Familia real danesa |
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Familia real extendida |
La familia real danesa es la familia dinástica del monarca de Dinamarca . [1] Si bien algunos miembros de la familia real danesa ostentan el título de Príncipe(a) de Dinamarca , los descendientes de Margarita II también llevan el título de Conde(a) de Monpezat . A los hijos del monarca se les otorga el tratamiento de Su Alteza Real . El Rey y la Reina reciben el título de Majestad .
Margarita II, sus hermanos y sus descendientes pertenecen a la Casa de Glücksburg , que es una rama de la Casa real de Oldenburg . Los hijos de Margarita II y sus descendientes por línea masculina también pertenecen agnatmente a la familia Laborde de Monpezat , y recibieron el título concurrente de Conde/Condesa de Monpezat por decreto real el 30 de abril de 2008. [2]
La familia real danesa recibe índices de aprobación notablemente altos en Dinamarca, que oscilan entre el 82% y el 92%. [3] [4]
La familia real danesa incluye:
* Los miembros ampliados incluyen a la familia real griega.
La mayoría de los miembros de la depuesta familia real de Grecia ostentan el título de Príncipe o Princesa de Grecia y Dinamarca con la calificación de Su Alteza Real , de conformidad con la Orden del Gabinete Real de 1774 y como descendientes agnáticos de Jorge I de Grecia , quien, como hijo del futuro rey Christian IX de Dinamarca , fue (y siguió siendo) un "Príncipe de Dinamarca" antes de su ascenso al trono de Grecia en 1863. Hasta 1953, sus descendientes dinásticos masculinos permanecieron en el orden de sucesión de Dinamarca. Sin embargo, ninguna ley danesa ha revocado el uso del título principesco para estos descendientes, ni para los que vivían en 1953, ni para los nacidos posteriormente o que se han casado desde entonces con miembros de la dinastía.
Hay tres miembros de la familia real griega que no se sabe que lleven el título de Príncipe/s de Dinamarca con la calificación de Su Alteza. [5] [6] [7]
Los siguientes, consortes de los actuales monarcas reales, nacieron con los títulos de Príncipe/Princesa de Grecia y Dinamarca, aunque no descienden del Rey Constantino y la Reina Ana María:
La familia real de Noruega desciende por línea legítima masculina de Federico VIII de Dinamarca , bisabuelo de la reina Margarita II. Haakon VII de Noruega , que nació como príncipe Carlos de Dinamarca como hijo menor de Federico VIII, fue, al igual que su tío, Jorge I de Grecia, invitado a reinar sobre otra nación. Al igual que los descendientes de la rama griega, los miembros de la línea noruega ya no tienen derechos de sucesión a la corona danesa, pero a diferencia de las dinastías griegas, dejaron de utilizar los títulos reales daneses al ascender al trono noruego en 1905.
El 30 de abril de 2008, la Reina de Dinamarca concedió a sus dos hijos, el Príncipe heredero Federico y el Príncipe Joaquín, y a sus descendientes legítimos por línea paterna de ambos sexos, el título hereditario de " Conde de Monpezat ". El título se basa en el título francés "Comte de Laborde de Monpezat", que utilizaba su padre, Enrique, Príncipe Consorte de Dinamarca.
El 29 de septiembre de 2022 se anunció que a partir del 1 de enero de 2023 se suspenderían los títulos de Príncipe y Princesa de Dinamarca y el tratamiento de Alteza de los 4 hijos del hijo menor de la reina Margarita II , el príncipe Joaquín . En su lugar, se titularían "Su Excelencia el Conde/Condesa Nikolai / Félix / Enrique / Atenea de Monpezat". [8] Los cuatro nietos mantienen sus lugares en el orden de sucesión al trono.
Los príncipes daneses que se casan sin el consentimiento del monarca danés pierden sus derechos sucesorios, al igual que sus descendientes. [9] En ese caso, se les suele conceder el título hereditario de " Conde de Rosenborg ". Tienen derecho al tratamiento de " Su Excelencia ". Ellos y sus descendientes legítimos por línea masculina son: [10]
La familia Danneskiold-Samsøe son los descendientes del hijo mayor de Christian V y su amante Sofie Amalie Moth , a quien el rey elevó a ser la primera Lensgrevinde til Samsø ("Condesa de Samsø"). Una descendiente, la condesa Frederikke Louise af Danneskiold-Samsøe (1699-1744) se casó con su pariente Christian August, duque de Schleswig-Holstein-Sonderburg-Augustenburg . Por regulación estatutaria real, los condes de Danneskiold-Samsøe y sus descendientes por línea masculina están clasificados como los segundos nobles más altos de Dinamarca, [11] solo superados por los condes de Rosenborg , quienes también descienden de los reyes daneses . Con un lugar en la 1.ª clase n.º 13, tienen derecho al tratamiento de " Su Excelencia ". [12]
La primera ley que regía la sucesión al trono danés como monarquía hereditaria fue la Kongeloven ( Lex Regia ), promulgada el 14 de noviembre de 1665 y publicada en 1709. [13] [14] Declaraba que la corona de Dinamarca descendía por herencia a los descendientes legítimos del rey Federico III , y que el orden de sucesión seguía la primogenitura semisálica , [13] según la cual la corona era heredada por un heredero, con preferencia entre los hijos del monarca a los hombres sobre las mujeres; entre los hermanos al mayor sobre el menor; y entre los descendientes más remotos de Federico III por sustitución, las ramas mayores sobre las ramas menores. Las descendientes femeninas eran elegibles para heredar el trono en caso de que no hubiera dinastas varones supervivientes elegibles nacidos en la línea masculina .
En cuanto a los ducados de Holstein y Lauenburg , donde el rey gobernaba como duque, estas tierras se adhirieron a la ley sálica (lo que significa que solo los hombres podían heredar el trono ducal) y, por mutuo acuerdo, quedaron permanentemente unidas. Los ducados de Schleswig (un feudo danés ), Holstein y Lauenburg (feudos alemanes) se unieron en unión personal con el Reino de Dinamarca.
Esta diferencia causó problemas cuando Federico VII de Dinamarca no tuvo descendencia, lo que hizo inminente un cambio de dinastía y provocó que las líneas de sucesión de los ducados por un lado y de Dinamarca por el otro divergieran. Para garantizar que los futuros reyes de Dinamarca continuaran siendo también duques de Schleswig, Holstein y Lauenburgo, la línea de sucesión de los ducados se modificó en el Protocolo de Londres de 1852 , que designó al príncipe Christian de Schleswig-Holstein-Sonderburg-Glücksburg como nuevo heredero aparente , aunque, estrictamente, no era el heredero ni del Reino de Dinamarca ni de los ducados de Schleswig, Holstein o Lauenburgo por primogenitura. Originalmente, el primer ministro danés Christian Albrecht Bluhme quería mantener los principios hereditarios separados, pero al final, el gobierno decidió una primogenitura agnática uniforme , que fue aceptada por el Parlamento. Incluso después de la pérdida de los ducados en la Segunda Guerra de Schleswig de 1864, el estilo de los monarcas daneses incluía referencias a los ducados hasta que el estilo se acortó en 1972 con la ascensión al trono de Margarita II .
Los problemas volvieron a surgir cuando Federico IX se convirtió en rey en 1947. Solo tenía hijas y parecía poco probable que tuviera un hijo, dejando a su hermano Knud como presunto heredero . Como parte del referéndum constitucional de 1953 , una nueva Ley de Sucesión introdujo la primogenitura con preferencia masculina , lo que permitía heredar a las mujeres sin hermanos. En 2009, la ley de sucesión se modificó después del referéndum de la Ley de Sucesión , esta vez para introducir la primogenitura absoluta . Esto no tuvo un efecto inmediato en la línea de sucesión, y la primera persona afectada por la enmienda de 2009 fue el príncipe Vicente , quien al nacer en 2011 habría estado por delante de su hermana mayor, la princesa Isabel, en la sucesión. A partir de 2024, [actualizar]la línea de sucesión es:
Tras la transformación de la monarquía de Dinamarca de electiva (al menos teóricamente, aunque generalmente había recaído en el hijo mayor de la Casa de Oldemburgo desde 1448) a hereditaria en 1660, la llamada Kongelov ( latín : Lex Regia ) de 1665 estableció el reinado " por la gracia de Dios " del rey Federico III y su posteridad. [13] De los artículos de esta ley, todos excepto el artículo 21 y el artículo 25 han sido derogados por enmiendas a la Constitución en 1849, 1853, 1953 y 2009.
El artículo 21 establece que "Ningún Príncipe de Sangre que resida aquí en el Reino y en Nuestro territorio se casará, o abandonará el País, o tomará servicio bajo amos extranjeros, a menos que reciba Permiso del Rey". [13] Según esta disposición, los príncipes de Dinamarca que residen permanentemente en otros reinos con permiso expreso de la Corona danesa (es decir, miembros de las dinastías de Grecia, Noruega y el Reino Unido) no pierden por ello su realeza en Dinamarca, ni están obligados a obtener permiso previo para viajar al extranjero o casarse de su soberano, aunque desde 1953 aquellos que no descienden en línea masculina del Rey Christian X ya no están en la línea de sucesión al trono danés. [13] Sin embargo, aquellos que residen en Dinamarca o sus territorios requieren el permiso previo del monarca para viajar al extranjero y casarse. [13]
El artículo 25 estipula, con respecto a los miembros de sangre de la dinastía real: "No deberán responder ante ningún juez magistrado , sino que su primer y último juez será el Rey, o quien Él decrete". [13] La redacción excluye a aquellos cuya sangre no puede rastrearse hasta un monarca danés (por ejemplo, la actual Reina).
1 Los hijos de la princesa Benedicta no tienen derechos sucesorios, ya que el consentimiento matrimonial que se le dio contenía disposiciones muy específicas: si Benedicta se convirtiera en la heredera presunta, ella y su esposo tendrían que establecer su residencia permanente en Dinamarca y sus hijos tendrían derechos sucesorios solo si hubieran solicitado la naturalización al alcanzar la mayoría de edad y se hubieran establecido en Dinamarca: (a) en el momento de convertirse en el heredero inmediato al trono, y (b) a más tardar cuando alcanzaran la edad de escolarización obligatoria según la ley danesa. Dado que los niños continuaron recibiendo educación en Alemania mucho después de la edad de escolarización obligatoria, se considera que ya no tienen derechos sucesorios. [15]
2 La reina Ana María no tiene derechos de sucesión, y sus descendientes tampoco los tienen a través de ella, porque el permiso concedido para su matrimonio estipulaba que renunciaba a su derecho al trono danés al convertirse en reina consorte de los helenos .
Las hijas del Príncipe y la Princesa Miguel [de Grecia y Dinamarca] reciben el título de Princesa de Grecia sin el tratamiento de Alteza Real.
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