Número de código de sustancias controladas administrativamente

El Código Administrativo de Sustancias Controladas ( ACSCN , por sus siglas en inglés) es un número asignado a los medicamentos incluidos en las listas creadas por la Ley de Sustancias Controladas de los EE. UU. (CSA, por sus siglas en inglés). El ACSCN se define en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (CFR, por sus siglas en inglés) § 1308.03(a).

A cada sustancia química o droga incluida en una de las listas se le asigna un código ACSCN (por ejemplo, a la heroína se le asigna el código 9200). El código se utiliza en diversos documentos que se utilizan en la administración del sistema exigido por la CSA.

Las tablas de ACSCN incluyen la lista CSA, los nombres comerciales y químicos alternativos comunes y la relación de conversión de base libre (la masa molecular de la sustancia en cuestión dividida por la masa molecular de la base libre ). Esto se utiliza para hacer comparaciones cualitativas significativas entre sustancias, y el etiquetado del producto final puede, como se requiere en muchos países europeos, enumerar la sustancia activa utilizando ambos (por ejemplo, "cada tableta contiene 120 mg de bitartrato de dihidrocodeína, lo que representa 80 mg de base de dihidrocodeína"). Este método de citación es en teoría obligatorio en todo el mundo para las sustancias de la Lista I de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, una clasificación que corresponde a los opioides en la Lista II de los EE. UU. con la clasificación de estupefacientes más la cocaína (que heredó una designación de estupefaciente de la Convención para Limitar la Fabricación y Regular la Distribución de Estupefacientes de 1931 y los tratados y leyes nacionales anteriores, incluida la Ley de Impuestos sobre Estupefacientes de Harrison de 1914) y la Lista I de la Betäubungsmittelgesetz (BtMG) alemana , etc. [1] [2] [3] [4] Este también es el caso del Anexo IV de la Convención Única, que corresponde aproximadamente al Anexo I de la CSA de los Estados Unidos. [5] y el Anexo de la CSU

Lista de horarios

Para una lista completa, consulte la lista de horarios: [6]

Referencias

  1. ^ Texto de la Convención Única (en inglés) también citado en el artículo de Wikipedia sobre la Convención Única
  2. ^ 21 CFR § 1308.03(a).
  3. ^ Texto en alemán de la Deutsche Betäungsmittelgesetz, consultado el 2 de mayo de 2014
  4. ^ Texto en alemán de Österreichische Suchtmittelgesetz, consultado el 3 de mayo de 2014
  5. ^ Narcóticos Innerhalb, IV. Auflage, Tabelle 2C, página 116 (Deutsch) / Línea 3819 en versión HTML Copyright © 4 de enero de 2001 Oficina de prensa de CCRPP Zagreb, Croacia, consultado el 4 de enero de 2014.
  6. ^ Página web de la Oficina de Control de Desvíos de la DEA
  • Texto de la Convención Única de 1931 sobre Estupefacientes (en inglés). También citado en el artículo de Wikipedia sobre la Convención Única, cortesía del sitio web de la ONUDC, consultado el 30 de abril de 2014
  • 21 CFR § 1308.03(a)
  • Sitio web de la Oficina de Control de Desvíos de la DEA, consultado el 26 de abril de 2014
  • Texto en alemán de Österreichische Suchtmittelgesetz, consultado el 3 de mayo de 2014 § 27
  • Texto en alemán de la Ley alemana de protección de los consumidores, consultado el 2 de mayo de 2014
  • Innerhalb Betäubungsmittel, IV. Auflage (Wien, 8 de febrero de 2002), Tabelle 2C, página 116 (alemán) / Línea 3819 en versión HTML Copyright © Medical 4 de enero de 1999
  • 2014, Oficina de Prensa del CCRPP, Zagreb, Croacia—consultado el 4 de enero de 2014
  • Oficina de Control de Narcóticos y usted: La droga desde dentro (Manual general para miembros de la NCOTCL, primera edición, 21 de mayo de 1990)
  • Actas de la reunión del 8 de marzo de 2002 de la Sección Norteamericana del NCOTCL
  • Oficina de prensa del CCRPP 2014, Zagreb (Croacia), consultado el 4 de enero de 2014


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