Comisión de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal

Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal
AbreviaturaCCCJ
Formación6 de febrero de 1992 ; hace 32 años ( 06-02-1992 )
TipoComisión funcional
Estatus legalActivo
SedeViena, Austria
Cabeza
Presidente
José Antonio Marcondes De Carvalho
Organización de padres
Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas
Sitio webCCPCJ en unodc.org

La Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal ( CCPCJ ) es una comisión funcional del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) con sede en Viena. La comisión actúa como el órgano principal que orienta las actividades de las Naciones Unidas en los ámbitos de la prevención del delito y la justicia penal. [1] [2]

La Comisión se reúne anualmente en Viena en mayo para celebrar un período ordinario de sesiones. También se reúne en un nuevo período de sesiones a finales de año, principalmente para tratar cuestiones presupuestarias y relativas al funcionamiento del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal. Desde 2011, la Comisión y la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas han celebrado reuniones conjuntas durante el nuevo período de sesiones. [2]

Historia

La participación de las Naciones Unidas en el ámbito de la justicia penal y la prevención del delito se remonta a su predecesora, la Sociedad de Naciones . Sin embargo, esta participación se limitaba a una Oficina de Bienestar del Niño que se centraba principalmente en la cuestión de la delincuencia juvenil y que trabajaba en estrecha colaboración con la Comisión Penal y Penitenciaria Internacional (CIPP) . Esto se debía a que los Estados miembros consideraban que la prevención del delito y la justicia penal eran asuntos internos y dudaban en ceder su soberanía a un organismo internacional. [3] [4]

Después de la Segunda Guerra Mundial y de la creación de las Naciones Unidas, muchos grupos de interés trataron de incorporar su trabajo al nuevo sistema de las Naciones Unidas mediante el establecimiento de organismos especializados . La CIPF se encontraba entre estos grupos de interés y trató de transferir su trabajo sobre justicia penal y prevención del delito a un nuevo organismo de las Naciones Unidas. Sin embargo, las Naciones Unidas dudaban en involucrarse en el trabajo de la CIPF sin tener un control completo y sin superposición con la propia CIPF, y los Estados miembros dudaban porque todavía consideraban que la justicia penal era un asunto interno. Finalmente, se acordó que la División de Asuntos Sociales de la Secretaría de las Naciones Unidas trabajaría en las cuestiones de delincuencia juvenil, libertad condicional y libertad bajo palabra, evitando al mismo tiempo la aplicación de la ley o la ley y el orden. [3] [5]

Sin embargo, el Consejo Económico y Social previó que con el tiempo las Naciones Unidas tendrían un papel más importante en la justicia penal y la prevención del delito y en 1948 solicitó al Secretario General que convocara un Grupo Internacional de Expertos sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, compuesto por siete miembros , para asesorar al Secretario General y a la Comisión Social sobre políticas y programas relacionados con el problema de la prevención del delito y el tratamiento del delincuente, así como sobre la acción internacional en estos campos. [3] [5] [6]

Este Grupo se reunió dos veces, en 1949 y 1950, antes de ser reemplazado por un Comité Asesor Ad Hoc de Expertos en Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, de carácter más permanente , que continuó con sus funciones. Este Comité Ad Hoc fue creado por la Asamblea General cuando aprobó un plan para transferir las funciones de la CIPF a la ONU. El Plan también incluía disposiciones para la transferencia de la biblioteca y los archivos de la CIPF a la Biblioteca de la ONU en Ginebra, la creación de grupos consultivos que se reunían cada dos años para discutir los temas de la prevención del delito y el tratamiento de los presos y la continuación del Congreso quinquenal sobre el Delito . Después de que sus funciones fueron transferidas, la CIPF dejó de existir y fue reemplazada por la Fundación Internacional Penal y Penitenciaria (IPPF). [3] [5] [7]

En 1965, la ONU encargó a Thorsten Erikkson, presidente de la reunión de 1963 del Comité Ad Hoc, que revisara la labor de la organización en el campo de la defensa social. En su informe, Erikkson formuló tres sugerencias: crear un Fondo Fiduciario de Defensa Social, establecer el Instituto de Investigaciones de Defensa Social de la ONU (predecesor del Instituto Interregional de Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia de la ONU ) y reorganizar el Comité Ad Hoc convirtiéndolo en un comité permanente dependiente del ECOSOC y ampliando su membresía a 10. La resolución que reorganizó el Comité lo rebautizó como Comité Asesor de Expertos en Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y también solicitó que el Secretario General creara una cuenta de fondos en fideicomiso para fortalecer la capacidad de la ONU para llevar a cabo sus responsabilidades en materia de defensa social. [3] [5] [8] [9]

En 1971, tras el Cuarto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito, el ECOSOC reformó el Comité Asesor. Entre los cambios, se le cambió el nombre a Comité de Prevención del Delito y Lucha contra el Delito y su membresía se incrementó a 15. La resolución que creó el comité también solicitó que el Secretario General involucrara más estrechamente a las comisiones regionales en el campo de la prevención del delito. En 1979, el comité se amplió a 27 miembros, y sus puestos se distribuyeron entre los Grupos Regionales de las Naciones Unidas para asegurar la representación geográfica. Además, al comité también se le confiaron las siguientes funciones: preparar los Congresos de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito, preparar programas para la cooperación internacional en materia de prevención del delito, ayudar al ECOSOC a coordinar las actividades de los órganos de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito, promover el intercambio de ideas en el campo de la prevención del delito entre los Estados miembros y discutir las principales cuestiones en el campo de la prevención del delito. [5] [10] [11] [12] [13]

En 1992, el comité fue reformado nuevamente y se convirtió en el órgano que se puede ver hoy, la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal . Fue recreada como una comisión funcional del ECOSOC por recomendación de la Asamblea General. Su membresía se incrementó a 40 para ser distribuida sobre la base de una distribución geográfica equitativa, con miembros que servirían mandatos escalonados de tres años. En 2006, el mandato de la comisión fue modificado para permitirle actuar como el órgano rector de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) , así como para aprobar el presupuesto del Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal. [5] [14] [15] [16] [17] [18]

Mandato

El mandato de la comisión fue definido por el ECOSOC, a petición de la Asamblea General, en 1992. En esta resolución se designó a la comisión como el principal órgano de formulación de políticas de las Naciones Unidas en el campo de la prevención del delito y la justicia penal. Otras de sus principales funciones son las siguientes: [2] [15] [19]

  • Proporcionar orientación política a las organizaciones de las Naciones Unidas y a los Estados Miembros en los campos de la prevención del delito y la justicia penal, [20]
  • Desarrollar, supervisar y revisar la implementación del programa de las Naciones Unidas contra el delito
  • Actuar como órgano rector de la ONUDD
  • Coordinación de las actividades de la Red del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal (PNI)
  • Movilización del apoyo entre los Estados miembros al programa de las Naciones Unidas sobre prevención del delito
  • Actuar como órgano preparatorio y de ejecución de los congresos quinquenales de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y justicia penal

Cambio en el programa de la ONU contra el delito

El enfoque y la labor de la comisión, y de sus predecesoras, han cambiado mucho con el tiempo. El enfoque de los primeros órganos de las Naciones Unidas que se ocupaban de la delincuencia y la prevención del delito era más bien limitado, ya que los Estados miembros consideraban que esas áreas eran de su competencia. Por lo tanto, la labor de estos órganos se limitaba al estudio de la delincuencia juvenil, el tratamiento penitenciario y las estadísticas criminales. [21]

Sin embargo, a medida que el número de miembros de la ONU comenzó a crecer en los años 1950 y 1960, sus nuevos Estados miembros comenzaron a abogar por un cambio en el programa de justicia penal de la ONU para incluir vínculos entre el poscolonialismo , el subdesarrollo y el crimen. Así, el trabajo de la ONU en prevención del delito y justicia penal pasó de una perspectiva de derecho blando de recopilación y intercambio de datos, investigación sobre el delito y el desarrollo de estándares internacionales a una perspectiva de derecho más duro de convenciones y tratados internacionales. Este cambio fue, en parte, precipitado por el crecimiento del crimen transnacional y organizado , el terrorismo , la trata de personas y el lavado de dinero , que requirieron un programa de la ONU contra el delito más impulsado por la acción, que jugó un papel en la adopción de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción . [3] [21]

Otro cambio en el programa de las Naciones Unidas contra el delito es el paso de órganos dirigidos por expertos a órganos dirigidos por los Estados. Los primeros grupos y comités estaban formados por expertos en justicia penal que actuaban en su propia capacidad. Sin embargo, a medida que el programa contra el delito crecía y las cuestiones en las que trabajaba se volvían más complejas, estos expertos fueron reemplazados por agentes designados por los Estados que representaban los intereses de los Estados miembros y actuaban en su nombre. Esto condujo a un cambio en la visión del delito de ser un problema social, con un enfoque en la prevención, la delincuencia juvenil, la justicia restaurativa y las cuestiones de las víctimas, a ser un problema de seguridad nacional, con un enfoque mayor en la criminalización, los poderes policiales y el funcionamiento del sistema de justicia penal. [21]

En 2015, la Asamblea General adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible , que sustituyó a los Objetivos de Desarrollo del Milenio y está compuesta por 17 objetivos interconectados que apuntan a medir el desarrollo sostenible en los Estados miembros de la ONU, así como a abordar los complejos desafíos que enfrenta la comunidad global. Uno de estos objetivos, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas , integró el programa de la ONU contra el delito con partes de otros objetivos. En lo que respecta a la justicia penal y la prevención del delito, el objetivo exige específicamente: [21] [22]

  • La promoción del estado de derecho a nivel nacional e internacional para garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos
  • Una reducción significativa de los flujos financieros y de armas ilícitos, el fortalecimiento de la recuperación y devolución de activos robados y la lucha contra todas las formas de delincuencia organizada
  • Una reducción sustancial de la corrupción y el soborno en todas sus formas

De esta manera, el objetivo vincula el programa de las Naciones Unidas contra el delito con cuestiones que van desde la igualdad de género, la sostenibilidad de las comunidades, la reducción de la pobreza y la salud y el bienestar, por nombrar solo algunas. Este vínculo pretende demostrar que el desarrollo sostenible puede conducir a una reducción de la delincuencia, así como la forma en que la delincuencia puede afectar negativamente al desarrollo. Por ejemplo, la meta 5.2 aspira a eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas para lograr la igualdad de género, la meta 15.7 aspira a adoptar medidas para poner fin a la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas a fin de proteger la vida en la tierra y la meta 8.7 aspira a erradicar el trabajo forzoso, así como a poner fin a la esclavitud moderna, la trata de personas y el trabajo infantil a fin de promover el crecimiento económico. [21] [23] [15]

Afiliación

La Comisión está integrada por 40 Estados miembros elegidos por el Consejo Económico y Social, distribuidos entre los distintos grupos regionales: 12 Estados de África, 9 Estados de Asia, 8 Estados de América Latina y el Caribe, 4 Estados de Europa del Este y 7 Estados de Europa Occidental y otros Estados. Los miembros son elegidos por períodos superpuestos de tres años. Los miembros actuales son los siguientes: [2] [24]

TérminoEstados africanos (12)Estados de Asia y el Pacífico (9)
Estados de Europa del Este
(4)

Estados de América Latina y
el Caribe (8)

Estados de Europa occidental y
otros (7)
2019 – 21 Argelia Burkina Faso Eswatini Nigeria
 
 
 
 India Irán (República Islámica del) Irak Kuwait Tailandia
 
 
 
 
 Bielorrusia
vacante
 Brasil Cuba Ecuador Guatemala México
 
 
 
 
 Austria Francia Estados Unidos de América Turquía
 
 
 
2018 – 20 Egipto Eritrea Kenia Mauritania Mauricio Marruecos Sudáfrica Togo
 
 
 
 
 
 
 
 Afganistán China Indonesia Japón
 
 
 
 Bulgaria Federación Rusa
 
 Bolivia (Estado Plurinacional de) Colombia Uruguay
 
 
 Alemania Italia Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
 
 

Oficina

La Comisión elige una Mesa para cada uno de sus períodos de sesiones, compuesta por un presidente, tres vicepresidentes y un relator. Para el 30º período de sesiones, la Mesa está integrada de la siguiente manera: [25] [26]

NombrePaísGrupo RegionalPosición
Alessandro Cortese ItaliaOIGSilla
Takeshi Hikihara JapónAsia-Pacífico1er Vicepresidente
Teodolinda Rosa Rodrigues Coelho AngolaÁfrica2do Vicepresidente
Armen Papikyan ArmeniaEuropa OrientalTercer Vicepresidente
Carlos Alberto García Reyes GuatemalaGRULACRelator

Además, la comisión cuenta también con una Mesa Ampliada, que está integrada por los Presidentes de los cinco Grupos Regionales de las Naciones Unidas, el Presidente del Grupo de los 77 y China , y el representante del Estado que ostenta la Presidencia del Consejo Europeo . [15]

Congreso del crimen

Como vestigio del acuerdo de 1950 entre las Naciones Unidas y la CIPF, la comisión se encarga de organizar y convocar un congreso internacional cada cinco años, cuyo objetivo es permitir el intercambio de información y mejores prácticas en el campo de la prevención y el control del delito. Estos congresos tienen por objeto promover políticas de prevención del delito y sistemas de justicia penal más eficaces en los Estados miembros. [7] [15]

Estos congresos han desempeñado un papel importante en la reforma de las políticas y los sistemas de justicia penal en todo el mundo. Algunas de las medidas más destacadas que han adoptado son las siguientes: [27]

En el primer congreso, celebrado en 1955, se aprobaron las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, que se enviaron al ECOSOC, que más tarde las aprobaría. Estas reglas se consideran las normas mínimas universalmente reconocidas para el tratamiento de los reclusos en todo el mundo hasta el día de hoy. [28]

El Congreso de 1980 aprobó una resolución en la que se pedía una reforma de la administración de la justicia de menores, que finalmente llevaría a la ONU a crear las Reglas mínimas para la administración de la justicia de menores en 1985. El Congreso de 1985 también recomendó la adopción de la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder, en la que se afirmaba que las víctimas de delitos debían ser tratadas con compasión y respeto por su dignidad, así como tener acceso a los mecanismos de justicia y a una pronta reparación por el daño que habían sufrido. La Asamblea General adoptó la Declaración en noviembre de 1985. [29]

El congreso de 1985 también dio lugar al Plan de Acción de Milán, en el que se afirmaba que el problema de la delincuencia era una cuestión de interés mundial que obstaculizaba el desarrollo político, económico, social y cultural en todo el mundo. También se afirmaba que las Naciones Unidas, en su calidad de foro público universal, debían desempeñar un papel más importante en la cooperación multilateral para abordar las cuestiones del terrorismo, el tráfico ilícito de drogas y la delincuencia organizada. Este Plan de Acción fue uno de los primeros de su tipo en instar a la acción internacional para combatir la delincuencia. [30]

Referencias

  1. ^ "Mandato y funciones". Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal . Naciones Unidas. sf . Consultado el 3 de noviembre de 2018 .
  2. ^ abcd Manhire, Vanessa, ed. (2019). Manual de las Naciones Unidas 2019-20 (PDF) (57.ª ed.). Wellington: Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio de Nueva Zelanda. págs. 168-70. ISSN  0110-1951.
  3. ^ abcdef Clifford, William. Ecos y esperanzas: el Comité de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Lucha contra la Delincuencia (PDF) . Canberra: Instituto Australiano de Criminología. ISBN 0 642 91220 3.
  4. ^ "Historia y propósito de la IPPF". Fundación Penal y Penitenciaria Internacional . Fundación Penal y Penitenciaria Internacional. sf . Consultado el 17 de marzo de 2019 .
  5. ^ abcdef "¿Qué es la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal y cómo se creó?". Biblioteca Dag Hammarskjöld . Naciones Unidas. sf . Consultado el 16 de marzo de 2019 .
  6. ^ Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas , Sesión 7, Resolución 155 (C) . Prevención del delito y tratamiento del delincuente E/RES/155(VII) 13 de agosto de 1948. Consultado el 17 de marzo de 2019.
  7. ^ ab Asamblea General de las Naciones Unidas Sesión 5 Resolución 415 . Transferencia de funciones de la Comisión Internacional Penal y Penitenciaria A/RES/415(V) 1 de diciembre de 1950. Consultado el 17 de marzo de 2019.
  8. ^ Resolución 1086 (B) del 39.º período de sesiones del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas . Disposiciones organizativas para el Programa de Defensa Social de las Naciones Unidas E/RES/1086(XXXIX) 30 de julio de 1965. Consultado el 17 de marzo de 2019.
  9. ^ "Historia del UNICRI". Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia . Naciones Unidas. sf . Consultado el 25 de junio de 2020 .
  10. ^ "Comité de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Lucha contra la Delincuencia". Unión de Asociaciones Internacionales . Unión de Asociaciones Internacionales. sf . Consultado el 4 de noviembre de 2018 .
  11. ^ Resolución 1584 del 50.º período de sesiones del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas . Criminalidad y cambio social E/RES/1584(L) 21 de mayo de 1971. Consultado el 25 de junio de 2020.
  12. ^ Resolución 30 del período de sesiones de 1979 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas . Ampliación del Comité de Prevención del Delito y Lucha contra la Delincuencia E/RES/1979/30 9 de mayo de 1979. Consultado el 28 de junio de 2020.
  13. ^ Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas , período de sesiones de 1979, Resolución 19. Funciones y programa de trabajo a largo plazo del Comité de Prevención del Delito y Lucha contra la Delincuencia E/RES/1979/19 9 de mayo de 1979. Consultado el 28 de junio de 2020.
  14. ^ "Comisión de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal (CCPCJ)". Unión de Asociaciones Internacionales . Unión de Asociaciones Internacionales. nd . Consultado el 25 de junio de 2020 .
  15. ^ abcde «Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas» (PDF) . Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito . Naciones Unidas. nd . Consultado el 25 de junio de 2020 .
  16. ^ Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas , período de sesiones de 1992 , Resolución 1. Establecimiento de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal E/RES/1992/1 6 de febrero de 1992. Consultado el 25 de junio de 2020.
  17. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Sesión 46 Resolución 152. Creación de un programa eficaz de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal A/RES/46/152 18 de diciembre de 1991. Consultado el 28 de junio de 2020.
  18. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, período de sesiones 61, Resolución 252. Cuestiones relativas al presupuesto por programas para el bienio 2006-2007 A/RES/61/252, página 7. 22 de diciembre de 2006. Consultado el 28 de junio de 2020.
  19. ^ Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas , período de sesiones de 1992, Resolución 22. Aplicación de la resolución 46/152 de la Asamblea General relativa a las actividades operacionales y la coordinación en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal E/RES/1992/22 30 de julio de 1992. Consultado el 4 de julio de 2020.
  20. ^ Clark, Roger S. (Roger Stenson) (1994). El Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal: formulación de normas y esfuerzos para su aplicación. University of Pennsylvania Press. pág. 61. ISBN 0-8122-3269-0.OCLC 30700836  .
  21. ^ abcde Joutsen, Matti (17 de mayo de 2017). "Cuatro transiciones en el Programa de las Naciones Unidas contra el Delito" (PDF) . Instituto Europeo para la Prevención y el Control del Delito . Instituto Europeo para la Prevención y el Control del Delito . Consultado el 4 de julio de 2020 .
  22. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Sesión 70 Resolución 1. Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible A/RES/70/1 25 de septiembre de 2015. Consultado el 5 de julio de 2020.
  23. ^ Hunter, Marcena; Tuesday Reitano (2018). La paradoja crimen-desarrollo: crimen organizado y los ODS (PDF) (Informe). ENACT. pp. 2–3, 9 . Consultado el 12 de julio de 2020 .
  24. ^ "Miembros de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal al 1 de enero de 2019" (PDF) . Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal . Naciones Unidas. sf . Consultado el 21 de junio de 2020 .
  25. ^ Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas Sesión 30 Programa provisional 1 . Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal: 29º período de sesiones – Programa provisional anotado E/CN.15/2021/1 15 de febrero de 2021. Consultado el 8 de agosto de 2021.
  26. ^ "Membership and Bureau". Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito . ONU nd . Consultado el 8 de agosto de 2021 .
  27. ^ "Congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y justicia penal 1955-2010: 55 años de logros" (PDF) . UNIS Viena . Naciones Unidas. Febrero de 2010 . Consultado el 13 de julio de 2020 .
  28. ^ "Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (Reglas Nelson Mandela): Un modelo actualizado para la gestión penitenciaria en el siglo XXI" (PDF) . ONUDC . Naciones Unidas. pág. 1 . Consultado el 14 de julio de 2020 .
  29. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, Sesión 40, Resolución 30. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder A/RES/40/34 29 de noviembre de 1985. Consultado el 14 de julio de 2020.
  30. ^ Informe 121 del período de sesiones 22 de la Asamblea General de las Naciones Unidas . Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, 26 de agosto-6 de septiembre de 1985: informe / preparado por la Secretaría A/CONF.121/22/Rev.1 1986. Consultado el 14 de julio de 2020.
  • Sitio web oficial
  • Actas de la Comisión Penal y Penitenciaria Internacional (1872-1955) en los Archivos de las Naciones Unidas
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