tomás y Valiente , consideraba «un bien en sí mismo» la «liberación» de solares en desuso y tierras consistoriales. Las ideas de Jovellanos, que tuvieron una amplia difusión a través de su Informe sobre la Ley Agraria de 1795 , influyeron mucho más en los liberales que impulsaron las desamortizaciones del siglo XIX que las propuestas de Olavide, que no tuvieron tanta difusión. [6]

Olavide y Jovellanos no abogaban por la confiscación de los bienes de la Iglesia, pero sugirieron limitar, por medios pacíficos, la adquisición de más tierras para las instituciones eclesiásticas. Esta propuesta fue rechazada por la Iglesia y por la mayoría de los miembros del Consejo Real cuando se sometió a votación en junio de 1766. Dos folletos en defensa de la misma fueron incluidos en el Index Librorum Prohibitorum de la Inquisición Española : Informe sobre el Derecho Agrario (1795), de Jovellanos, y Tratado del Pago de la Amortización de los Regalías (1765), de Pedro Rodríguez, conde de Campomanes . [7]

Carlos III

En un esfuerzo por sofocar los disturbios de Esquilache en la primavera de 1766, el corregidor - intendente de Badajoz ordenó el arrendamiento de las propiedades de la ciudad a los "vecinos necesitados", con prioridad para los jornaleros que pudieran trabajar la tierra. El X conde de Aranda , recién nombrado por Carlos III, extendió la medida mediante decreto real a toda Extremadura el 2 de mayo de 1766, y a todo el reino el año siguiente. Una orden posterior en 1768 explicó que la medida estaba destinada a servir a los agricultores y trabajadores más pobres, para promover el "bien común". [8] Sin embargo, la medida fue derogada el 26 de mayo de 1770.

En rigor, esta medida no fue una desamortización, pues las tierras en cuestión no se vendieron, sino que se arrendaron y quedaron en propiedad de los municipios. El real decreto que la sustituyó priorizó los arrendamientos "a los jornaleros de una, dos y tres yugos", abandonando así la finalidad social inicial. Para justificar el cambio, el gobierno aludió a "problemas que se han seguido en la práctica de las diversas disposiciones dictadas con anterioridad sobre reparto de tierras", haciendo referencia a que muchos jornaleros y campesinos pobres que habían recibido parcelas de tierra no habían podido cultivarlas adecuadamente y carecían de medios para pagar los censos, ya que el decreto original no iba acompañado de préstamos.

Olavide —que había criticado abiertamente las primeras medidas porque creía que los beneficiarios carecían de medios para aprovechar plenamente las tierras— pasó a dirigir proyectos en Andalucía y Sierra Morena , en los que los colonos recibieron dinero suficiente para comenzar a cultivar las tierras que se les concedieron, y estuvieron inicialmente exentos de impuestos y censos. [9]

Como señaló Francisco Tomás y Valiente, las acciones de Carlos III estaban motivadas más por preocupaciones económicas (la necesidad de cultivar tierras baldías) que por un deseo de reforma social. Sin embargo, estaban conectadas con un objetivo más amplio: reformar la economía agrícola de España. [10]

Confiscación de Godoy

Durante el reinado de Carlos IV , en septiembre de 1798, se puso en marcha la Desamortización de Godoy, a cargo de Mariano Luis de Urquijo y Miguel Cayetano Soler, secretario de Hacienda (que había ocupado ese cargo durante el gobierno de Manuel Godoy , destituido del poder seis meses antes). [11] Carlos IV obtuvo permiso de la Santa Sede para expropiar tierras pertenecientes a los jesuitas y otras entidades religiosas, incluidos hospitales, hospicios y colegios residenciales. En conjunto, las desamortizaciones supusieron una sexta parte de los bienes de la Iglesia. [12]

Francisco Tomás y Valiente calificó la Desamortización de Godoy como un punto de inflexión en la vinculación de la desamortización a los problemas de la deuda pública, a diferencia del planteamiento adoptado por Carlos III, que la presentó como una forma de reformar (en una medida muy limitada) la economía agraria. Las posteriores desamortizaciones liberales del siglo XIX continuaron el planteamiento de la Desamortización de Godoy, no el de Carlos III. [13]

La confiscación en el siglo XIX

José Bonaparte (1808-1813)

El 18 de agosto de 1809, José Bonaparte ordenó la supresión de «todas las órdenes regulares, monásticas, mendicantes y clericales», cuyos bienes pasarían automáticamente a ser propiedad de la nación. Numerosas instituciones religiosas fueron disueltas sin que se tuviera en cuenta el derecho canónico .

Bonaparte también ordenó una confiscación menor, que no se apoderó de la propiedad, sino de los ingresos derivados de la misma. El dinero se destinó a apoyar a las tropas francesas en las guerras napoleónicas . Esta confiscación finalizó en 1814. [14]

Cortes de Cádiz (1810-1814)

José Canga Argüelles , interpretado por José Cabana.

En marzo de 1811, los diputados de las Cortes de Cádiz reconocieron la enorme deuda acumulada en forma de vales reales durante el reinado de Carlos IV, una deuda que el secretario de Hacienda en funciones, José Canga Argüelles , estimó en 7.000 millones de reales. Tras rechazar el argumento de que los vales reales solo debían reconocerse por su valor de mercado, que estaba muy por debajo de su valor nominal y habría llevado a la quiebra a los tenedores e imposibilitado la obtención de nuevos préstamos, las Cortes de Cádiz aprobaron una propuesta hecha por Argüelles. La propuesta exigía la confiscación de ciertos bienes de las manos muertas, que luego serían subastados. Dos tercios del precio de la subasta se destinarían al pago de los títulos de deuda nacional, que incluían los vales reales del reinado anterior, así como nuevos "bonos de crédito liquidado", que se emitieron a partir de 1808 para sufragar los gastos de la Guerra de la Independencia Española . El resto de los ingresos de la subasta se dedicó al pago de los intereses y el capital de la deuda nacional. [15]

El 4 de enero de 1813, un decreto ordenaba la confiscación de todos los solares en desuso para "dar un alivio" a los ciudadanos que no poseían tierras y "dar un premio a los defensores meritorios de la patria". Para lograr tres objetivos a la vez -fiscal, patriótico y social-, el decreto dividía en dos la propiedad confiscada. La primera parte se vendería en subasta y el producto de la misma se utilizaría para pagar la deuda nacional. La segunda se dividiría en lotes de tierra que se entregarían gratuitamente a los que hubieran servido en la guerra y, a cambio de un canon, a los ciudadanos sin tierras. Si estos últimos no pagaban el canon, perdían el lote asignado, lo que menoscababa el objetivo social proclamado en el decreto.

En un decreto de 13 de septiembre de 1813, que incluía la propuesta de Argüelles, se aplicó el término de «bienes nacionales» a los bienes que debían ser desamortizados. Entre los destinatarios de la desamortización se encontraban los partidarios de Manuel Godoy, los franceses, los caballeros hospitalarios y cuatro órdenes militares españolas (la Orden de Santiago , la Orden de Alcántara , la Orden de Calatrava y la Orden de Montesa ); los conventos y monasterios suprimidos o destruidos durante la guerra; las alquerías de la Corona, excepto los sitios destinados al servicio y recreo del rey; y la mitad de los solares municipales en desuso. [16] Este decreto nunca se llevó a cabo a causa del retorno de Fernando VII y del Estado absoluto , según Francisco Tomás y Valiente, pero estableció los principios y mecanismos jurídicos de las desamortizaciones posteriores. [17]

Trienio Liberal (1820-1823)

En 1820, tras la restauración de la Constitución de 1812 , el Trienio Liberal se enfrentó de nuevo al problema de la deuda nacional, que no se había resuelto durante seis años de gobierno absolutista (1814-1820). El 9 de agosto de 1820, las nuevas cortes revalidaron el decreto de las Cortes de Cádiz del 13 de septiembre de 1813, pero añadieron a la lista de objetos de desamortización las propiedades obtenidas en la Inquisición española . El nuevo decreto se diferenciaba de los anteriores en que medía los vales reales por su valor nominal, que era muy superior al valor de mercado. [18]

Como el valor de mercado de los títulos de deuda era tan bajo en comparación con su valor nominal, el dinero que pagaban los compradores era mucho menor que el precio tasado, en algunos casos menos del 15 por ciento del valor nominal. Como resultado, en 1823 algunos diputados propusieron suspender el decreto de confiscación y entregar la propiedad de las propiedades en cuestión a sus arrendatarios. Uno de estos diputados declaró que "las granjas habían sido tomadas por ricos capitalistas, y éstos, una vez que se habían apoderado de ellas, habían hecho un nuevo contrato de arrendamiento, generalmente aumentando la renta a los pobres agricultores, amenazándolos con arruinarlos si no pagaban a tiempo". Pero a pesar de las críticas, el proceso de confiscación continuó sin cambios. [19]

Por orden de 8 de noviembre de 1820 (que sería sustituida por otro decreto de 29 de junio de 1822), el Trienio revivió el decreto de las Cortes de Cádiz de 4 de enero de 1813 sobre la venta de tierras y bienes no utilizados de los municipios. [20] Un decreto de 1 de octubre de 1820 también incluía la desamortización eclesiástica, que las Cortes de Cádiz no habían abordado. Este decreto afectaba a los monasterios de las órdenes monásticas; los canónigos regulares de San Benito , San Agustín y los Premonstratenses ; los conventos y colegios de las órdenes militares, los Caballeros Hospitalarios y las Órdenes de San Juan de Dios y los Hermanos Belenistas ; y "todos los demás hospitales de cualquier clase". Sus bienes e inmuebles fueron "aplicados al crédito público" como "bienes nacionales" sujetos a desamortización inmediata. Unos días después, el 11 de octubre de 1820, se dictó una ley que prohibía la compra de bienes inmuebles mediante manos muertas, medida defendida por primera vez en el siglo XVIII por Rodríguez y Jovellanos. [21]

Desamortización de Mendizábal (1836-1837)

Primer Ministro Juan Álvarez Mendizábal .

Juan Álvarez Mendizábal (primer ministro de la reina regente María Cristina ) y Pascual Madoz (ministro de Hacienda de la reina Isabel II ) fueron los responsables de las dos desamortizaciones liberales más importantes. [12] La desamortización eclesiástica de Mendizábal de 1836 , en particular, tuvo importantes consecuencias para la historia económica y social de España.

La repartición de las tierras quedó en manos de comités municipales, que aprovecharon su poder para crear grandes lotes que sólo estaban al alcance de oligarcas muy ricos. [14] Los pequeños agricultores no podían participar en licitaciones competitivas, y las tierras fueron compradas por nobles y burguesías urbanas, impidiendo el desarrollo de una verdadera clase media que pudiera sacar a España del estancamiento. [22]

Como la confiscación se aplicaba únicamente a los miembros regulares del clero, la Iglesia decidió excomulgar tanto a los vendedores como a los compradores de las tierras. Como resultado, la mayoría de la gente optó por no comprar lotes directamente, sino que hicieron sus compras a través de intermediarios o testaferros . [12]

Desamortización de Espartero (1841)

El 2 de septiembre de 1841, el recién nombrado regente, Baldomero Espartero , ordenó la desamortización de los bienes de la Iglesia y de las órdenes religiosas, mediante un proyecto de ley redactado por el ministro de Hacienda, Pedro Surra Rull. La ley fue derogada tres años después.

En 1845, durante la Década Moderada , el gobierno intentó restablecer las relaciones con la Iglesia, lo que llevó a la firma del Concordato de 1851 .

Confiscación de Madoz (1855)

Durante el bienio progresista (al frente del cual estuvieron Espartero y Leopoldo O'Donnell ), el ministro de Hacienda Madoz llevó a cabo una nueva desamortización, que se ejecutó con mayor control que la de Mendizábal. La orden se publicó en La Gaceta de Madrid el 3 de mayo de 1855, y la instrucción para llevarla a cabo se dio el 31 de mayo. Incluía las tierras y censos del estado; del clero; de las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Montesa y San Juan de Jerusalén; de cofradías , santuarios y ermitas; de un antiguo infante , don Carlos ; y de las manos muertas. Quedaron exentos los colegios religiosos y hospitales de Juan de Dios porque reducían el gasto gubernamental en estas áreas.

La desamortización había sido durante mucho tiempo un tema de enfrentamiento entre conservadores y liberales, pero llegó un momento en que todos los partidos políticos reconocieron la necesidad de dar un uso a los bienes ociosos para favorecer el desarrollo económico de España. La aplicación de la ley Madoz se suspendió el 14 de octubre de 1856, pero se reanudó dos años después, el 2 de octubre de 1858, siendo O'Donnell presidente del Consejo de Ministros. Los cambios de gobierno no afectaron a las subastas, que continuaron hasta finales de siglo.

Aunque la Desamortización de Mendizábal ha recibido más atención de los historiadores por su duración y repercusiones sociales, la desamortización de Madoz implicó muchas más ventas. [14] En 1867 se vendieron 198.523 propiedades rústicas y 27.442 propiedades urbanas. El Estado recaudó 7.856.000.000 de reales entre 1855 y 1895, casi el doble de lo obtenido en la desamortización de Mendizábal. El dinero se destinó principalmente al déficit presupuestario, al pago de la deuda pública y a obras públicas, reservándose 30 millones de reales anuales para la «reconstrucción y reparación» de algunas iglesias.

La ley Madoz ha sido llamada desamortización civil, pero no es así. En realidad, se subastaron un gran número de fincas que habían sido propiedad común del pueblo, pero muchas más de las propiedades vendidas habían pertenecido a la Iglesia, y especialmente al clero secular . No obstante, la desamortización de las fincas pertenecientes a los españoles rurales que dependían en gran medida de ellas condenó a millones de personas a la emigración y a la proletarización en las ciudades. De todas las propiedades subastadas, se calcula que el 35% pertenecía a la Iglesia, el 15% a la caridad y el 50% a los municipios. [ cita requerida ]

El Estatuto Municipal de 1924, impulsado por José Calvo Sotelo , derogó las leyes desamortizadoras y puso así fin a la Desamortización de Madoz.

Consecuencias

Social

En la época de las desamortizaciones, España podía dividirse aproximadamente en una zona sur con predominio de grandes propiedades y una zona norte de granjas de tamaño pequeño y mediano. Según el historiador Richard Herr, un resultado de las desamortizaciones fue que la demografía de las dos regiones divergió drásticamente en función del tamaño de los lotes puestos a subasta, y la estructura de la propiedad de la tierra cambió. [23] Los lotes pequeños eran comprados típicamente por los habitantes de los pueblos cercanos, mientras que los lotes más grandes eran adquiridos por españoles ricos que vivían en ciudades, a menudo muy lejos. [23] En el sur, muy pocos pequeños agricultores tenían los recursos financieros para pujar por las grandes propiedades, lo que reforzó el latifundismo de la región . En el norte, sin embargo, esto no sucedió en general. [23]

Otra consecuencia fue la privatización de las propiedades comunales que habían pertenecido a los municipios. Muchos agricultores se vieron privados de los recursos de los que dependían para sobrevivir (por ejemplo, leña y pastos), lo que impulsó la emigración de la población rural a las zonas industrializadas del país o a las Américas. Esta migración alcanzó su punto máximo a fines del siglo XIX y principios del XX.

Religioso

Las desamortizaciones supusieron también la exclaustración de miles de religiosas por parte del gobierno del conde de Toreno . La Real Orden de Exclaustración Eclesiástica de 1835, emitida el 25 de julio, suprimió los conventos con menos de doce miembros profesos. El 8 de marzo de 1836, un nuevo decreto suprimió prácticamente todos los monasterios (con algunas excepciones, como los escolapios y los hospitalarios ), y un decreto del 29 de julio de 1837 hizo lo mismo para los conventos femeninos (excepto el de las Hermanas de la Caridad ). [24]

Julio Caro Baroja ha llamado la atención sobre la figura del sacerdote anciano exclaustrado, que —a diferencia de los jóvenes, muchos de los cuales se unieron a los carlistas o a la Milicia Nacional— vivía «soportando su miseria, demacrados, enseñando latín en las escuelas, o haciendo otros trabajos mal pagados». [25] Así, además de las consecuencias económicas, la supresión de las órdenes religiosas tuvo un «enorme impacto en la historia social de España». Caro Baroja cita al progresista liberal Fermín Caballero, quien escribió en 1837, poco después de la secularización, que «la extinción total de las órdenes religiosas es el paso más gigantesco que ha dado España en el tiempo actual; es el verdadero acto de reforma y revolución». [26]

Las desamortizaciones también cambiaron el aspecto de las ciudades españolas al secularizarlas. Por ejemplo, Salustiano de Olózaga, gobernador vasco de Madrid , derribó allí 17 conventos. [27]

Económico

Las desamortizaciones permitieron recaudar más de 14 billones de reales en subastas, mejorando así las finanzas públicas. También aumentaron la productividad agrícola y la superficie cultivada del país, y mejoraron y especializaron los cultivos mediante nuevas inversiones de los terratenientes. En Andalucía , por ejemplo, la producción de olivar y vino creció considerablemente. Sin embargo, estas ganancias estuvieron acompañadas de los efectos negativos de la deforestación . [28]

Además, la mayoría de los españoles comunes sufrieron debido al daño causado a la economía de subsistencia cuando las tierras comunales que habían sido utilizadas principalmente para el pastoreo pasaron a manos privadas. [29]

Cultural

El Museo de Bellas Artes de Sevilla alberga una amplia colección de arte sacro desamortizado en conventos y monasterios de Sevilla. El edificio en sí fue antiguamente un convento.

Muchos cuadros (incluidos algunos románicos ) y bibliotecas monacales se vendieron a bajo precio y acabaron exportándose a otros países, aunque muchos libros también acabaron en bibliotecas públicas o universidades. Otros cayeron en manos privadas y se perdieron.

Las desamortizaciones dejaron en ruinas numerosos edificios de interés artístico, como iglesias y monasterios, pero otros, como la iglesia de San Martín en Cuéllar , fueron conservados como museos u otras instituciones públicas. [29]

Político

Uno de los objetivos de las desamortizaciones del siglo XIX era consolidar el régimen liberal. Sin embargo, aunque los compradores de propiedades en el norte formaron una nueva clase de pequeños y medianos terratenientes que apoyaban al régimen, el objetivo se vio socavado por la adquisición por parte de los grandes terratenientes de la mayoría de las parcelas desamortizadas en el sur de España. [22]

Alrededor de la mitad de las tierras confiscadas pertenecían a campesinos y otras personas rurales, y las zonas rurales todavía representan el 90% del territorio de España. [30] Estas tierras comunales sustentaban la precaria economía de los campesinos, y su confiscación significó la destrucción de su modo de vida y autogobierno. [31] [32]

Ecológico

Como resultado de las confiscaciones, millones de hectáreas de bosque cayeron en manos privadas y fueron taladas y aradas, causando un daño ambiental inmenso que todavía es visible hoy en día. De hecho, el costo de la reforestación , que se prolongó durante 70 años, supera con creces lo que se obtuvo de las ventas.

Las desamortizaciones del siglo XIX fueron uno de los mayores desastres medioambientales de los últimos siglos en la península Ibérica . La desamortización de Madoz, en particular, supuso la privatización de enormes extensiones de bosques de propiedad pública. Los oligarcas que compraron las tierras pagaron, en su mayor parte, con la madera obtenida de ellas. Gran parte de la deforestación de la península Ibérica se produjo en esa época, lo que llevó a la extinción de muchas especies vegetales y animales de la región. [33]

Otro

La desamortización de los conventos contribuyó a la modernización de las ciudades españolas, transformándolas de ciudades dominadas por estructuras religiosas en ciudades burguesas con edificios más altos y nuevos espacios públicos. Muchos antiguos conventos se convirtieron en edificios públicos, incluidos museos, hospitales, oficinas y cuarteles. Otros fueron demolidos para dar paso a calles, plazas e incluso aparcamientos de varios pisos. Otros se convirtieron en parroquias o, a través de subastas, pasaron a manos privadas. [34]

Muchos monumentos antiguos, principalmente en Castilla y Madrid, fueron demolidos durante o como consecuencia de las desamortizaciones liberales.

Véase también

Notas

  1. ^ Por ejemplo, en México , la Ley de desamortización de las propiedades rústicas y urbanas de las corporaciones civiles y religiosas de México , apodada ley lerdo , fue expedida el 25 de junio de 1856 por el presidente Ignacio Comonfort . [1] 500 años de México en documentos: Ley Lerdo. Ley de desamortización de propiedades de la iglesia y corporaciones

Referencias

Notas al pie

  1. ^ "Castillo de Vélez-Blanco. Historia de un robo." historia-y-arte.com
  2. Francisco Tomás y Valiente (1972). El Marco Político de la Desamortización en España . pag. 44.
  3. Tomás y Valiente (1972), pág. 12-15.
  4. Tomás y Valiente (1972), pág. 15.
  5. Tomás y Valiente (1972), pág. 16-18.
  6. Tomás y Valiente (1972), pág. 20-23.
  7. Tomás y Valiente (1972), pág. 23-31.
  8. Tomás y Valiente (1972), pág. 31-32.
  9. Tomás y Valiente (1972), pág. 34-36.
  10. Tomás y Valiente (1972), pág. 36-37.
  11. Tomás y Valiente (1972), pág. 116-117.
  12. ↑ abc Escudero, José Antonio (1995). Curso de historia del derecho . Madrid.{{cite book}}: Mantenimiento de CS1: falta la ubicación del editor ( enlace )
  13. Tomás y Valiente (1972), pág. 46-47.
  14. ^ abc Tomás y Valiente, F.; Donézar, J; Rueda, G; Moro, JM (1985). "La desamortización". Cuadernos historia . 16 (8). ISBN 84-85229-76-2.
  15. Tomás y Valiente (1972), pág. 48-52.
  16. Tomás y Valiente (1972), pág. 52.
  17. Tomás y Valiente (1972), pág. 53-54.
  18. Tomás y Valiente (1972), pág. 66-67.
  19. Tomás y Valiente (1972), pág. 69.
  20. Tomás y Valiente (1972), pág. 67-68.
  21. Tomás y Valiente (1972), pág. 70-71.
  22. ^ ab Historias Siglo XX. "Evolución económica y social. El arranque del movimiento obrero (1833-1875)".
  23. ↑ abc Richard Herr: España contemporánea, Marcial Pons, Ediciones de Historia SA, Madrid, 2004, ISBN 84-95379-75-9 . 
  24. Julio Caro Baroja (1980). Introducción a una historia contemporánea del anticlericalismo español . págs. 160-161.
  25. Julio Caro Baroja (1980). Introducción a una historia contemporánea del anticlericalismo español . pag. 161.
  26. Julio Caro Baroja (2008) [1980]. Introducción a una historia contemporánea del anticlericalismo español . pag. 159.
  27. Julio Caro Baroja (2008). Caro Baroja . pag. 160.
  28. Francisco Tomás y Valiente: El proceso de desamortización de la tierra en España , Agricultura y sociedad, ISSN 0211-8394, Nº 7, 1978, pp. 11-33
  29. ↑ ab Francisco Martí Gilabert: La desamortización española , Ediciones Rialp SA, 2003, ISBN 84-321-3450-3 
  30. ^ Ministerio de Medio Ambiente y Asuntos Rurales y Marinos. COAG. Publicación de la UAP (12 de febrero de 2009). «Población y Sociedad Rural» (PDF) .
  31. ^ "Iura Vasconiae. Por FEDHAV" (PDF) . 2004. ISSN  1699-5376.
  32. ^ Margarita Serna Vallejo. Revista Iura Vasconiae, FEDHAV (2004). "Ensayo sobre la propiedad comunal" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 21 de noviembre de 2014.
  33. ^ Instituto Saavedra Fajardo. www.murciaeduca.es. «Tema 11: La doble desamortización civil y eclesiástica (Isabel II)» (PDF) .[ enlace muerto permanente ]
  34. ^ Instituto Saavedra Fajardo. www.murciaeduca.es. «Tema 11: La doble desamortización civil y eclesiástica (Isabel II)» (PDF) .[ enlace muerto permanente ]

Bibliografía

  • Tomás y Valiente, Francisco (1972), El Marco Político de la Desamortización en España (2ª ed.)
  • Caro Baroja, Julio (2008), Historia del anticlericalismo español (2.ª edición) (y en 1980 se publicó la 1.ª ed. ed.), Madrid: Caro Raggio, ISBN 978-84-7035-188-4
  • Giménez López, Enrique (1996), El fin del Antiguo Régimen. El reinado de Carlos IV , Madrid: Historia 16-Temas de Hoy, ISBN 84-7679-298-0
Obtenido de "https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Confiscación_española&oldid=1211944045"