Ex tunc es un término jurídico derivado del latín y significa "desde el principio". Puede contrastarse con ex nunc , que significa "de ahora en adelante". Un ejemplo del uso del término se puede encontrar en el derecho contractual , donde la nulidad de un contrato puede dar lugar a que sea nulo ex nunc , es decir, desde entonces, o ex tunc , en cuyo caso se trata como si nunca hubiera existido.
Otro ejemplo lo encontramos en los tribunales eclesiásticos . A estos tribunales, tras la conciliación de Trento de 1582, se les concedió el derecho de anular un matrimonio ex tunc , es decir, que había buenas razones para anularlo. La consecuencia es que dicha pareja nunca estuvo casada a los ojos de la Iglesia y puede casarse de nuevo por medio de un sacerdote, lo que normalmente no podrían hacer si se hubieran divorciado.
En algunos casos, en los tribunales italianos la inhabilitación para cargos incompatibles ha sido declarada ex tunc . [1]